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¿En verdad la corrupción somos todos?

Publicado por fortino el Miércoles, 24 agosto 2011
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Fernando VILLALOBOS PETO

Oaxaca. México. “La corrupción en México es como la peste, donde se ponga el dedo brota pus”. Decir que todos los mexicanos somos corruptos es una exageración,  pero… quién sabe.

La corrupción en nuestro país se ha enquistado en nuestra forma de vida, pues  se ha convertido en un patrón de conducta de nuestra cotidianeidad, cuyo resultado lo padecemos en toda su dimensión.

 

No es un problema exclusivo del gobierno, su origen tiene raíces muy  profundas en la conformación de nuestra estructura social y  representa un  arraigo cultural, más que un problema  ético o moral.

Desde las instituciones policiacas, sanitarias, educativas, culturales, deportivas, gubernamentales,  hasta  los medios de comunicación; el soborno, la extorsión y el robo,  son los catalizadores indispensables  para que funcione el sistema. Es el lubricante para que el engranaje de la vetusta maquinaria pueda seguir funcionando a costa del desgaste de sus piezas, y a cambio de una marcha forzada, encaminada hacia el despeñadero.

En el ámbito gubernamental, los funcionarios entrantes prometen acabar con la corrupción de sus predecesores, pero al cabo de seis años, ostentosamente salen con las manos llenas de dinero y de bienes producto del ejercicio indebido de sus funciones.

Frases populares en el ámbito político como: “Político pobre, es un pobre político” o “no hay general que resista un cañonazo de 50 mil   pesos”.

O cuando la vox populi asegura que; “toda familia política rica, tiene un ladrón dentro de la casa”, reafirman la convicción cínica y rapaz de  gobernantes al institucionalizar la corrupción, y el conformismo y complicidad de gobernado ante tanta  ilegalidad.

Curiosamente el sector empresarial es el que más se queja, pero es el que en su  mayoría,  se vale del tráfico de influencias y del soborno para operar muchas de sus transacciones económicas  con el gobierno en turno. 

A su vez, la evasión fiscal les permite incrementar sus ganancias y crear  empresas fantasmas, para beneficiarse de los contratos obtenidos gracias a sus relaciones con la clase política gobernante. En diversas ocasiones se realizan obras innecesarias, que se otorgan a amigos y parientes para  beneficiarse del respectivo porcentaje. Inventan  una obra cuyo costo asciende a 100 millones de pesos,  con el  único objetivo perverso de robarse  diez (o veinte o si se puede, cincuenta).

Ingresar a la Universidad, obtener un empleo, conseguir un crédito, ganarse  una beca o agilizar un trámite administrativo, requiere en muchos casos, de prácticas ilícitas, cuyo círculo de complicidades, abarca a todos: desde el modesto vigilante, hasta el funcionario de más  alto nivel, pasando por académicos,  médicos, y todo tipo de empleados y funcionarios.

Por su parte, el ciudadano común y corriente, se involucra en la corrupción al pedir favores en vez de exigir derechos. Se cree victima de la corrupción, cuando en realidad contribuye a fomentarla.

Casi todos los funcionarios y gobernantes roban, pero, ¿por qué tanto? ¿Por qué esconden la mano que roba, pero no la que gasta?

El tren de vida descarado y afrentoso con que se mueven, bajo el manto protector de la más absoluta impunidad, los hace sentirse seres de otro planeta, cuyo “esfuerzo” requiere, como pago   una gran rebanada de la riqueza, o del presupuesto nacional.

La pirámide del poder se sostiene, con la democratización  de la corrupción, y ésta  a su vez, permite una intrincada red de favores,  compromisos y “lealtades” que aseguran la estabilidad política del sistema.

Sin embargo las migajas que recogen las bases, en comparación con lo que hurtan los  de arriba, provoca un descontento generalizado, que tiende inevitablemente  al resquebrajamiento de los cimientos de tan nefasta estructura sociopolítica.

Por eso es importantísimo refundar los aspectos esenciales de nuestra estructura social, sobre todo  desde la bases,  desde la escuela, desde la familia, para erradicar estos estilos de vida.

Se ve difícil, sin embargo, ese es el camino: la educación.

8 Comentarios »

  • gustavo vargas gonzalez dijo:

    ¡La corrupción, no somos todos!

    Salgamos del error en que pretenden involucrarnos los pesimistas, la corrupción no somos todos, la forman nos cuantos, que aprovechan las debilidades, el miedo, la comodidad, el conformismo, el pesimismo de muchos que no han aprendido, que la unión hace la fuerza. Los corruptos tienen miedo de que despiertes, enfrentarlos, denúncialos y sobre todo no les temas. Son servidores públicos y tú, con tus impuestos pagas su salario.

  • gustavo vargas gonzalez dijo:

    ¿Después del amparo. Impunidad extrajudicial?
    Recientemente el Presidente de la República demandó al Poder Judicial, no sólo a cumplir con la Ley sino a otorgar justicia a las víctimas y garantizar que “una rendija en la Ley” no impida juzgar y encarcelar a quien cometa un delito, porque la impunidad es el estímulo más poderoso para los delincuentes.
    Aunque lo mencionado fue en alusión a “Florence Cassez”, la declaración incluye cualquier tipo de delincuentes y víctimas de impunidad judicial.
    Interpretaciones burocráticas, de malos servidores públicos, son “las rendijas de la Ley” a las que se refirió el Presidente, que permiten que la impunidad prevalezca y produzca desazón en la sociedad, donde todos saben quiénes, dónde y que hacen los malos funcionarios.
    La impunidad, no es exclusiva de “Cassez” o” Presunto culpable”. Las rendijas de la Ley, protegen a los delincuentes, que se benefician de amparos judiciales que perjudican a las víctimas. Tenemos un Sistema que ampara al transgresor de la Ley y margina a la víctima, donde la víctima es doblemente vulnerada: primero; por los delincuentes, después por las rendijas de la Ley.
    Después del amparo judicial, extrajudicialmente algunos funcionarios protegen el interés de los delincuentes. Ejemplos hay muchos, para muestra baste un botón:
    A dos meses y medio de que las partes, renunciamos a la mediación ofrecido por el amparo Judicial concedido al Dr. Alfonso Pedraza Aguilera, ante el auto de formal prisión, dictado en su contra, por el delito de lesiones a titulo de culpa profesional, la averiguación previa 4634/2007/NORTE, no ha sido consignada al juzgado Penal de origen para continuar el proceso.
    El amparo fue concedido “únicamente” para reponer la mediación omitida por el Ministerio Público. Ante la renuncia de las partes a la mediación, no existe razón legal para que continúe el proceso penal, por el burocratismo que de manera extra judicial brinda impunidad al indiciado y acaso también, la prescripción.
    A través de dilación, se protege al presunto, impidiendo que el Auto de formal prisión surta efecto, al haberse resuelto la materia del amparo. Ante la Burocracia, la Ley debe esperar para que el Juez Penal concluya el juicio y dicte sentencia.
    HECHOS:
    La Dirección Metropolitana Norte de Agencias del Ministerio Publico, atrajo la averiguación previa del Ministerio Publico Mesa /Cuatro/ NORTE el expediente Lo consigno y turnó a la Dirección Metropolitana Sur, para su estudio y autorización. Una vez autorizado, la segunda deberá regresar la consignación a la primera, y esta, deberá consignarla al juzgado de origen.
    El galimatías judicial protege al indiciado, a través del burocratismo exacerbado, misterioso, ocioso e incomprensible, que motiva a dudar que la denuncia sea una solución. La retorica suena hueca, cuando quienes deben hacer cumplir la Ley, no lo hacen o permiten que la dilación triunfe sobre la razón esgrimida por las víctimas.
    Es incomprensible e ilegal, que una Averiguación Previa, consignada ante juez penal, que genero orden de aprensión y Auto de formal prisión, tenga que ser estudiada y autorizada por otro Ministerio Publico. Es patética la respuesta, de que las cargas de trabajo impiden la justicia expedita.
    ¿Olvidan que en cinco años, ocho Agentes Ministeriales, han tenido en sus manos la Averiguación Previa? , Que esta, fue consignada al Juez Penal, que dicto auto de formal prisión contra el presunto?
    Las rendijas de la Ley, no solo es retorica; existen y son motivos de impunidad por dilación en la atención a las víctimas, favoreciendo a los delincuentes. Como sociedad somos corresponsables de que Puebla cambie, cumplamos nuestra obligación, para que los funcionarios cumplan la suya.
    Gustavo Adolfo Vargas González gustavovargas01@hotmail.com

  • gustavo vargas gonzalez dijo:

    Con fianza de mil pesos, continua operando en Puebla.

