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Comunicación Social deberá dar información sobre publicidad: IEAP

Miércoles 08 de junio, 2011.
11:49 am
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  Oaxaca, México.- El Consejo General del Instituto Estatal de Acceso a la Información Pública de Oaxaca (IEAIP) resolvió en Sesión Pública, los recursos de revisión interpuestos en contra de Caminos y Aeropistas de Oaxaca (CAO), el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), la Coordinación de Comunicación Social y el Congreso del Estado, por solicitantes que no recibieron (o no quedaron satisfechos con) la información requerida. En el caso de la Coordinación de Comunicación Social del Poder Ejecutivo de Oaxaca, el IEAIP determinó que ésta deberá entregar al solicitante la documentación en la que se especifique el monto ejercido por concepto de contratación de publicidad gubernamental en medios de comunicación, durante los meses de octubre y noviembre de 2010. Los Comisionados del IEAIP, Genaro Vásquez Colmenares, Raúl Ávila Ortiz y Soledad Rojas Walls, determinaron por unanimidad de votos que el Sujeto Obligado deberá proporcionar los nombres de los medios de comunicación y el monto que recibieron, con la copia digitalizada de las facturas que amparen tal información. “Si técnica y financieramente es imposible para el Sujeto Obligado escanear toda la documentación, deberá poner a disposición física, para consulta en sus oficinas, tales facturas a la solicitante de información, esto, en un plazo de 10 días hábiles”, señaló el Comisionado Ávila Ortiz, ponente del caso. Por lo que se refiere a Caminos y Aeropistas de Oaxaca (CAO), este Sujeto Obligado  tendrá que fundar y motivar debidamente el Acuerdo de Reserva sobre detalles del expediente sobre la Carretera Oaxaca-Puerto Escondido, y entregarlo en 10 días hábiles al recurrente, de lo contrario, deberá hacer pública la información y entregársela de inmediato al solicitante. En otro caso analizado por los Comisionados del órgano garante de la Transparencia en Oaxaca, se sobreseyó el Recurso de Revisión interpuesto en contra del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado (DIF-Estatal), pues demostró haber entregado al recurrente “el monto del sueldo, compensaciones, prestaciones y bonificaciones del puesto de Jefe de Departamento de Servicios Generales”; además tales datos se pusieron a la vista por tres días en el IEAIP para consulta del solicitante, sin que éste acudiera, por lo que la continuación del proceso legal no tiene razón de ser.

Finalmente, los Comisionados del IEAIP desestimaron la inconformidad del recurrente que interpuso Recurso de Revisión contra el Congreso del Estado, pues este Sujeto Obligado contestó a las dos únicas preguntas formuladas por éste respondiendo que: “con fecha 30 de diciembre de 2010, se contrataron los servicios de 42 celulares, bajo la contratación de sistema tradicional, para el uso de los Diputados integrantes de la LXI Legislatura” y “que no existen acuerdos sobre la adquisición de camionetas para el uso de los Diputados”.

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