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Analizan reforma a la Ley del Ministerio Público en Oaxaca

Lunes 29 de marzo, 2010.
02:32 pm
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  Oaxaca, México.- El pleno de la LX Legislatura local turnó  en  reciente sesión ordinaria a la Comisión Permanente de Administración de Justicia para su estudio y análisis la iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Oaxaca, con la finalidad de garantizar la estabilidad de los servidores públicos mediante la capacitación y certificación constante. El documento enviado por el titular del Poder Ejecutivo estatal señala que a un año y medio de la vigencia de la Ley Orgánica del Ministerio Público surge la necesidad de su adecuación al contexto nacional para adaptarla a las reformas que se han hecho a la Carta Magna en materia de seguridad pública, justicia y legalidad. El objetivo principal de la iniciativa es contribuir a que el proceso de transición de la aplicación del modelo mixto a la adopción plena del nuevo sistema de justicia se dé en una forma fluida, de tal manera que vayan permeando en la sociedad los beneficios que dicho cambio de orientación implica. La propuesta incluye aspectos relevantes como enfatizar la representación que la institución del Ministerio Público tiene durante todo el proceso con respecto a la víctima y ofendido del delito, así como la de las atribuciones a ejercer para hacer efectivos los derechos que estos tienen. Asimismo, la adecuación en cuanto a la organización y estructura de las subprocuradurías generales, a la dinámica y necesidades de coordinación que implica el ejercicio de un proceso acusatorio y oral en cada una de las regiones del estado, normadas bajo un criterio rector de política criminal, cuidadoso de no incurrir en vicios ni seguir conceptos característicos del sistema tradiconal. La iniciativa que se encuentra en estudio en la comisión antes mencionada prevé la consolidación del órgano de control interno para que garantice el cumplimiento de la ley, contibuyendo así a los fines de la seguridad jurídica de quienes se ven inmersos en un proceso penal, de igual manera se amplían las obligaciones de la unidad administrativa. El modelo acusatorio adversarial requiere de una atención total por parte del fiscal a los asuntos a su cargo en la parte jurídico penal, de ahí que la atención en los aspectos estrictamente administrativos se descarguen en otros servidores públicos, garantizando siempre la integridad de las evidencias y un manejo correcto de las mismas.   Se propone también las funciones tanto de la unidad administrativa como la de sistemas y estadísticas; se hacen compatibles con lo prescrito por la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Código Procesal Penal, desde el enfoque de una mejor forma de seleccionar los recursos humanos en lo relativo al perfil requerido para el personal ministerial y pericial.

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