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Obliga IEAIP a autoridades de Huatulco a dar información

Jueves 29 de abril, 2010.
03:49 pm
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  Oaxaca, México.- En sesión pública de resolución realizada el jueves 29 de abril, el Consejo General del Instituto Estatal de Acceso a la Información Pública (IEAIP) de Oaxaca ordenó al Ayuntamiento de Santa María Huatulco completar la información que sobre la cuenta pública 2008 requirió un solicitante.   [caption id="attachment_52386" align="alignleft" width="300" caption="El IEAIP cumple con su obligación de sansionar a las autoridades que se nueguen a proporcionar información pública"]El IEAIP cumple con su obligación de sansionar a las autoridades que se nueguen a proporcionar información pública[/caption] Por unanimidad de votos de los Comisionados Genaro Vásquez Colmenares, Alicia Aguilar Castro y Raúl Ávila Ortiz, la sentencia de este Recurso de Revisión obliga al municipio costeño a entregar en un plazo de 10 días hábiles “el balance financiero, la comprobación con relaciones analíticas y cifras acumuladas, el mayor general con cifras mensuales de la cuenta de gastos por concepto de salarios pagados, el desglose de dietas pagadas a cada uno de los regidores, la integración de los ingresos mensuales al municipio” del ejercicio fiscal 2008, como lo pidió el recurrente.   Además, Santa María Huatulco tendrá que autentificar los documentos con firmas y sellos necesarios, pues otro de los motivos de inconformidad del solicitante –que le hizo ejercer su derecho de Recurso de Revisión-, es que este Ayuntamiento envió documentos con datos y explicaciones, pero sin el aval oficial.   Así, en este caso cuya ponencia estuvo a cargo del Comisionado Ávila Ortiz, la autoridad municipal deberá asumir los costos de reproducción que cada documento con los datos y explicaciones pedidas generen y entregar la información de forma gratuita al recurrente.   En la misma sesión de resolución, pero bajo la ponencia de la Comisionada Aguilar Castro, el Consejo General del IEAIP confirmó la respuesta dada  por la Auditoría Superior del Estado (ASE) en el sentido de que no es competencia de este Sujeto Obligado la información que le pedía el solicitante: “comprobación de la aplicación de los recursos de los Ramos 28 y 33, y de los fondos de compensación del Ayuntamiento de San Jerónimo Tlacochahuaya, de los periodos 2008 y 2009”.   La ASE también respondió y comprobó que no se ha realizado fiscalización alguna a este Ayuntamiento por lo que se atendió al segundo planteamiento de la solicitud de información: “auditorías que se le han efectuado al municipio de San Jerónimo Tlacochahuaya”.

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