    San Andrés Cholula, Pue., a 27 de julio 2012

    El Poder Judicial, no sólo está obligado a cumplir la Ley sino a otorgar justicia a las víctimas y garantizar que nada impida juzgar y encarcelar a los autores de un delito. La impunidad judicial es el estímulo más poderoso para los delincuentes, “delito que no se castiga se repite”.

    El Poder Judicial no solo permite que la impunidad prevalezca, sino que causa desazón en la sociedad. En Puebla, todos sabemos quiénes, dónde y que hacen los malos servidores públicos.

    La protección mediante amparos judiciales al vapor, dibuja un Sistema Judicial que ampara al infractor marginando a la víctima, permite la doble vulneración, primero por los delincuentes y después por los amparos concedidos a los trasgresores.

    A ocho años de la denuncia penal, con averiguación previa 4634/2007/NORTE contra el Dr. Alfonso Pedraza Aguilera por lesiones a titulo de culpa, en agravio de Gustavo Adolfo Vargas González, ha quedado demostrado que el Dictamen elaborado por la Comisión Estatal de Arbitraje Medico, resolviendo negligencia médica, alejamiento de la Lex Artis de la Medicina, diversas omisiones y faltas de previsibilidad ( entre otras) cometidas contra el demandante, son ceros a la izquierda y no pruebas periciales.

    El primer amparo Judicial concedido a Alfonso Pedraza Aguilera, por el auto de formal prisión en su contra, por el delito de lesiones a titulo de culpa profesional, fue concedido “únicamente” para reponer la mediación omitida por el Ministerio Público. Ante la renuncia de las partes a la mediación, el proceso continúo en el Juzgado Primero de lo Penal en Puebla. El Juez encargado del Proceso Penal ordeno nueva orden de aprensión contra el indiciado.

    Las rendijas de la Ley, constituidas por el burocratismo judicial exacerbado, misterioso, ocioso e incomprensible, me motivan a dudar que la denuncia penal sea una solución. Que sancione la Mal Praxis médica y otorgue la reparación del daño.
    Quien debe cumplir la Ley, no lo hace; permitiendo que la impunidad sepulte la razón esgrimida por la víctima, sepulta la verdad con proclividad favorable al médico y sus intereses. Siendo un derecho Constitucional, la salud pasa a ser un derecho ciudadano en extinción.

    El Juzgado Decimo Primero de Distrito en Puebla, ha concedido un segundo amparo provisional al trasgresor de la Ley, por el nuevo auto de formal prisión dictado en su contra, impidiendo justicia expedita. La nula revisión del expediente del proceso penal, aceptando el argumento del indiciado, le protege mediante una fianza de mil pesos y garantiza su libertad. Pedraza Aguilera continúa afectando a sus pacientes en los quirófanos poblanos, pagando mil pesos por su nuevo amparo.

    La impunidad favorece al delincuente. La víctima en esta sociedad corrupta como de costumbre se queda con el golpe. La reparación del daño y el Derecho a la salud son un mito en la entidad.
    ¡Yo no pienso así! , todos somos corresponsables del cambio necesario, cumplamos nuestras obligaciones, para que los Servidores Públicos del Poder Judicial cumplan las suyos. Terminemos con la práctica del amparo conseguido en media hora, que beneficia a los delincuentes y a quienes les brindan impunidad.

    Gustavo Adolfo Vargas González.
    gustavovargas01@hotmail.com

  • gustavo vargas gonzalez dijo:

    Moral y ética, antídoto para la corrupción.

    San Andrés Cholula, Pue., 8 de agosto 2012

    Al límite de la esperanza, las victimas de negligencia médica creen que la venda de la justicia, caerá cuando la omisión y parcialidad judicial, sean sustituidas por moral y ética, como antídoto para la corrupción.
    Para frenar la negligencia médica, deben entenderse que es más importante hacer justicia a quien tiene la razón, que defender a ultranza la Mal Praxis sea esta, particular o de instituciones de Salud.
    Las violaciones al Código de Defensa Social y a la Ley General de Salud, son la constante en Puebla. La seguridad sanitaria no mejora, la Mal Praxis médica se incrementa, porque los delitos que no se castigan se repiten.
    El paciente es un ente sin derechos, que consulta a los profesionales de la salud, como a auténticos “chamanes”, que se escudan en la impunidad que ofrecen: Ministerios Públicos; Jueces; autoridades del Sector Salud y los propios colegios médicos.
    Para el Sistema Judicial, no existe responsabilidad para la negligencia médica, son algunos desquiciados y ambiciosos ciudadanos los que buscan la reparación del daño contemplada por la Ley, ante los agravios dolosos o culposos en su contra.
    El Estado, Insensible al espíritu de la Ley, privilegia la duda; concediendo la razón a los traidores del Juramento Hipocrático.
    En la lógica y hermenéutica de los encargados de impartir justicia, en los casos de negligencia médica, no esta presupuestada la verdad histórica, sobre “su” verdad jurídica, dicen priorizar su atención en la prevención de otros delitos. En la práctica, no se atiende ni a unos, ni a otros.
    Negligencias médicas sin consecuencias, pacientes violados en su derecho a la salud, victimas lisiadas por Mal Praxis. Solo algunos, interponen demandas civiles o penales, en una Entidad donde todo pasa y no pasa nada.
    Amparados o exonerados por la justicia ciega y torpe, las infracciones al Código de Defensa Social, quedan impunes por obra y omisión del Poder Judicial.
    ¿Qué se requiere para que caiga la venda que cubre los ojos de la justicia? ¿No hay suficientes victimas, para que el Sector Salud se percate de que algo grave está pasando? ¿Qué debe suceder, para que el Estado investigue las negligencias médicas? ¿Qué tendría que ocurrir, para que la sociedad exija a los Servidores Públicos actúen ética y moralmente?
    El Estado debe escuchar a “Fuente Ovejuna”, hacer valer la razón sobre la impunidad y la injusticia. La sociedad exige equidad y certeza.
    Es tiempo de bajar de su pedestal a los médicos negligentes, eliminando el principio jurídico de que en caso de duda la razón les asiste. No son una “casta divina”.
    ¡“La verdad nos hará libres”!.
    Algunos Juzgadores, Servidores Públicos del Sector Salud y miembros de Colegios médicos, no entienden que los afectados son seres humanos que confiaron en la correcta práctica médica, poniendo sus vidas e integridad física, en manos de charlatanes, para los que el paciente fue un “ modus operandi”, médicos que olvidaron que la medicina es un apostolado, no un negocio.

