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IMSS condona hasta del 90% en multas a empresarios

Miércoles 01 de febrero, 2012.
03:22 pm
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Oaxaca, México.- Para ofrecer más y mejores facilidades de pago en apoyo a empresarios, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) condonará multas a patrones y sujetos obligados que de forma espontánea regularicen sus adeudos ante la institución, siempre y cuando paguen el monto total en una sola exhibición en su Declaración anual de la Determinación de la Prima del Seguro de Riesgos de Trabajo (DPSRT). De acuerdo con la jefatura de Afiliación y Cobranza del IMSS, la condonación de multas está vigente derivado del Acuerdo del H. Consejo Técnico 187/2003 , el cual permite la condonación de hasta el 90 por ciento en multas, siempre y cuando el patrón regularice su situación fiscal ante el Instituto. Así mismo detalló que la fecha límite de pago es el próximo 20 de febrero. Dicha declaración se puede realizar a través del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) o en la página web del instituto, cuya dirección es www.imss.gob.mx., lo que significan facilidades para cumplir con esta obligación y no hacerse acreedor a sanciones o multas por omisión o retardo en la presentación. La determinación implica el recuento de los movimientos del uno de enero al 31 de diciembre de 2011, en lo que corresponde a accidentes de trabajo, días de incapacidad por riesgo de trabajo, enfermedad profesional, dictámenes de pensiones (permanentes, parciales o totales) altas médicas y casos de defunción. Con oportunidad, personal de las subdelegaciones del IMSS ha sostenido encuentros con representantes patronales con el propósito de aclarar las dudas o inquietudes que pudieran presentarse y coadyuvar a que en tiempo y forma se cumpla con la declaración. Así mismo cada subdelegación cuenta con un módulo de atención, en servicio de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas, en cada subdelegación (en la ciudad de Oaxaca, Armenta y López 821 colonia Centro; en Salina Cruz, Carretera Transístmica sin número, esquina Puebla de la colonia Hidalgo Poniente; en Tuxtepec, avenida 5 de Mayo 129; y en Santa Cruz Huatulco en el boulevard Chahué) La DPSRT es variable y su determinación se debe realizar en febrero, en función de la siniestralidad ocurrida durante el año anterior, de conformidad al artículo 74 de la Ley del Seguro Social, así como del artículo 32 del Reglamento del la Ley del IMSS, en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización. No todos los patrones están obligados a presentar el formulario, toda vez que la Ley exime a quienes aún no completan el año de labores, independientemente de si registraron o no accidentes de trabajo. Cabe señalar que de conformidad con los artículos 304-A, fracción XV y 304-B, fracción III, de la ley del Seguro Social, el no presentar la revisión anual de la siniestralidad y la Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo o hacerlo extemporáneamente o con datos falsos o incompletos, es una infracción que se sanciona con multa de 20 a 210 veces el salario mínimo diario general vigente en el Distrito Federal.

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22/12/2012 | 10:30 am | lilia
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