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Exigen ciudadanos 58 mil mdp por reparación de daño causado en el conflicto del 2006

Miércoles 05 de agosto, 2009.
04:13 pm
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Por Oscar VALDIVIESO

 

 

appo2thumbOaxaca, México.- Ante las graves violaciones al marco constitucional de garantías individuales y derechos humanos quedaron sin  investigadas durante el conflicto social del 2006, ciudadanos demandaron a los Poderes Ejecutivo y Judicial de Oaxaca por 58 mil 400 millones de pesos de indemnización.

 

 

Marievna Vásquez Marcial e Isaac Torres Carmona, Integrantes de la Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos (LIMEDDH) en conferencia de prensa  dieron a conocer, que unas 63 personas han interpuesto un querella para demandar la reparación del daño moral ocasionado por la privación ilegal de la libertad y la tortura a la que fueron sometidos por parte de instancias policíacas estatales.

 

 

 

A continuación el texto integro de la demanda judicial que interponen los afectados:

 

Argumentación jurídica

 

Graves violaciones al marco constitucional de garantías individuales y derechos humanos quedan sin ser investigadas y en el anonimato, tras la conclusión del informe preliminar de la investigación que dos magistrados de circuito comisionados, realizaron con motivo de la facultad de investigación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto del conflicto político social de 2006 dos mil seis en la entidad oaxaqueña.

 

Detenciones Arbitrarias, Ejecuciones Extrajudiciales, Desapariciones Forzadas, Violaciones del principio del Derecho al Debido Proceso, Violaciones graves a las Garantías de Legalidad y Seguridad Jurídica, el uso de instalaciones militares y de la Fuerza Aérea Mexicana de la Secretaria de la Defensa Nacional habilitadas indebidamente como centros de detención preventiva, Delitos de orden federal cometidos contra la Administración de Justicia, Tortura, Privación ilegal de la libertad,  Abuso de Autoridad,  etc., son solo algunos de los temas mínimos que debió investigar la comisión.

 

Ante el clima de impunidad y abuso de poder que consiente dicha investigación, hoy más que nunca, es necesaria e indispensable la labor de las Organizaciones No Gubernamentales, en Defensa de los Derechos Humanos en Oaxaca.

 

Para contrastar y desvirtuar los resultados del informe preliminar y la supuesta investigación hecha por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, solo por citar algunos casos, existen decenas de informes públicos, hechos por diferentes Organizaciones e Instancias de carácter internacional en Materia de Derechos Humanos, tales como los seis informes previos emitidos por la Comisión Civil Internacional Observadora de Derechos Humanos, (CCIODH), Amnistía Internacional, (A I), la Organización Mundial Contra la Tortura, (OMCT) , la Comisión Internacional de Juristas, (CIJ),  Obra Diaconica Alemana en México, así como el informe alternativo elaborado por las diferentes organizaciones defensoras de derechos humanos en la entidad, en el marco del Examen Periódico Universal (EPU), del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas, (ONU); mas de un centenar de acciones urgentes emitidas en el marco del conflicto político social; documentales publicas oficiales, que tampoco fueron valoradas en la supuesta investigación, como lo son las decenas de resoluciones del Poder Judicial de la Federación, de Jueces de Distrito y de juicios de amparo tramitados ante dichas instancias federales, con motivo de las detenciones arbitrarias, la incomunicación, los tratos crueles inhumanos y degradantes, así como los procesos penales a los que fueron sometidas arbitrariamente los centenares de victimas; decenas de archivos fotográficos, archivos hemerográficos, denuncias penales presentadas ante la Procuraduría General de la Republica (PGR) y la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJ);  decenas de demandas civiles de reparación de daño y testimonios, etc., que prueban las graves violaciones al marco constitucional de garantías individuales y Derechos Humanos en Oaxaca, por parte de los diferentes niveles de Gobierno y funcionarios Públicos.

 

En lo que va del año, a través de la Liga Mexicana Por la Defensa de los Derechos Humanos, 63 personas mas han demandado al Gobierno del Estado de Oaxaca, al Tribunal Superior de Justicia del Estado y a los Jueces Penales locales de consigna, la reparación del daño moral ocasionado por la privación ilegal de la libertad y la tortura a la que fueron sometidas producto de las detenciones masivas efectuadas por la Policía Federal Preventiva en el marco del conflicto.