    Averiguación Previa 4634/2007/NORTE/PUEBLA, Gustavo Adolfo Vargas González VS Dr. Alfonso Pedraza aguilera, por lesiones a titulo de culpa. Proceso penal 149/2010.
    Gustavo Adolfo Vargas González
    gustavovargas01@hotmail.com

  • gustavo a. vargas gonzalez dijo:

    Galimatías Judicial en Puebla. Amparos distintos a solicitudes idénticas.
    San Andrés Cholula a 18 de agosto de 2012
    En octubre de 2011, el Juzgado decimo primero de Distrito, concedió amparo al Dr. Alfonso Pedraza Aguilera ante el auto de formal prisión dictado por el Juez Primero de lo Penal. El amparo se concedió, “únicamente” para reponer el recurso de mediación omitido por el Ministerio Publico.
    Las partes renunciaron a la mediación. El Ministerio Publico, turno el expediente 149/2010 y AP. 4614/2007/Norte/puebla, a la Dirección Regional de Averiguaciones Previas y Control de Procesos. Zona Metropolitana Norte, quien lo remitió al Juzgado Penal de origen.
    Ante nueva orden de aprensión dictada por el Juzgado Penal Numero, el quince de julio de 2012, Alfonso Pedraza Aguilera solicito al Juzgado decimo primero de distrito, otro amparo; el texto de la solicitud, fue idéntica al del primer amparo solicitado al mismo Juez.
    El Juzgado Decimo Primero de Distrito concedió amparo provisional y definitivo al solicitante, lo que además de curioso, es inadmisible.
    Ocho años de lucha por lograr justicia en el caso de negligencia médica cometido por Pedraza Aguilera, me han enseñado a luchar con las autoridades judiciales, que lejos de apegarse a derecho, con tácticas dilatorias entorpecen y hacen inalcanzable la justicia.
    Es inconcebible que el Juzgado Primero de Distrito, a dos solicitudes idénticas de amparo por formal prisión, de respuestas distintas. La primera concediendo reponer la mediación omitida, la segunda; olvidando la primera, concede suspensión provisional y posteriormente definitiva. La lógica; no alcanza al agraviado para entender “tan rara” forma de hacer justicia.
    Dilación y más dilación, omisiones y mas omisiones, son la constante soportada durante ocho años, desde que inicie mi denuncia penal contra Pedraza Aguilera, en los que presente pruebas periciales que demostraron su culpabilidad.
    La justicia debe ser expedita, como ordena la Ley y exige la Sociedad. Que pague quien deba pagar y que nadie reciba impunidad.
    Gustavo Adolfo Vargas González.
    gustavovargas01@hotmail.com

  • gustavo a. vargas gonzalez dijo:

    Derechos de las víctimas y ofendidos del delito.
    El esfuerzo por obtener justicia es loable, no obstante; existen esfuerzos que parecerían destinados al fracaso. Dicho de otra manera; son rollo discursivo que pone ante los reflectores a los actores políticos del momento; entre ellos, está la Ley General de Victimas.
    Dice el Presidente Calderón; que el proyecto de Ley no toma en consideración la distribución de competencias, que en diversas materias realizan otras leyes generales expedidas por el Congreso de la Unión, lo que generará problemas en el orden jurídico mexicano”.
    Lo que no dice; es que la hermenéutica en las Leyes, históricamente ha hecho inaccesible la justicia para las víctimas de cualquier tipo de delito. Retóricamente; reconoce Calderón que las Leyes producen confusión entre sí y con la Constitución, en síntesis; para las víctimas de cualquier tipo de delito, se trata de otra falsa esperanza.
    Expone también, que la materia de “derechos de las víctimas y ofendidos del delito”, así como; la del “derecho a una reparación por violaciones de los derechos humanos” y la del “derecho de acceso a la justicia”, deben ser atendidas como materias multicompetenciales, es decir, materias asignadas por el texto constitucional a los diversos niveles de gobierno, pero sin que se mandate una necesaria articulación, reconociéndose así, por principio libertad de configuración normativa a cada orden jurídico.
    Para las victimas de negligencia médica, como para las víctimas de otros delitos, esto significa más dilación en la atención de denuncias, mas burocracia, mas corrupción y como dijo un día; el presidente Calderón mas rendijas de la Ley, que impiden el acceso a la justicia.
    existen suficientes Leyes, para la atención de las víctimas, y para que la reparación del daño se obtenga, sin embargo; quienes imparten justicia, han construido a partir de la Ley y sus rendijas, un “modus operandi” en el que reina todo, menos ética y moral.
    En cuanto a negligencias medicas y ultraje a las víctimas de Mal Praxis Médica, hay mucho en donde investigar, un ejemplo es mi caso en Puebla. Investigadores, investiguen, medios de comunicación difundan, FUNCIONARIOS, del Sector Salud y el Poder Judicial, FUNCIONEN
    Gustavo Adolfo Vargas González
    gustavovargas01@hotmail.com

  • gustavo a. vargas gonzalez dijo:

    Jueces brindan impunidad. Delincuentes con amparo.

    En lugar de encarcelar, castigar y obligar a los médicos negligentes, a quienes se comprobó alejamiento de la Lex Artis de la medicina, las autoridades; los protegen, los colegios médicos los ocultan, todos tapan sus errores, como el gatos hace con su excremento.

    La negligencia médica es tolerada por la Autoridad encargada de impartir justicia, y la Dirección de regulación Sanitaria, que debieran velar porque se cumplan las Normas Oficiales Mexicanas y el Código de Defensa Social.
    El que infringe la Ley es un delincuente, aunque a los médicos; se les cubra con la bata blanca del error, ocultando su negligencia.
    Se margina a las víctimas de Mal Praxis, causándoles doble vulneración. Primero; el médico negligente les agrede, después; la autoridad judicial con su burocratismo exacerbado y/o oscuros intereses los hacen abortar la intención de obtener justicia y reparación del daño.
    El Amparo, debiera proteger a los inocentes, pero en las negligencias médicas, como en la mayoría de los delitos, protege a los culpables. La mancuerna abogado – medico, a través del tráfico de influencias y /o corrupción, se encargan de que bajo el brazo del médico cuyos errores garrafales causaron lesiones culposas o dolosas, exista un Amparo.
    La ciudadanía está expuesta a la Mal Praxis médica, las victimas enfrentan averiguaciones previas desgastantes que favorecen a los médicos. Presentar pruebas periciales en su contra, es como buscar una aguja en un pajar, los colegios médicos defienden a sus pares sabiendo que son culpables.
    La averiguación previa 4634/2007/NORTE contra el Dr. Alfonso Pedraza Aguilera por lesiones culposas en mi agravio, concluyo con Dictamen y ampliación de la Comisión Estatal de Arbitraje Medico. Se dictamino: Negligencia médica, Mal Praxis, Alejamiento de la Lex Artis de la Medicina, Omisiones varias, Errores groseros y Falta de previsibilidad cometidas en mi contra.
    En 2011, se concedió Amparo al Dr. Alfonso Pedraza Aguilera, por la formal prisión dictada por lesiones culposas, “únicamente” para reponer la mediación omitida por el Ministerio Público. Las partes renunciaron a la mediación, siguiéndose el proceso en el Juzgado Primero Penal en Puebla. El Juez; ordeno nuevo auto de formal prisión contra el indiciado.
    En junio de 2012, el Juzgado decimo primero de distrito, concedió un segundo Amparo al médico. La solicitud de amparo del indiciado, utilizo el mismo argumento de su primera solicitud. El Juez, olvido que el primer Amparo fue para mediación, y concedió un nuevo amparo al indiciado.
    A cuatro meses de que mi agresor solicito el nuevo amparo, no existe sentencia, tampoco se han tomado en cuenta los argumentos que ofrecí para demostrar que el expediente no sea ha estudiado. Evidencie las incongruencias plasmadas en la solicitud que Pedraza Aguilera hizo al Juzgado de Distrito. A esta fecha, no se ha investigado la verdad jurídica en el expediente.
    En la atención a mi demanda penal, la justicia ha sido lenta, omisa, e inalcanzable obligándome a lidiar con un Poder Judicial, convertido en barrera insalvable, proclive al médico indiciado.
    Pedraza Aguilera falto a La Lex Artis de la medicina, y conociendo los recovecos y rendijas de la Ley, sigue amparado por la justicia, que le brinda impunidad.
    En Puebla, existen situaciones anómalas en los juzgados de Distrito. Aunque estas, son distintas a otras que llaman la atención de los medios de comunicación, son igual de perversas, que las que implican a delincuentes de renombre y alta peligrosidad. ¿Qué espera el Estado Mexicano, para intervenir y hacer justicia?

