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“Sí viola, pero es el tribunal electoral, no somos nosotros”, dijo. El consejero electoral argumentó que ni el copeo ni la Constitución local contemplan que los ciudadanos puedan presentar una queja ante una infracción administrativa en materia electoral, ya que es facultad exclusiva de los partidos políticos, “sin embargo, el tribunal más allá de lo que resuelve, establece y determina que si bien es cierto que no es un error del órgano electoral si no una omisión de los legisladores, determinan que
sí hay que concederle ese derecho a los ciudadanos.
No compartimos en su totalidad la sentencia, tenemos que cumplirla por que es el máximo órgano jurisdiccional”, expresó.
El 20 de enero, la sala superior del Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación ordenó al Instituto Estatal Electoral modificar el reglamento impugnado, según consta ene el expediente SUP-JRC-0002-2010.







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