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Exhortan al Senado y Procuradurías a combatir la explotacion sexual infantil

Lunes 22 de marzo, 2010.
02:46 pm
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    Oaxaca, México.- El pleno de la LX Legislatura local recibió un exhorto del Senado de la República  en el que solicita a las procuradurías de Justicia y a los congresos de los estados redoblen los esfuerzos en el combate a la explotación sexual infantil y la trata de personas, tema en el que en Oaxaca se han alcanzado importantes avances al modificarse el Código Penal y otros ordenamientos jurídicos para elevar las penas y proteger a las víctimas. [caption id="attachment_48076" align="alignleft" width="300" caption="En el país, ineficientes los programas contra la trata de personas y abuso sexual infantil"]En el país, ineficientes los programas contra la trata de personas y abuso sexual infantil[/caption] En el documento, turnado a la Comisión Permanente de Administración de Justicia, el Congreso de la Unión solicita la capacitación constante del personal en la materia, en coordinación  con el resto de los poderes en su jefatura de competencia, así como con la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA). Asimismo, recomienda a las legislaturas de las diferentes entidades federativas para que incluyan en su legislación el delito de trata de personas, mismo que en el caso de Oaxaca quedó adicionado en el Código Penal local desde en noviembre del 2008 y lo castigará con prisión de 12 a 18 años y de 600 a mil 350 días de salario mínimo de multa. La pena  incrementa de 18 a 27 años en los casos de que las víctimas sean menores de 18 años, mayores de 60 años o con alguna incapacidad; cuando el victimario sea servidor público, tenga parentesco por consanguinidad con su víctima, relación sentimental o sea ministro de culto. Además, el exhorto del Senado de la República menciona que aquellas entidades que ya cuentan con ordenamientos legales en la materia, realicen reformas pertinentes a fin de que su legislación se coordine con los demás poderes en su esfera de competencia para prevenir y sancionar con todo el rigor de la ley a tratantes de personas y abusadores de niñas, niños y adolescentes. En este sentido, el pasado 21 de enero, el Congreso local aprobó por unanimidad, reformas al Código Penal del Estado de Oaxaca para determinar la imprescriptibilidad de la acción penal en los delitos sexuales conocidos genéricamente como actos de pederastia y no establecer límites de tiempo para entablar acciones penales en contra de quienes cometen estos hechos que laceran la vida de las víctimas. La modificación consiste en la adición del artículo 122 bis que señala que se podrá castigar al victimario no  importando los años que hayan transcurrido, toda vez que la legislación hasta ahora vigente dispone plazos de prescripción que se calculan considerando la media aritmética de las acciones mínima y máxima que corresponden al delito en cuestión, con lo cual muchos de los responsables quedaban sin castigo. Dicha adición al Código Penal establece que la acción penal será imprescriptible cuando se trate de delitos cometidos en contra de la dignidad y desarrollo de las personas menores de edad previstos en los artículos 194, fracciones II a V, 195, 196, 241, 241 bis, 246, 247, 248 bis fracciones I a III, 255, 347 bis, y 348 bis F, que hacen referencia al abuso sexual, corrupción de menores, pornografía infantil, privación ilegal de la libertad, conductas relativas a la trata de personas y otros más

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23/12/2010 | 03:19 pm | lilia
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