    Gustavo Adolfo Vargas González.
    Gustavovargas01@hotmail.com

  • gustavo a. vargas gonzalez dijo:

    Honorable Congreso del Estado de Puebla

    Comisión de Salud:
    Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
    Comisión de Procuración y Administración de Justicia .
    Comisión de Derechos Humanos.
    Comisión de Equidad y Género.
    Comisión de Protección Civil.
    Comisión de Ciencia y Tecnología.
    Comisión de Atención a Personas con Discapacidad.
    Comisión de Grupos Vulnerables.
    Comisión de Organizaciones No Gubernamentales

    San Andrés Cholula, a 7 de noviembre de 2012

    Estimados señores Legisladores Poblanos, integrantes de las Comisiones Involucradas con el tema de la Bioética médica, el error, y negligencia medica. Corrupción Institucional, falta de previsibilidad Sanitaria y Judicial.

    A Continuación, presento a sus apreciables criterios mi aportación sobre uno de los flagelos mas crueles que abaten a la sociedad poblana.
    Es urgente la participación de los Legisladores en la atención de esta problemática. Si bien no es posible legislar en este momento sobre el asunto, si deben exhortar a las autoridades involucradas en el problema, para que atiendan de manera más atingente la falta de previsión general, que afecta a la sociedad Poblana.