 

Las demandas de reparación del daño moral se tramitan actualmente en el Juzgado Primero de lo Civil de este Distrito Judicial del Centro, ante la Ciudadana juez Elizabeth Roxana López Luna, en los expedientes números 58/2009 y 533/2009, del índice de dicho Juzgado, que en ejercicio de la Acción de Reparación de Daño Moral Causado por Hecho Ilícito, prevista en el artículo 1787 del Código Civil para el Estado de Oaxaca, se demanda al GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, a través del Coordinador General de Asuntos Jurídicos del Gobierno del Estado de Oaxaca, quien es el licenciado ARTURO DAVID VAZQUEZ URDIALES; al H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE OAXACA, a través de su presidencia, quien es el señor Magistrado Héctor Anuar Mafud Mafud; a la C. ROSALBA MORALES LAZARO  en su carácter de Secretaria Judicial encargada por Ministerio de Ley, del Juzgado Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Juan Bautista, Cuicatlan, Oaxaca; al C. LUIS SALVADOR CORDERO COLMENARES en su carácter de Juez Cuarto Penal del Distrito Judicial del Centro, Santa Maria Ixcotel, Oaxaca; y a la C. MARIA DE LOS ANGELES VAZQUEZ GARCIA  en su carácter de Secretaria Judicial autorizada por el Pleno del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado, del Juzgado Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Tlacolula de Matamoros, Oaxaca, a quienes se les demanda de manera subsidiaria las siguientes:

PRESTACIONES

 A).- Que mediante sentencia ejecutoria se condene a los demandados al pago de la cantidad de $58,400,000.00 (cincuenta y ocho millones, cuatrocientos mil pesos 00/100 MN), a razón de $940,000.00 (novecientos cuarenta mil pesos 00/100 MN) por cada una de las victimas, como indemnización por concepto del daño moral sufrido por la vulneración ilegalmente de la libertad personal, la integridad física y psíquica de las mismas, tomando en cuenta los derechos lesionados, así como el grado de responsabilidad, la situación económica de las responsables y de las victimas, atendiendo también a la naturaleza compensatoria y satisfactoria de la reparación moral; así como las demás circunstancias del caso; tal y como lo establece el párrafo cuarto, del articulo 1787 del Código Civil en vigor para el Estado de Oaxaca.  

 

 

B).- Que mediante sentencia ejecutoria se condene a las demandadas, a la publicación de un extracto de la sentencia que refleje adecuadamente  la naturaleza y alcance de la misma, en la reparación del daño moral que se reclama, a través de los medios informativos que el juez considere convenientes, con la misma relevancia en que los actos de los que deriva el daño tuvieron difusión en los medios informativos tanto locales como nacionales.

 

 

C).- El pago de gastos y costas que con motivo de la tramitación de los juicios se ocasionen.

 

No se trata de ponerle precio a la libertad personal o a la integridad física o psicológica, sino de reivindicar el derecho que tienen las victimas a ser indemnizados por el Estado perpetrador; además constituye la pena pública que el Gobierno del Estado de Oaxaca debe compurgar, independientemente y sin menoscabo de la responsabilidad penal  y administrativa, en que hayan incurrido los funcionarios públicos responsables.

 

En este sentido la Liga Mexicana Por la Defensa de los Derechos Humanos  hace un llamado al Gobierno del Estado de Oaxaca, así como al Gobierno Federal, y a sus diferentes instancias y niveles de funcionarios públicos, para que en el marco de sus respectivas competencias y atribuciones, en un marco de estricto apego a la legalidad y de derecho, se abstengan de cualquier acto de hostigamiento y o represión en contra de las y los defensores de derechos humanos involucrados en este arduo proceso de judicializacion de las violaciones a derechos humanos; exigencia que se hace extensiva a las victimas y sus familiares; cualquier acto de hostigamiento, amenaza o represión, hacia el trabajo de las y los defensores de derechos humanos, victimas y familiares, en materia de defensa de derechos humanos, será entendida como la cancelación de la vía institucional  interna para obtener la justicia que las victimas de la represión demandan, e inmediatamente será denunciado ante los medios de comunicación y la opinión publica, así como a los diferentes sistemas internacionales de protección a los Derechos Humanos.   

“Una llama encendida por los Derechos de los Pueblos”

LIMEEDH-Oaxaca.

Isaac Torres Carmona

Marievna Donají Vázquez Marcial

Jonatan Hernández Belmonte.

 

 

 

 

               

 

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