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Piden a ONG´s mirar en México violaciones en proyectos de interés público

Jueves 16 de diciembre, 2010.
12:50 pm
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Cencos Oaxaca. México. El Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) y 85 organizaciones de la sociedad civil mexicana, ambientalistas y de derechos humanos, solicitaron el pasado 2 de diciembre a la Relatora sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y al Relator sobre México, ambos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), así como al Relator Especial de Naciones Unidas sobre la situación de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de los Indígenas, realizar una visita a México con el objeto de conocer directamente la grave situación del derecho a la consulta y a la participación, en proyectos de interés público que afectan las comunidades indígenas y campesinas. La solicitud es en seguimiento a la audiencia celebrada el 28 de octubre de este año, en el que diversas organizaciones presentaron en audiencia pública ante la CIDH, la vulneración constante de estos derechos en México. Es de resaltar que la CIDH expresó en su momento su preocupación por la inexistencia del derecho a la consulta en México y solicitó al Estado mexicano explicaciones al respecto. En virtud de lo grave de la situación, la Relatora aceptó la invitación de realizar una visita a México, por lo cual se urge a las autoridades mexicanas a iniciar las gestiones necesarias para concretar dicha visita en el marco de la invitación permanente que tiene México a los organismos internacionales de derechos humanos. Hay violación al derecho de consulta y participación de proyectos, como las presas, denuncian. Proyectos de "desarrollo" como carreteras, presas hidroeléctricas, mineras, desarrollos inmobiliarios y turísticos, entre otros, son los que diariamente se aprueban e implementan bajo la bandera del interés público, imponiéndolos a las comunidades indígenas sin informarles, sin consultarles previamente, sin justificar la trascendencia pública de las obras, sin respetar los derechos de libre determinación de los pueblos y sin que las obras los beneficien. Más aún, autoridades mexicanas en muchos casos han falsificado documentos de asambleas ejidales, no han reconocido a las autoridades de los pueblos indígenas y han utilizado la fuerza pública y criminalizado la protesta social para acallar a quien se oponga a estos proyectos. Estas prácticas se ven reflejadas claramente en el Proyecto Hidroeléctrico La Parota, que aún ante la oposición manifiesta de las comunidades, las graves consecuencias medioambientales y la falta de información por parte del gobierno a todos los pueblos afectados, el Estado mexicano insiste en su construcción. "Por lo general, las comunidades indígenas nunca son involucradas en el diseño, desarrollo e implementación de estos proyectos, supuestamente concebidos para otorgar un servicio público de interés general. Diversos proyectos carreteros como el de Lerma Tres Marías o el Bolaños - Huejuquilla son ejemplo de ello", señaló Juan Carlos Arjona, coordinador del Programa de Defensa de Derechos Humanos y Recursos Naturales del CEMDA. Apuntó que en ambos casos las comunidades se enteraron una vez que se tenía diseñado el proyecto y el gobierno había otorgado la concesión. "Más grave aún, los proyectos no consideran el impacto social y no contemplan formas de mitigación del impacto cultural. Es de resaltar que en ambos casos las comunidades indígenas han vertido otras opciones, mismas que no han sido tomadas en cuenta por la autoridad", indicó. Al respecto, el Estado mexicano hizo mención a la consulta al pueblo wikarika, nombre original de la comunidad huichol, para la firma de acuerdos con la finalidad de proteger los sitios sagrados de su comunidad, pero olvidó señalar que está autorizando la construcción de carreteras que dañarán estos sitios sagrados de la comunidad huichola. Durante la audiencia ante la CIDH, el Estado mexicano señaló que el derecho a la consulta y a la participación es un asunto estructural en sus políticas, sin embargo, sólo hizo referencia a la normatividad en San Luis Potosí aprobada en junio de 2010, en virtud de que ni a nivel federal ni a nivel estatal existe reglamentación que haga efectivo el derecho a la consulta. La normatividad en San Luis Potosí fue señalada por el Estado mexicano como un ejemplo de buena práctica, siendo que estos derechos deberían de ser aplicados en la planeación, diseño, y en su caso, ejecución de todos los proyectos que les afecten directa o indirectamente a los pueblos y comunidades indígenas. El Estado mexicano afirmó ante la CIDH que si existe el derecho a la consulta y participación en México, pues se han realizado 15 consultas con los pueblos indígenas, sin reportar el indeterminado número de proyectos, realizados desde el 1990, año de ratificación del Convenio 169, en el territorio perteneciente a los pueblos y comunidades indígenas. La visita de la Relatora y los Relatores es fundamental en los primeros meses del siguiente año, ya que éstos son una oportunidad histórica, debido a que están en discusión ante el Congreso federal diferentes iniciativas de ley sobre el derecho a la consulta, que pudieran finalmente reconocer a nivel interno ese derecho, reparando una falla estructural que tantas violaciones de derechos humanos ha provocado. Es importante enfatizar que una ley de esta naturaleza requiere consultar a los beneficiarios de la misma, es decir los pueblos y comunidades indígenas.
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