    Participación social, contra la negligencia médica, a través del establecimiento de la bioética como eje rector en la atención del problema.
    1.- incremento del error y Negligencia médica.
    El objetivo de la medicina es beneficiar al paciente, dentro de lo posible. El incremento de la negligencia y el error médico, dejan ver que alejados de la Lex Artis de la medicina, causan daño: por error, omisión, falta de previsibilidad, negligencia, y mal praxis.
    La polémica; se estanca al descifrar el significado de error y negligencia. Los médicos; se escudan en el termino iatrogenia. Las víctimas prefieren darle otro nombre, negligencia.
    El avance de la ciencia y la tecnología, influyó en la despersonalización y deshumanización de los profesionistas de la salud, que anteponen interés, criterio mercantilista y rentabilidad , a los valores que durante años hicieron de la medicina un apostolado.
    El ejercicio del conocimiento, beneficia a quien puede pagar el servicio. Para el estrato social más deprimido, está el seguro popular como opción, en la que los pacientes enfrentan riesgos, errores, omisiones, faltas de previsión y negligencias.
    En la Medicina subrogada y de seguros de gastos médicos mayores, el paciente cautivo y sin posibilidad de elección, es víctima del fenómeno que afecta el servicio en el Seguro Popular. Los pacientes son atendidos por médicos deshumanizados y mediatizados.
    Es indispensable una revolución en conciencia, cultura, y ética, que renueven el compromiso médico. Hoy; mientras la negligencia se incrementa, la prevención se olvida.
    De continuar la tendencia hacia la práctica desleal como: dicotomía, clientelismo, utilización perversa del conocimiento, ambición y codicia. La mal praxis, aumentara y los médicos, se alejaran cada vez más de la Lex Artis.
    El apego a protocolos, tecnologías e interacción con un nuevo modelo de atención sanitaria, aporta beneficios al paciente. Por el contrario el desapego significa riesgos previsibles, errores y negligencias.
    La inseguridad del paciente, se demuestra con el numero de errores ocurridos en hospitales públicos y privados, donde se originan enfermedades, lesiones, discapacidades, daños irreversibles y muerte. El índice de error, varía entre 3,5 % y 16,6 % de los pacientes hospitalizados. Uno de cada diez internos, es víctima de negligencia y errores previsibles.
    No se conoce el numero de errores y negligencias, por el corporativismo médico que oculta la verdad, por temor a sanciones y demandas, el error pasa inadvertido. Los pares protegen a sus colegas, ocultan, callan o disfrazan los hechos.
    No existe un sistema de control y regulación sanitaria, que ofrezca información veraz sobre negligencias y errores. , En teoría; las Normas Oficiales mexicanas ofrecen seguridad los usuarios del servicio médico. La realidad; es que las normas y la legislación aplicable a la materia, es letra muerta para médicos y Sector Salud.
    Qué lejos está la medicina , de la propuesta del premio noble de química Doctor Santiago Ramón y Cajal, “el error es la oportunidad providencial, para que este, no vuelva a repetirse”.
    2.- Causas de error y negligencia médica en México,
    Deficiente o nula relación médico-paciente.
    Se subvalora al paciente, desatendiendo sus componentes psicológicos, culturales, económicos, básicos en la relación médico – paciente. La subvaloración, causa inseguridad por condiciones extra profesionales, antepuestas por el médico a la salud del paciente.
    Interrogatorio inadecuado.
    La deficiente información obtenida del paciente, por la brevedad y desinterés en la anamnesis, conduce a la comisión de errores y negligencias. Inhibe la comunicación y retroalimentación del binomio médico – paciente; no elabora, o elabora deficientemente la hoja clínica y/o expediente clínico. El mal interrogatorio o la falta del mismo, no brinda elementos para diagnosticar con eficiencia. Favorece los riesgos, errores, omisiones y las negligencias, aparecen en cualquier momento.
    Auscultación inadecuada o inexistente.
    La exploración fisca, es deficiente por causas similares a las mencionadas en el párrafo anterior. La auscultación inadecuada o inexistente, incrementa los riesgos, y causa error o negligencia. La incorrecta o inexistente exploración, además de un deficiente diagnostico, significa perdida de tiempo y oportunidad en la atención del paciente.
    Subutilización de los estudios de gabinetes de diagnostico.
    Una mala valoración de la alerta proporcionada por los gabinetes de diagnostico, significa pérdida de tiempo, oportunidades y gasto infructuoso para el paciente.
    Administrativamente, razones presupuestales, inescrupuloso e ineficaz criterio del médico, privan al paciente de los estudios de gabinetes de diagnostico. Por sistemas se niega la práctica de estudios indispensables, por instrucciones superiores. La economía mal entendida, causa riesgos, errores y negligencias irreversibles, agravadas por imprevisibilidad al no solicitar interconsulta con las especialidades necesarias. Entre los médicos de primer nivel, es común basar su diagnostico en el “ojo clínico”. Los criterios jerárquicos, basados en economía y ahorro, favorecen substancialmente riesgos innecesarios, por ignorancia, amoralidad, falta de ética y sometimiento del médico a instrucciones superiores.
    Historia clínica inexistente o mal elaborada.
    Información omitida, insuficiente, inexistente, excesiva, mal interpretada, con diagnóstico o pronóstico equivocados, contradictoria, con abreviaciones, inteligible, con descuidos y omisiones de la información proporcionada por los gabinetes de diagnostico interconsultados, causan errores y negligencias, amen, de que violan las Normas Oficiales Mexicanas.
    Prescripción deficiente.
    La receta verbal o escrita con letra ilegible, produce errores y negligencias, previsibles con atingencia, empatía y previsibilidad del médico. El paciente no está capacitado para entender la prescripción, cuando existe duda o mala información del médico. El paciente, no tiene capacidad ni experiencia para acatar instrucciones, que requieren la intervención de personal especializado, intra o extra hospitalariamente. El médico da por hecho que el paciente atenderá en su ausencia la prescripción. La toma de decisiones, compete al médico, es parte de la previsibilidad no delegar al enfermo, responsabilidades que no le corresponden.
    Subutilización del avance tecnológico, en la atención al paciente.
    El criterio económico y de ahorro en la administración de la medicina pública y privada, mediatiza la responsabilidad moral y ética del médico. Las Instituciones sujetas a presupuestos, como la medicina subrogada y la de seguros de gastos médicos mayores, frecuentemente no tienen acceso a alternativas tecnológicas innovadoras. Solo el paciente particular, obtiene el beneficio de esas alternativas, soluciones, prevenciones y cura, por su capacidad económica. El Sector Salud, presume cobertura total inexistente, ni cuantitativa ni cualitativamente. Los médicos que laboran en esas Instituciones, conocen de la inexistencia y desabasto de medicamentos en el cuadro básico autorizado, padecen restricciones para autorizar estudios especializados indispensables. Derivan inadecuada, inoportuna e ineficientemente a los pacientes a especialidades de alta demanda. Todos se Justifican. ninguna justificación es válida ni moral ni éticamente.
    3,- Bioética y compromiso Hipocrático, en la medicina moderna.
    La medicina desatiende la esencia biológica, social, sicológica, económica y cultural en el proceso salud-enfermedad. Prioriza la alteración percibida clínicamente en la consulta de primer nivel, solucionando sintomatología y signos descubiertos, a veces; ensombreciéndolos y haciéndolos indetectables.
    Privan al paciente de la posibilidad de investigación, interconsulta y segunda opinión. El paciente es relegado a un número en la rutina diaria que el médico debe cubrir. Se olvida; la condición social y humana, que debe prevalecer durante la consulta.
    El médico, confía en su experiencia. Ignora la relación con el paciente. Toma decisiones adecuadas o inadecuadas a partir de la clínica, de acuerdo a los protocolos que recuerda. La experiencia clínica, lleva a decisiones morales, pero no éticas.
    “No basta establecer cómo se debe actuar, formulando normas de acción moral. Interesa más bien; mostrar por qué se debe actuar de esa manera. Es decir, determinar los principios de acción ética”.
