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Más obligaciones a empresarios decreta SHCP

Miércoles 12 de noviembre, 2008.
08:45 pm
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Más obligaciones a empresarios decreta SHCP

 

Oaxaca, Oax.- - La Secretaría de Hacienda aplicó una minirreforma fiscal en la Ley de Ingresos para 2009 a través de la introducción de obligaciones para las declaraciones mensuales y anuales del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU).

A través de los párrafos cuarto y quinto de la Ley de Ingresos para 2009 publicada este lunes en el Diario Oficial de la Federación, las personas físicas y morales están obligadas a declarar todos los conceptos que los llevaron a determinar el impuesto a pagar, aun y cuando no les resulte monto a pagar.

Bernardo Elizondo, abogado fiscalista, dijo que esta disposición crea inseguridad jurídica a los contribuyentes porque crea obligaciones a través de una ley diferente que tiene una duración de un año.

Indicó que esta obligación también aplica para la declaración anua del 2008 que se presenta en abril del próximo año.

Aunque ya se encontraba establecida en la miscelánea fiscal, dijo, no era obligatoria para los contribuyentes.

"Esta disposición genera incertidumbre porque muchos contribuyentes no se van a la Ley de Ingresos para ver las obligaciones que tiene en el IETU", expresó.

La Ley de Ingresos de la Federación faculta a las autoridades fiscales para que cancelen los adeudos fiscales cuando sean incosteables.

Indica que la Secretaría de Hacienda entregará un informe detallado a las Cámaras de Diputados y de Senadores, el cual deberá se enviado a más tardar el 31 de Octubre de 2009, de las personas físicas y morales que hayan sido sujetas de la aplicación de la cancelación de créditos.

De acuerdo con la publicación, se mantiene el acreditamiento del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IESP) causado por la venta de diesel que sea adquirido para su consumo final, por diversos sectores, excepto la minería.

Además, continúa el estímulo fiscal a los contribuyentes que se dediquen exclusivamente al transporte terrestre de carga o pasaje que utilizan la Red Nacional de Autopistas de Cuota, que consiste en permitir un acreditamiento de hasta 50 por ciento del gasto total de los pagos de los servicios por el uso de la infraestructura carretera de cuota.

Para 2009 el Congreso eliminó el estímulo fiscal por la adquisición de diesel marino especial para su consumo final y que sea utilizado exclusivamente como combustible en embarcaciones destinadas al desarrollo de las actividades propias de la marina mercante.

También fue eliminado el estímulo fiscal a los contribuyentes del derecho por el uso de bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico, por el servicio de televisión restringida de servicio fijo.

Para 2009 la Ley de Ingresos no establece el monto total a distribuir entre todos los aspirantes al estímulo fiscal de tecnología para 2009, como se venía haciendo en años anteriores.

Fuente: www.terra.com

Fuente de origen: www.reforma.com

 

 

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