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Aprueban reformas para garantizar la donación de órganos en México

Jueves 05 de marzo, 2009.
05:45 pm
190 lecturas | 2 comentarios

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Oaxaca, México.- El pleno de la Cámara baja aprobó reformas a la Ley General de Salud para transparentar, agilizar y evitar el lucro en la donación de órganos, crear Bancos de Tejidos para trasplantes y regular el uso de las llamadas células madres.

 

Los legisladores aprobaron por unanimidad con 262 votos a favor, diversas reformas en materia de salud que plantean que los trasplantes de órganos y tejidos se basarán en principios de gratuidad, altruismo, solidaridad, confidencialidad e información.

 

La reforma turnada al Senado señala cambios en el Sistema Nacional de Trasplantes, como es la investigación en la donación, crear bancos de órganos, tejidos, componentes y células; y diferenciar los órganos de trasplantes con los operativos, ejecutivos y de consulta.

 

En la sesión ordinaria en el Palacio Legislativo de San Lázaro también se aprobó hacer más accesible la procuración de órganos, favorecer la coordinación interinstitucional, mejorar la selección del receptor y descentralizar los trámites para agilizar la donación.

 

[caption id="attachment_9116" align="aligncenter" width="282" caption="Importantes reformas para promover la cultura de la donación de órganos entre la ciudadanía"]Importantes reformas para promover la cultura de la donación de órganos entre la ciudadanía[/caption]

 

En los argumentos de la reforma se destaca la necesidad de mejorar el sistema de donaciones, sobre todo a favor de los derechohabientes, debido a que está subordinado a los criterios de urgencia o razón médica.

 

La enmienda permite una mejor regulación sobre cadáveres, establece políticas en salud en materia de donación y trasplantes de órganos, tejidos y células, para lo cual se apoyará en los centros Nacional de Trasplantes y Nacional de la Transfusión Sanguínea.

 

El documento reconoce que los establecimientos especializados en el rubro "son los que tienen la práctica y el conocimiento concreto de los casos de disposición y trasplante de órganos".

 

Por ello, en coordinación con las autoridades estatales y federales, son los que deben llevar las bases de datos relativas a las necesidades que se tienen en esta materia.

 

En la reforma se define el concepto de "donador" o disponente, al que tácita o expresamente consiente la disposición en vida o para después de su muerte, de su cuerpo o de sus órganos, tejidos y células.

 

Asimismo, se conceptualiza el término "Banco de Tejidos" con fines de trasplante, el cual será un lugar autorizado que tenga como finalidad primordial mantener el depósito temporal de tejidos para su preservación y suministro terapéutico. Sigue Aprueban diputados reformas. dos. Terapéutico.

 

También se indica que los establecimientos donde se extraigan órganos, tejidos y células tendrán un comité interno de coordinación para la donación, que será presidido por el director general o su inmediato inferior que tenga un alto nivel de conocimientos médicos.

Este comité seleccionará el establecimiento de salud que cuente con un programa de trasplante autorizado, al que enviará los órganos, tejidos o células, de conformidad con lo que se establece en la presente ley y demás disposiciones jurídicas aplicables.

 

Se deberá cuidar que la donación se rija por los principios de altruismo, ausencia de ánimo de lucro y factibilidad, condiciones que se deberán manifestar en el acta elaborada para tales efectos por el comité interno respectivo.

 

En el caso de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras hematopoyéticas, se estará a lo dispuesto en las disposiciones jurídicas que al efecto emita la Secretaría de Salud.

El traslado de órganos, tejidos y células, etiquetados e identificados, podrá hacerse en cualquier medio de transporte por personal acreditado, bajo la responsabilidad del sitio autorizado para realizar trasplantes o disponer de ese material.

 

En otra vertiente, la Cámara de Diputados aprobó reformas para que los pacientes del Sector Salud y de hospitales privados puedan elegir el médico que les atenderá en las unidades de primer nivel y tener derecho a una segunda opinión sobre los diagnósticos.

 

La reforma al Artículo 51 de la Ley General de Salud fue aprobada con 265 votos a favor y tres en contra y con ella los usuarios tendrán el derecho de elegir, de manera libre y voluntaria, al doctor que los atienda de entre los médicos de la unidad.

 

Ello, dependerá del horario de labores y de la disponibilidad de espacios del médico elegido y con base en las reglas generales que determine cada sitio; en el caso de las instituciones de seguridad social, sólo los asegurados podrán ejercer este derecho, a favor suyo y de sus beneficiarios.

 

"Los usuarios tendrán derecho a recibir información suficiente, clara, oportuna, y veraz, así como la orientación necesaria respecto a su salud y sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos, diagnósticos terapéuticos y quirúrgicos que le indiquen o apliquen", especifica la reforma. (Con información de Notimex)

 

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lety

Lun. 07 de sep., 2009.
se puede un inplante de falange distal y si ay donadores o no es posible

marygloria juárez

Jue. 02 de abr., 2009.
podrían informarme si existe un programa de trasplantes de células madres en diabéticos