    En el siglo pasado, la medicina resolvía los dilemas que enfrentaba en el ejercicio de la Lex Artis, guiada por la ética. Actuaba conforme a lo que debía hacer de acuerdo a los cánones conocidos durante dos milenios. En los últimos tres siglos; la evolución del paciente, fue inexistente para el médico.
    La ética se basaba en la relación médico-paciente, exhortando al médico a practicar una vida pura y virtuosa, basada en “no dañar” y “hacer el bien”. Principios exigidos a lo largo de los años.
    En algunos medico, prevalece la ética tradicional alineada al paradigma biologicista en desuso. La ética tenía mas relación con el mandamiento Evangélico, de amar al prójimo, que con la concepción de perfeccionar el conocimiento para lograr mejores resultados.
    Ante la deshumanización del médico. Empezó a usarse el término bioética, El desarrollo científico-técnico, permitió que los pacientes dejaran de ser sujetos pasivos en el proceso salud-enfermedad. Surgió entonces , la teoría sobre disciplina y bioética, edificada en la moral surgida del desarrollo científico- tecnológico, que derivo en el derecho de los pacientes.
    La Bioética; abarca la ética médica sin limitarse al concepto tradicional. Incluye responsabilidad del profesional, normas de conducta de la medicina institucional y particular, moral en materia de Sanidad y epidemiologia. Pero su más alto logro; es reconocer y establecer la relación médico-paciente, otorgando a este ultimo democracia, libertad, equidad y derechos humanos. Aunque por criterios administrativos, el avance de la Bioética se conoce en la tradicional “letra chiquita”.
    La bioética, introdujo lo social en la ética conocida hasta entonces. Incluyo, principios éticos de justicia y autonomía, que significaron la incorporación de sociedad y paciente en la dimensión cultural, humana y social.
    Más que una tendencia, la Bioética es un modelo en la formación y tendencias, que integran al médico moderno a la nueva concepción de Salud. El inicio de la Lex Artis. Un campo de lucha en la tendencia y práctica sanitaria, que satisface el bienestar y la salud. Otorga al paciente el poder en muchas facetas de la atención médica, como el derecho a la segunda opinión, consentimiento informado, información veraz y oportuna, etc. Los seguidores de la Bioética le , llaman empoderamiento del paciente.
    La demanda social genero la vinculación entre praxis médica y vida humana. El médico interactúa entre la medicina como arte y como ciencia. Los cambios sociales, produjeron cambios en los valores y principios humanos, que conquistan respeto a la vida, dignidad humana y reconocimiento de los derechos humanos, de los pacientes y el derecho a la salud.
    El incremento del error y la negligencia médica, generó intentos para frenar esa calamidad. Los ojos volvieron a la prevención e incluyeron al paciente en la lucha por la seguridad.
    El Juramento Hipocrático, menciona que el médico debe actuar en beneficio del paciente, “no haciendo daño” y “actuando en beneficio del enfermo”. No menciona el derecho del paciente a participar en las decisiones que le atañan. Las Comisiones Nacionales de Arbitraje Medico y Derechos humanos, conceden al paciente el derecho para su atención y protección. Y aunque, sea letra muerta para las autoridades Sanitarias y Judiciales. Significa un gran paso, para los activistas que lucha por la seguridad de los pacientes.
    La Declaración internacional de los Derechos Humanos, establece guías, códigos de conducta ética, protocolos, reflexiones deontológicas. En México; institucionalmente fueron convertidas en Normas Oficiales Mexicanas en materia Sanitaria.
    Continúan sin ser reconocidos por médicos, colegios especializados y funcionarios de los Sistemas de Salud y Judicial. Sin embargo; la existencia de Protocolos y reglamentos reconocidos por Instituciones, agrupaciones de profesionales, y organizaciones no gubernamentales, empieza a evidenciar avance en materia de regulación.
    Los derechos humanos, constituyen exigencias que deben integrarse a ciencia. la bioética se ha incorporado a ello, rescatando la importancia de respetar la dignidad humana.
    4.- Error y negligencia, desde la bioética
    Democracia y derechos humanos. Procuran el desarrollo del hombre, su libertad y equidad. Atienden principios y normas de conducta de la medicina, aceptando la existencia de errores y negligencias. Desde la Bioética, se estudian las causas de omisiones, faltas de previsibilidad, faltas al secreto profesional, entre otras situaciones que perjudican al paciente.
    La bioética se fundamenta en cuatro principios: “Beneficencia”, “no maleficencia”, “justicia” y “autonomía”. Los principios se jerarquizan en dos niveles; público, que abarca “Justicia” y “no maleficencia”, y privado o individual, que comprende “beneficencia” y “autonomía”. Los privados son obligatorios, siempre que no haya conflicto con los públicos.
    Beneficencia.
    Implica la realización del bien y la protección de los intereses del enfermo. Procura lo mejor para el paciente tal y como lo entiende la medicina, promociona el interés del paciente desde la perspectiva de la medicina, el interés radica en vida, salud y felicidad. El médico; está obligado a alcanzar la sanación y evitar el daño cuando haya esperanza razonable de recuperación. Le está vedado hacer daño a no ser que ésa sea la vía para llegar a la curación. Infiere la obligación de aumentar al máximo los beneficios y reducir al mínimo daños y perjuicios. Los riesgos deben ser razonables, teniendo en cuenta los beneficios esperados.
    Aunque un acto no beneficie, puede ser ético en la medida que evite el daño. Quien recibe un beneficio sabe cuánto significa, quien sufre un daño, acusar la gravedad del perjuicio.
    Es el afectado por la beneficencia o no maleficencia, quien debe decidir sobre la conveniencia de efectuar procedimientos, según se afecten sus intereses, le corresponde también evaluar si la omisión o la negativa a ejecutar un acto tuvieron consecuencias o riesgos.
    Es indispensable mejorar la capacidad del médico para evitar que incurra en error o negligencia, al diagnosticar o emitir indicaciones terapéuticas no correspondientes y cualquier omisión que viole la Lex Artis de la medicina y cause daño. Recordar a la academia medica ,el principio de beneficencia, le regresara la esencia social, que una vez la distinguió.
    No maleficencia.
    El médico debe atender al paciente, con la práctica medica reconocida y adecuada, y que proporcione un beneficio científicamente probado. Los procedimientos diagnósticos y terapéuticos respetarán escrupulosamente el equilibrio entre riesgo y beneficio, no causarán daño físico ni psíquico. Reconociendo la obligación de hacer el bien y no el mal.
    Justicia.
    La justicia distributiva, vela por la distribución equitativa de bienes escasos en una comunidad. La justicia; da a cada quien lo que le corresponde, lo que merece, lo que le es propio y necesario, partiendo de la obligación ética de dar a cada persona lo que le corresponde moralmente.
    La Justicia Sanitaria, se encarga de dar a cada quien lo necesario, en el momento preciso, con independencia de su status social y sin reparar en costos. La salud; ha dejado de ser materia privada, para convertirse en derecho Constitucional. Concede igualdad de oportunidades, en la búsqueda de conseguir el mejor resultado, al menor costo humano, humano y social.
    Autonomía.
    Significa la aceptación del paciente como ente moral responsable y libre para tomar decisiones, con libertad de elección, capacidad de fijar su posición respecto a determinado hecho y asumir la responsabilidad de sus actos.
    El consentimiento informado, es una expresión de autonomía, que consta de dos elementos: la aprobación voluntaria, sin abusos paternalistas ni presiones autoritarias y la competencia para otorgar el consentimiento, tanto física como psicológicamente. Pudiendo un responsable familiar suplirlo cuando no sea posible obtener su aprobación.
    El paciente tiene capacidad para comprender las situaciones y perseguir objetivos personales sin ser dominados por coacciones. A diferencia del modelo de beneficencia, este principio entiende los valores y creencias del paciente, como la principal consideración en la determinación de la responsabilidad del médico, y aplica la responsabilidad al galeno. Entendiendo; que médicos y pacientes no son iguales en cuanto a posesión de información, conocimiento y capacidad para controlar hechos y circunstancias.
