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Reparación del daño, derecho fundamental en los Juicios Orales

Martes 15 de noviembre, 2011.
03:04 pm
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Oaxaca, México.- El Sistema Acusatorio Adversarial, fue creado con el firme propósito de ofrecer a la sociedad oaxaqueña una procuración y administración de justicia penal más ágil, transparente, imparcial y con apego absoluto a los derechos fundamentales. En este sistema garantista la víctima tiene derecho a obtener el resarcimiento por el daño causado. Sobre este tema, la jueza de ejecución de penas del Tribunal Superior de Justicia, Irene Nayeli Méndez López, señaló que la reparación del daño comprende  el reclamo de la restitución del objeto obtenido por el delito o en su defecto, el pago del precio correspondiente. Asimismo, el sistema contempla el resarcimiento del daño material y moral causado. Consideró que para exigir la reparación del daño, se tiene que partir de la cuantificación de éste, es decir verificarlo objetivamente. Méndez López explicó que el sistema acusatorio es muy flexible, en caso de que las partes logren un acuerdo, se puede optar por una solución alternativa al proceso,  siempre y cuando se repare el daño. En la etapa de juicio oral también se encuentra dicha reparación, en donde el ministerio público tiene qué comprobar que elementos se tienen para acusar y exigir de manera formal esa reparación del daño. “El hecho de que una persona ya esté sentenciada, es decir se encuentra en etapa de ejecución,  no significa que el asunto termina, al contrario, los sentenciados tienen la obligación de cumplir con el pago y la reparación del daño y para ello está el juez de ejecución de  penas”, dijo. Si bien es cierto que los jueces de ejecución de penas, son los que tutelan los derechos fundamentales de los sentenciados en prisión, también son los encargados de tutelar los de la víctima exigiéndole al sentenciado dicha reparación. La Juez de Ejecución reveló que en algunos casos los sentenciados no cuentan con el monto suficiente, por lo tanto se inicia el cobro forzoso a través de un procedimiento económico coactivo, esto significa dar aviso a la Secretaría de Finanzas, para que realicen una pequeña investigación sobre los bienes que pueda tener el sentenciado para poder resarcir el monto de lo dañado a la víctima. En esta nueva manera de administrar y aplicar la justicia penal, mediante la cual se esclarecen los hechos, se protege al inocente, se observa que el culpable no quede sin sanción y se reparen los daños ocasionados por el delito  cometido.
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