Impone Ley de Protección Civil severas multas en el sector público y privado
Sin ComentariosDe la REDACCIÓN
Oaxaca, México.- Al contar con una nueva Ley de Protección Civil para el Estado de Oaxaca, aprobada por la LX Legislatura local, los sectores públicos y privados deben implementar diversas acciones y tomar las medidas necesarias en sus instituciones e inmuebles para prevenir incidentes o en su caso estar capacitados para enfrentar situaciones de emergencias o desastres naturales.
La norma, aprobada por unanimidad por el pleno legislativo, establece en su capítulo tercero denominado Los programas internos y específicos de protección civil, que las dependencias federales ubicadas dentro del territorio del estado, así como del sector estatal y municipal, instituciones educativas públicas o privadas, hospitales y empresarios deben contar con un programa de protección civil o de lo contrario podrían hacerse acreedores a multas o sanciones.
De forma detallada, señala que los sectores públicos de los tres niveles y propietarios o poseedores de fábricas, industrias, comercios, oficinas, unidades habitacionales, hoteles, moteles, clubes sociales, deportivos y de servicio, deben crear una unidad interna que implementará el programa de protección civil.
De igual manera lo harán los teatros, cines, discotecas, centros nocturnos, terminales y estaciones de transporte de pasajeros, mercados, plazas comerciales, centrales de abasto, gaseras, gasolineras, almacenes, bodegas y talleres que manejen o almacenen sustancias peligrosas, y los inmuebles que por su uso y destino reciban afluencia de personas o concentraciones masivas.
Por su parte, las instituciones educativas públicas y privadas de todos los niveles, habrán de tener un Comité de Seguridad y Emergencia Escolar y tendrán a bien elaborar un programa interno de seguridad y emergencia escolar que será supervisado y autorizado por el Instituto de Protección Civil, que es la instancia que crea esta ley como un órgano con ámbito competencial en toda la entidad con facultades normativas, ejecutivas y de coordinación en materia de protección civil y que tendrá a su cargo la organización, coordinación y operación del sistema estatal.
La ley establece que todos los inmuebles antes mencionados deben considerar salidas de emergencia y sus propietarios o administradores tendrán que colocar en sitios visibles equipos de seguridad, señales informativas, preventivas, restrictivas y de obligación, conforme a las normas oficiales mexicanas, tratados internacionales aplicables y a lo que establece el reglamento.
Habrá sanciones para quienes no acaten las disposiciones las cuales, según la ley y la gravedad de la omisión, pueden ser desde amonestaciones con apercibimiento, multas, clausura temporal o permanente, parcial o total y las demás que señalen las leyes, que serán aplicadas por el Instituto de Protección Civil.


































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