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Retrasa SSP captura de los presuntos secuestradores de las hermanas Ortiz Ramírez: CDDH

Jueves 23 de julio, 2009.
07:23 pm
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De la REDACCIÓN

 

triquisdesaparecidasthumb5Oaxaca, México.-  La Comisión para la Defensa de los Derechos Humanos (CDDH) acusó a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) por el retardo desde hace ocho meses de la localización y la captura de cuatro personas señaladas del secuestro de las indígenas triquis Virginia y Daniela Ortiz Ramírez, sucedido el 5 de julio de 2007,   y ponerlos inmediatamente a disposición del juez de la causa.

 

Por lo anterior, el órgano público emplazó a la dependencia estatal para que en los próximos 15 días gire instrucciones a la Agencia Estatal de Investigaciones (AEI)  para concluir la orden de aprehensión de Francisco Herrera Merino, Timoteo Alejandro Martínez, Miguel Ángel Velasco Álvarez y José Ramírez Flores, este último presidente del Ayuntamiento Autónomo de San Juan Copala.

 

La recomendación 16/ 2009, emitida el pasado 16 de julio, pide al titular de SSP Javier Rueda Velásquez  deslinde responsabilidades entre las corporaciones policiacas a su cargo que pudieron haber propiciado la dilación en su cumplimiento e inicie los “procedimiento administrativo de responsabilidad”.

 

La CDDH reabre el expediente CDDH/292/(18)/OAX/2008 luego de que familiares de las víctimas, organismos defensores de derechos humanos nacionales e internacionales solicitaron que el gobierno del estado le dé un trato serio y responsable a las investigaciones y realice todas las acciones tendientes para dar con el paradero de las hermanas Ortiz Ramírez.

 

En su momento, la Procuraduría General de Justicia de estado sostuvo  que la desaparición es resultado del clima de violencia política y venganzas que viven las comunidades triquis por la división que existe originado por la presencia de grupos como el Movimiento de Unificación de Lucha Triqui (MULT), la  Unidad de Bienestar Social de la Región Triqui (UBISORT) y el MULT Independiente.

El órgano estatal de derechos humanos advierte que “de persistir en forma indeterminada (la orden de aprehensión), inclusive podría traer como consecuencia la prescripción de los delitos por los que se ejercitó acción penal, vulnerándose así el derecho de los ofendidos y víctimas de los delitos a recibir una justicia sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles”.

 

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