    El médico, debe respetar la autonomía, y la integridad del paciente como un todo, con sus valores más preciados, vida, salud, respeto a su individualidad y a su derecho de libre elección. Es este deber, el que presenta mayor conflicto ético y resistencia al cambio por el gremio médico.
    El médico tratante, debe respetar el conocimiento del enfermo sobre el procedimiento al que será sometido, enterándolo de los fines, riesgos, consecuencias probables y beneficios potenciales.
    Para que el consentimiento sea válidamente informado, el paciente y los familiares responsables, no deben ser sometidos a presión o engaño. El consentimiento es la expresión de la voluntad y libertad personal, significa autonomía. La información no debe ser solamente al inicio del tratamiento o cirugía, el paciente tiene el derecho de recibir cualquier cambio en el estadio de su enfermedad o tratamiento médico o quirúrgico, recibiendo las aclaraciones necesarias con oportunidad, para poder dar a conocer su criterio y decisión al médico, pudiendo optar por una segunda opinión, e incluso solicitar el cambio del responsable médico en su atención.
    Los pacientes muestran inconformidad por la actual atención médica. Las controversias surgidas, se atienden dentro de la resolución alternativa de conflictos, por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Comisión Nacional de Arbitraje Médico. La demanda civil y penal, son opciones que el paciente toma al no lograr la mediación durante el arbitraje. Las áreas médicas mas denunciadas por errores y negligencias son: traumatología y ortopedia, ginecoobstetricia, urgencias y cirugía.
    Estudio serios (Cote y otros) han revelado que de 371 dictámenes de los archivos de la Dirección General de Coordinación de Servicios Periciales de la Procuraduría General de la República (1976-1992), en 31,44 % (89) existió falta médica; en 78,65 % (222) negligencia y en 21,34 % (60) impericia.
    Ante esa situación se creo, la Comisión Nacional de Bioética, que tiene como objetivos:
    • Proponer una guía ética para la atención médica y la investigación.
    • Fijar criterios o principios éticos mínimos que deben observarse para la atención médica en las instituciones públicas y privadas de salud.
    • Difundir entre la sociedad y los profesionales, técnicos y auxiliares de la salud los principios y valores que deben regir el ejercicio de su actividad.
    • Fomentar el respeto de los principios éticos en la actividad médica.
    • Opinar sobre los protocolos de investigación en seres humanos y desarrollo de nuevos medicamentos, así como su uso correcto en la práctica médica.
    • Dar a conocer los criterios que deberán considerar los comités de ética y de bioseguridad de las instituciones de salud.
    • Apoyar el desempeño de los comités de ética de las instituciones de salud y recomendar, los criterios que deberán observarse en la reglamentación de la investigación en seres humanos.
    5.- El paciente en apoyo a la Bioética.
    En México, predomina el criterio biologicista de los paradigmas de las Ciencias de la Salud, conduciendo esta tendencia a la nula participación del paciente en las decisiones médicas, teniendo el médico tratante la dirección y decisión total del proceso. Hecho que viola el principio de autonomía del paciente y su familia.
    Mal informado de su padecimiento y los procedimientos diagnósticos y terapéuticos, el paciente ante el planteamiento del personal de salud y bajo el supuesto de que son sabios e infalibles, termina por aceptar la decisión unilateral del médico.
    Ante la presencia de consecuencias adversas, discapacidad, lesiones por error o negligencia. En calidad de víctima, el paciente recurre a las instancias establecidas para atender la mala praxis: la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Comisión Nacional de Arbitraje Médico, la Procuraduría General de la República y el Sistema Judicial.
    la negligencia constituye un problema social, que debe ser tratado intersectorialmente, por el Sector Salud , la Autoridad encargada de impartición de justicia, los Ministerios Públicos y los juzgados penales y civiles. Siendo la salud un derecho tutelado por el Estado, debe darse un lugar a las víctimas de negligencia médica, para retroalimentar a las autoridades de la realidad imperante.
    El Derecho a la Salud, debe dejar de ser letra muerta. La Comisión Nacional de Bioética debe ser el eje rector en la Praxis Médica vigilando el respeto estricto de sus objetivos, a través de la información a la sociedad, capacitando al personal médico y las autoridades de los Sistemas de Salud y Judicial, sobre los principios bioéticos. Pero ante todo, privilegiando la participación social organizada, para recordar a las autoridades Sanitarias, a los médicos y al Sistema Judicial, la existencia del problema, sus repercusiones y el antídoto para evitarlo, la prevención..
    6.- Doble vulneración de las víctimas de negligencia médica.
    La víctimas de negligencias médicas están en total indefensión, ante la embestida descomunal de la negligencias cometidas por pésimos profesionales de la salud, a lo que debe sumarse la negligencia , omisión y tráfico de influencias existente en los Ministerios Públicos y las ventanillas del Sistema Judicial.
    no existe en México, un órgano Sanitario confiable que verifique el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas en materia de salud y la observancia de los protocolos médicos.
    La Dirección de regulación Sanitaria, es ineficiente ante la queja de las victimas de negligencia, que buscan sanciones para los médicos que incumplen la normatividad y reparación del daño.
    La Comisión Nacional de Arbitraje Medico, tiene una participación insignificante cuando se trata de aplicar justicia. Ofrece la mediación, a la que casi nunca se llega, por la falta de pruebas del querellante. la Comisión, generalmente termina por declarar agotado y archiva el expediente, por falta de pruebas y/o desinterés de la víctima.
    La realidad es triste, pero cierta. la victima nunca espero estar en el lugar donde lo coloco la mal praxis, indolencia o impericia medica. Por lo tanto; no está preparado para afrontar el tortuoso camino que le espera, ni tiene el conocimiento adecuado para hacerlo, Pocas victimas tienen acuciosidad, cultura, paciencia y capacidad económica para enfrentar un juicio civil y/o penal, presentar pruebas, obtener peritajes médicos para continuar el procedimiento que busque la sentencia para el infractor del Código de defensa Social. .
    El camino después de recorrer las instancias Sanitarias, es el Sistema Judicial, ante quien debe querellarse o demandar exigiendo la sanción del delito y la reparación del daño.
    “Delito que no se denuncia se repite”, es retorica utilizada por las Instituciones encargadas de brindar seguridad e impartir justicia. La victima de negligencia, como la de cualquier otro delito, enfrenta una maquiavélica realidad jamás imaginada. Tráfico de influencias, Abogados inexpertos en el tema, que se venden ante la defensa de los médicos demandados, omisiones judiciales, proclividad para favorecer el interés del galeno indiciado, dificultad para que un gremio médico o un médico en lo particular, acepte participar en los peritajes que requiere la averiguación previa, corrupción de los servidores públicos, burocratismo, falta de conocimientos sobre el tema y desinterés de los Agentes del Ministerio Publico.
    Ante esa realidad, la victima termina por abortar su deseo de obtener justicia, o es mártir de la prescripción por desconocimiento de la tramitologia judicial. o bien; sacando fuerzas de flaqueza lucha buscando el apoyo de los medios de comunicación, para dar a conocer la tragedia que vive, señalando los actores de la misma.
    La presión social, termina por mover a regañadientes a los funcionarios públicos, que no funcionan. Contra el Slogan oficial “delito que no se denuncia, se repite”, el grito de guerra de las victimas que enfrentan los procesos penales o civiles, es “delito que no se castiga, se repite”.
    El silencio oficial, busca que la víctima desahogue a gritos, sombrerazos, cartas abiertas, artículos en los medios de comunicación su frustración y desacuerdo, haga preguntas y exija respuestas.. Pareciera, que el Artículo Octavo Constitucional, no existe. Las respuestas no llegan. Porque nadie, lee, escucha, ni ve la inconformidad social.

