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En el divorcio de pareja, los hijos son tomados como rehénes

Martes 31 de mayo, 2011.
09:35 am
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Oaxaca, México.- En entrevista, la Juez Primero de lo Familiar del Distrito Judicial del Centro, licenciada Cruz Osvelia Martínez Martínez, señaló, que en muchas ocasiones cuando una pareja atraviesa por la separación conyugal los hijos son tomados como rehenes, esto en relación a las demandas que recibe por pérdida de la patria potestad en el juzgado que dirige. Abundó que cuando así sucede, los cónyuges, cegados por sus emociones, empiezan  peleando primeramente por los alimentos, luego le sigue el divorcio y, finalmente, la patria potestad de los  hijos, dejando de lado la protección y el  desarrollo tanto físico como emocional del menor. Indicó que ella en su calidad de Jueza tiene como deber actuar con base en el interés superior del menor, siendo su prioridad el protegerlo, ya que los hijos en disputa son menores de edad, indefensos y no tienen ante la ley una capacidad jurídica para actuar por sí mismos. Por esta razón, es importante el trabajo del Ministerio Público adscrito al Juzgado, el cual consiste en reunir pruebas periciales, testimoniales y psicológicas de los padres para determinar con quién va a estar mejor el menor. Cruz Osvelia Martínez apuntó también que la mayoría de los casos que se procesan en materia familiar se dan por falta de comunicación. Factores económicos y exceso de trabajo inciden en la erosión de la sana convivencia en la familia, por lo que es menester hacer todo lo necesario para suplir esta carencia. Cabe destacar que la Patria Potestad consiste en los derechos y obligaciones que tienen los padres con respecto a sus hijos como la obligación de suministrar alimentos, proveer educación, vivienda, protección física y emocional. Sin embargo, en caso de que alguno de los padres no ejerza correctamente estos derechos y obligaciones, es probable que pueda perderla. Otras causas que inciden en la pérdida de la patria potestad son la violencia en contra de los menores, abandono de hogar de manera injustificada por parte de uno de los conyugues en un período de más de tres meses, delitos dolosos en contra del individuo o en contra de sus bienes o si existen dos o más condenas por delitos graves.
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