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Con cárcel y multas se castigará evasión de pensión alimenticia en Oaxaca

Domingo 12 de abril, 2009.
05:39 pm
666 lecturas | 4 comentarios

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Oaxaca, México.- Los padres de familia que eludan su responsabilidad de otorgar la pensión alimenticia a sus hijos y los jefes o patrones que proporcionen datos falsos para evitar que se cumpla esta obligación, podrán ser sancionados con prisión y multas al equipararse estas conductas con el delito de fraude.

Así lo establece, la iniciativa  de reformas al Código Penal relativos a la obligación de proporcionar alimentos para otorgar mayor certeza jurídica a este derecho que es uno de los más demandados en los juzgados familiares, pero también de los que se ven mayormente eludidos e incumplidos por los sujetos obligados.

Estas reformas fueron turnadas a la Comisión Permanente de Administración de Justicia del Congreso local, en las que se señala que el hecho de renunciar a un trabajo para no cumplir con la obligación de otorgar una pensión alimentaria  y el comportamiento de patrones o jefes superiores del deudor alimentista que informen o proporcionen a las autoridades datos falsos, podrían ser tipificados en Oaxaca como conducta equiparable al fraude y sancionarse con prisión y elevadas multas.  

En la exposición de motivos de la propuesta se señala que la falta de claridad de los mecanismos protectores del derecho a los alimentos y la ausencia de procedimientos ágiles y accesibles dispuestos en la ley secundaria hacen tortuoso y en ocasiones inaccesible el derecho de cualquiera de los cónyuges o concubinos de recibir de la otra parte de la pareja un monto económico para sufragar las necesidades primordiales de los hijos.

De ahí la necesidad de sancionar penalmente a quien en una conducta irresponsable renuncie a su trabajo para eludir la obligación de pagar alimentos, puesto que es la manera más fácil de evadir tal responsabilidad, lo que deja en desamparo económico a los beneficiarios. 

De acuerdo con la iniciativa que propone reformar el artículo 230 y crear el artículo 381 bis del Código Penal para el Estado de Oaxaca,  se impondrían de dos a cinco años de prisión y multa de 50 a 200 días de salario mínimo cuando la falsedad o el ocultamiento de la verdad se hagan en procedimientos que versen sobre alimentos.

Asimismo, la renuncia del deudor alimentista a su trabajo para eludir la obligación de pagar la pensión se equipararía al delito de fraude con una sanción de tres meses a tres años de prisión y multa de cinco a cien veces el salario mínimo.

La pensión alimenticia se encuentra establecida en el capítulo II, de los alimentos, del Código Civil y se otorga de acuerdo con las posibilidades económicas de quien está obligado a darla y a la necesidad de quien la recibe. Incluye la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en caso de enfermedad.

 

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Mar. 06 de nov., 2012.
Hola, que pasa si estaba trabajando y renuncie pero segui dando dinero para la pension, tengo algun tipo de sancion por haber renunciado? a pesar de que segui dando dinero?

TU PAPA

Dom. 14 de oct., 2012.
OJALA LOS PUTOS LEGISLADORES TAMBIEN HAGAN UNA LEY PARA METER AL BOTE A TODA LA BOLA DE RATEROS QUE HAN SAQUEADO AL PAIS DE MEXICO QUE VIENE VALIENDO DESDE EL PELON DE GORTARI!!!

GABRIELA CONTRERAS CABRAL

Mar. 05 de abr., 2011.
HOLA, YO TENGO UNA NIÑA DE 11 AÑOS, SU PAPA NO LA QUISO RECONOCER, EL TIENE POSIBILIDADES ECONOMICAS, PODRE DEMANDARLO PARA PENSION ALIMENTICIA????

jessica

Lun. 31 de may., 2010.
hola puse una demanda por penciona alimentica en un juzgado de lo penal a mi esposo que es lo que lo le asen lometen a la carcel lo multan o lo ASEN QUE DE LO QUE NO A DADO DE PENCION