    Nadie tiene registros confiables sobre la ocurrencia de errores y negligencias. Las que tienen datos, incluyen solo estadísticas, sobre personas quejas quejarse ante el órgano desconcentrado del Sector Salud.
    No hay forma de saber el número real de negligencias médicas. Se des conocen los casos, done las víctimas decidieron dejar las cosas en manos de Dios, al desconfiar de la justicia de los hombres. Algunos, ni siquiera saben que sufrieron negligencias y piensa que la voluntad divina, les mantiene discapacitados.
    La ignorancia es el mejor aliado del médico, que tiene en la imprevisibilidad la fuente de trabajo, que le proporciona status y confort.
    Los pacientes, están en indefensión. la Comisión Nacional de los Derechos Humanos porque no tiene facultades “por tratarse de asuntos entre particulares”., La Comisión Nacional de Arbitraje medico, recibe anualmente 14 mil quejas, de las que el 15 por ciento corresponde a servicios privados. De ese número, 2 mil 400 personas al año denuncian actos de negligencia o mal praxis sufrida en consultorios, hospitales, clínicas y laboratorios privados. Únicamente el ochenta por ciento de esos casos es resuelto en procesos conciliatorios, un veinte por ciento en arbitraje. Se emiten solo cincuenta laudos anuales favorables a los pacientes.
    Al ser cuestionada sobre las quejas recibidas, contra los casos atendidos, CONAMED, asegura que la negligencia es una “percepción subjetiva de la gente”. Una manera grosera de responder a los usuarios de la Institución, el Sistema Judicial se suma al criterio y actúa de manera parcial desprotegen a las víctimas y tapan las faltas cometidas por los médicos negligentes.
    Después de la vulneración causada por la impericia, negligencia y falta de previsión medica, el paciente es vulnerado nuevamente. Son las Instituciones encargadas de impartir justicia, las autoridades del Sector salud, los gremios médicos que protegen a sus pares y los abogados desleales e ignorantes los que cometen la doble vulneración a la víctima.
    .7.- Autoridades Sanitarias y judiciales, favorecen a médicos negligentes.
    La mal praxis, cometida por los médicos de los servicios de salud, se debe a falta de supervisión y desatención de la Bioética.
    El Sector Salud privilegia y tolera el funcionamiento de hospitales privados y públicos que estando sujetos a regulación sanitaria, violan impunemente las Normas Oficiales Mexicanas y protocolos aceptados por la academia medica.. Instituciones médicas, Clínicas y consultorios siguen practicando medicina a la usanza de la vieja escuela.
    Las Instituciones y particulares, presionan al paciente a firmar documentos en blanco, que presentan al enfermo y a su familia, escasos veinte minutos antes de la cirugía.
    Al firmar en blanco, el paciente acepta que el hospital únicamente presta servicios hospitalarios y por lo tanto; el paciente es responsable del médico que eligió. Legalmente; el paciente, es quien designa al médico que lo atiende.
    Este es un argumento falso. Quien elige a los médicos en los hospitales públicos y privados, en las instituciones que subrogan el servicio médico, o las aseguradoras que brindan seguros de gastos médicos mayores, no son los pacientes, sino los coordinadores del servicio.
    El paciente, es cautivo del médico que forma parte del cuadro de especialistas que le atienden por la prestación médica que le protege. Son los coordinadores médicos de los hospitales, y servicios médicos los responsables de la elección de los facultativos, que en la práctica , administrativamente privilegian el ahorro, sobre la eficiencia y capacidad de los médicos contratados.
    Independientemente del tipo de servicio que se brinde, la institución o la empresa, están obligadas a supervisar al personal que atiende al paciente en sus instalaciones. Son responsables de lo que pasa en las mismas y de los médicos que ejercen en los nosocomios y consultorios.
    Además de errores y negligencias, el Sector salud y las empresas hospitalarias, provocan prácticas fraudulentas e ilegales en perjuicio del paciente. La dicotomía es un ejemplo, consiste en pagar comisiones o bonos por el número de ingresos que generen los médicos al hospital, internamientos, operaciones y estudios.
    Otra practica que cae en el terreno del fraude, es la industria de estudios, cirugías y procedimientos innecesarios, ordenados por los médicos sin justificación. El médico, hace lo que quiere en los hospitales púbicos y privados, en sus consultorios y clínicas. Nadie lo supervisa si el paciente requiere cirugía, basta la indicación del médico tratante, nadie analiza si su decisión es correcta, o no, a no ser que los estudios , eventos quirúrgicos, y periodos de hospitalización sean muy caros y requieran el visto bueno de una autoridad administrativa coordinadora..
    La sociedad opina, que el Sector Salud está obligado a informar sobre los padrones sobre hospitales públicos, privados, médicos y clínicas que trabajan alejados de la Lex Artis de la medicina, que hacen de la mal praxis y la negligencia su modus vivendi. Es indispensable un padrón, de médicos particulares que deprendan la salud pública. Ante la falta de mecanismos de regulación sanitara, no puede permitirse que ocurran errores y negligencias, en hospitales certificados por el Consejo de Salubridad General de la Secretaría de Salud.
    Tampoco es admisible que la Procuración de Justicia, actué a favor del mejor postor, participe en actos de corrupción, tráfico de influencias, dilaciones, omisiones y proclividad a favor del gremio médico. Es difícil de comprender, que ante una denuncia y/o querella, con peritaje medico solicitado a CESAMED a petición de autoridad, con conclusión que detalla los peores calificativos posibles para un acto de lesiones culposas: omisión (negligencia) de procedimientos médicos quirúrgicos, falta de previsibilidad al no apegarse a la Lex Artis de la medicina, mal praxis, y errores groseros, el Sistema judicial, se ignore la indagatoria de la Averiguación Previa, se niegue valor jurídico a las pruebas ofrecidas, y se desestime el dictamen pericial y la ampliación del mismo.
    La vía penal no es recomendable para las víctimas, porque los ministerios públicos no conocen el tema, que requiere alta especialización; ni cuenta con médicos expertos que dictaminen sobre las diversas especialidades. El hecho, implica desventaja para el querellante y/o denunciante.
    Los procedimientos penales son juicios complicados, largos, costosos y cruelmente inescrupulosos. La demanda por responsabilidad médica profesional, en los tribunales civiles, es más flexible, expedita y noble. Permite igualdad de condiciones entre Instituciones públicas y privadas, el médico y paciente. La única condición existente, es que la denuncia se haga en los términos marcados por la Ley.
    La prescripción afecta al paciente y brinda impunidad al médico. La capacidad de respuesta del paciente por la mal praxis de que fue víctima, es lenta, porque se da cuenta tarde de lo irreparable de sus lesiones. o porque el tiempo transcurre a favor del médico, mientras el paciente es sujeto a nuevas intervenciones quirúrgicas en busca de reparar los daños irreversibles que le causo el médico negligente, el paciente se entera de la existencia de la prescripción, cuando se presenta en el Ministerio Publico si opta por la querella o denuncia penal, o cuando asiste al tribunal civil para intentar la reparación del daño.
    8.- Prevención inexistente en materia de salud.
    El Estado mexicano, incumple su obligación de regular los hospitales. Las autoridades sanitarias, no vigilan las prácticas hospitalarias. Ninguna autoridad visita a los hospitales, las clínicas y los consultorios, para verificar que cumplan los protocolos médicos y normas oficiales mexicanas sanitarias. COFEPRIS puede ufanarse de un número considerable de supervisiones y verificaciones, pero no explica que las vistas son debidas a la queja por negligencia médica cometida.
    La previsión sanitaria no existe, se intenta justificar a las instituciones públicas con vistas posteriores a la mal praxis, es decir; cuando el mal está hecho. El Sector Salud se niega a proporcionar información sobre un padrón de depredadores médicos que afecta a la población.
    Hay de errores a errores. La falta de previsión, causante de negligencias y malas prácticas, se debe a la falta de ética profesional, y a la nula regulación sanitaria.
    Para la prevención de la negligencia, es necesaria la intervención sistemática de la Dirección de Regulación Sanitaria, verificando la práctica médica en hospitales, clínicas y consultorio, incluso regulando los costos de los servicios, elaborando padrones de médicos negligentes y reincidentes, que permita al usuario del servicio, conocer a los médicos causantes de ineficiencia e incapacidad. Únicamente, podrá lograse esto, cuando las visitas de verificación y supervisión, obedezcan a programas sistematizados, que brinden seguridad .
    Para la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios Las negligencias médicas no se deben a falta de supervisión, son situaciones que pasan en el mundo globalizado. El desconocimiento de cifras sobre negligencias, no permite comparar el fenómeno con otras latitudes. El Sector salud, responde que las cifras, son compatibles con el desarrollo en cada país.
    La Secretaría de Salud, tiene información, pero se niega a hablar del tema. Olvidando su obligación de prevenir la negligencia, como un riesgo sanitario. A nivel mundial la medicina tiene problemas que se convierten en negligencias y errores, por la alta especialización y tecnificación. En México, los médicos olvidan su formación integral y capacidad de diagnostico a partir de los síntomas.
    Para frenar la negligencia, mala práctica y abusos de los médicos, se requiere capacitación desde las universidades, formando profesionales reflexivos y previsores. Se requiere regulación sanitaria; reestructuración de Conamed, para que sea imparcial; que los casos penal y civilmente sean fallados por jueces expertos en derecho, auxiliados por peritos competentes y no por médicos que no conocen el sistema legal y, protegen a sus pares, por el simple hecho de que mañana, ellos pudieran ser los acusados.
    Sobre las necesidades mencionadas, es imperioso educar al paciente, para que cuestione y pida explicación. Conformar una asociación civil sin fines de lucro, que evite que sigan ocurriendo errores y negligencias, que pueda sentarse en cualquier foro sobre el tema, para debatir su experiencia y los errores que ha sufrido en su búsqueda de justicia. Discurrir colegiadamente la defensa del paciente, ante la cerrazón de la autoridad Sanitaria, judicial, y la mal interpretariada defensa a colegiada del gremio médico, significaría un alto a la impunidad. La obligación de luchar por la prevención no es exclusiva de los médicos, los pacientes y la sociedad entera, deben integrarse a la batalla. .
    9.- Desapego a la Lex Artis Judicial.
    Recientemente el Presidente de la República demandó al Poder Judicial, no sólo a cumplir con la Ley sino a otorgar justicia a las víctimas y garantizar que “una rendija en la Ley” no impida juzgar y encarcelar a quien cometa un delito, porque la impunidad es el estímulo más poderoso para los delincuentes.
    La declaración, incluye cualquier tipo de delincuentes y víctimas de impunidad judicial. Los malos servidores públicos, son “las rendijas de la Ley” a las que el Presidente se refirió, que permiten que la impunidad prevalezca produciendo desazón en la sociedad. Todos saben quiénes, dónde y que hacen los malos funcionarios.
    Las rendijas de la Ley, protegen al delincuente, que se beneficia de amparos judiciales que perjudican a las víctimas. El Sistema Judicial ampara al transgresor de la Ley y margina a la víctima, la víctima es vulnerada: primero; por el delincuente, después por las rendijas de la Ley.
    Extrajudicialmente, malos servidores públicos protegen el interés de los delincuentes. Ejemplos hay muchos, algunos delincuentes amparados, han obtenido libertad para cometer asesinatos, o cometer otros crímenes.
    La dilación, del Sistema Judicial, protege al indiciado. el amparo, impide que el Auto de formal prisión surta efecto. La justicia y el paciente deban esperar que concluya el juicio y se dicte sentencia. La autoridad olvida que delito que no se castiga, se repite. ¿Cuántos médicos negligentes siguen ejerciendo la medicina con amparos bajo el brazo? ¿A cuántos médicos, se les otorga la protección del poder de la Unión, amparándolos?
    El amparo, protege al indiciado, a través del burocratismo exacerbado, misterioso, ocioso e incomprensible, que motiva a dudar que la denuncia sea una solución. La retorica suena hueca, cuando quien debe hacer cumplir la Ley, no lo hace o permite que la dilación triunfe sobre la razón esgrimida por la víctima. Es patética la respuesta, de que la carga de trabajo impide la justicia expedita.
    Las rendijas de la Ley, no solo son retorica; existen y son motivos de dilación e impunidad en la atención a las víctimas, favorece a los médicos infractores del Código de Defensa Social. Como sociedad somos corresponsables de que la realidad cambie. Cumplamos nuestra obligación, para que los funcionarios cumplan la suya.
    Este artículo, se basa en información obtenida de textos extractados y modificados del artículo publicado por la Dra. Clara Magdalena Martínez Hernández y de la Publicación de la revista Contralinea, artículo titulado Servicios privados de salud, negligencia y fraude, por Elva Mendoza.
    Gustavo Adolfo Vargas González
    Tel 2 98 98 77
    gustavovargas01@hotmail.com

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