INICIO  //  cambio-climatico  //  Desinformación provoca casos de cáncer con tubos fluorescentes
/  

Desinformación provoca casos de cáncer con tubos fluorescentes

Miércoles 18 de agosto, 2010.
09:10 am
679 lecturas | 1 comentarios

COMPARTIR

Fortino TORRENTERA O.   Oaxaca. México. Tan sólo en el país hay más de 300 millones de tubos flourescentes que emplean gases a base de mercurio que una vez rotos se evaporan provocando daños a la salud, principalmente cáncer y daños ambientales.   Pese a ello, las autoridades de salud no ha difundido entre la población los riesgos que implica el manejo de estos desechos peligrosos, además de la falta de confinamientos para estos materiales tóxicos.     [caption id="attachment_69372" align="alignleft" width="300" caption="Alertan sobre el manejo y destino de estos tubos tóxicos."]Alertan sobre el manejo y destino de estos tubos tóxicos.[/caption] En México hay instalados poco más de 300 millones de tubos fluorescentes, aproximadamente; de ellos una tercera parte dejará de funcionar en el transcurso de un año y su fin serán los basureros municipales.   Al respecto José R. Brito, director General de Servicios y Soluciones Energéticas (SESESA), señala que las empresas con cierta conciencia ecológica tienen espacios para su almacenamiento pero no saben qué hacer con esas lámparas, mientras que otras las incineran, sin saber el daño que hacen al ambiente por que los vapores que se desprenden de la combustión se van directamente a la atmósfera y cubren un radio de 200 kilómetros, en los que contaminan lagos, ríos, terrenos y el mismo aire”.   Todas las lámparas fluorescentes contienen una pequeña cantidad de mercurio mezclado con argón en forma de vapor, el cual dirige el flujo de la corriente eléctrica dentro del tubo; el mercurio tiene un sinnúmero de efectos sobre el organismo humano, principalmente en el cerebro, ya que afecta los procesos cognitivos (de aprendizaje), propicia alteraciones en la personalidad, temblores, cambios en la visión, sordera, falta de coordinación de músculos y pérdida de memoria.   Cuando un tubo fluorescente se rompe, se liberan vapores de mercurio mezclados con argón capaces de contaminar 30 mil litros de agua.   La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente define como materiales peligrosos a los elementos, sustancias, compuestos, residuos o mezclas de ellos que, independientemente de su estado físico, representen un riesgo para el ambiente, la salud o los recursos naturales, por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológico-infecciosas; la misma Ley, en su artículo 150, menciona que los materiales y residuos peligrosos deberán ser manejados de acuerdo a su uso, recolección, almacenamiento, transporte, re-uso, reciclaje, tratamiento y disposición final.   A su vez, en las Leyes Ambiental y de Residuos del Distrito Federal, así como en la Ley de Prevención y Gestión Integral de Residuos y su Reglamento, no se tipifica a las lámparas como residuo de manejo especial, por ello se promueve que sean clasificadas como residuos peligrosos, con el afán que desde su recolección exista un método y/o procedimiento apropiado para su posterior disposición final.   Por su parte, la NOM-052-ECOL-2005 indica que para lograr el manejo integral, ambientalmente adecuado, económicamente viable, tecnológicamente factible y socialmente aceptable de los residuos, es necesaria la participación informada, organizada y co-responsable de todos los sectores, ya sean públicos, privados o sociales, lo cual implica un cambio cultural de gestión de los residuos.   Es por ello que para poner en práctica la aplicación de la responsabilidad compartida, pero diferenciada, de todos los sectores, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos ha introducido como instrumento el Plan de Manejo de Residuos, a través del cual los generadores (sean del sector público, privado o social) deberán adoptar medidas para evitar la generación de residuos, aprovechar aquellos susceptibles de reutilización, reciclado o de transformación en energía, y para tratar o confinar aquellos que no se puedan valorizar.   Asimismo, las disposiciones regulatorias (leyes, reglamentos y normas), establecen pautas de conducta a evitar y medidas a seguir para lograr dicho manejo seguro a fin de prevenir riesgos, a la vez que fijan límites de exposición o alternativas de tratamiento y disposición final para reducir su volumen y peligrosidad. Complementan las medidas regulatorias, manuales, guías, lineamientos, procedimientos y métodos de buenas prácticas de manejo de los residuos peligrosos, así como la divulgación de información, la educación y la capacitación de quienes los manejan.   La recolección de los residuos peligrosos de las unidades generadoras, será con vehículos debidamente autorizados por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (S.C.T.) y por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, para los traslados, su acondicionamiento y disposición final con un tratador externo que cuente con las autorizaciones para esta actividad por parte de la misma Secretaría.    “En 2003 se dan a conocer las sanciones a las que se puede hacer acreedor quien no haga uso adecuado a las lámparas fluorescentes de desecho -acota José Brito-, pero en realidad ninguna autoridad supervisa ni verifica. Los tubos se siguen tirando a la basura porque eso no cuesta dinero, y dar el tratamiento adecuado si implica una inversión”.   “Empresas, escuelas, hospitales, comercios y muchos más tienen como argumento que confinar significa un desembolso y nosotros lo tomamos de una manera distinta; por ejemplo, al fabricante le decimos que una lámpara que cuesta 7 o 9 pesos, rinde 10 mil horas de vida, a $2.00 kw/hora, el producto se significa en $18,000.00, y confinarlo tiene un costo de $7.00. Es considerable el margen de ganancia.   “Más allá del aspecto económico, los residuos peligrosos requieren de un control estricto en su manejo, a fin de cumplir con la normatividad aplicable, y lo que es más importante, evitar daños a la salud y al medio ambiente”.
!

Esta conversación es moderada acorde a las reglas de la comunidad “Ciudadanía Express” . Por favor lee las reglas antes de unirte a ella.
Para revisar las reglas da clic aquí

-
Todos los comentarios (1)

Publica tu comentario

Nombre

E-mail, no será publicado.

Sexo

Comentario * 200 caracteres



PEDRO

Sáb. 15 de oct., 2011.
¿ME PUEDEN DAR LA DIRECCION EN LA CD. DE MEXICO PARA DESECHAR FOCOS FLUORESCENTES?