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Emite IFE medidas contra la compra y coección del voto

Jueves 21 de junio, 2012.
11:04 pm
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Oaxaca, México.- El Instituto Federal Electoral (IFE), en sesión extraordinaria aprobó por unanimidad, un acuerdo para establecer medidas que contribuyan a evitar e inhibir la compra o coacción del voto en campañas electorales así como informar a la ciudadanía que esta acción constituye un delito.   Al respecto, el Consejero Electoral, Alfredo Figueroa Fernández, presidente de la Comisión de Organización y Capacitación Electoral mencionó que el IFE pondrá todo lo que esté a su alcance para desterrar estas prácticas de la vida democrática del país.   El acuerdo señala que el voto es un derecho de todas y todos los mexicanos y nadie puede obligarlos ni presionarlos para emitirlo por quien no sea de su preferencia, pues el voto es libre y secreto.   El Presidente de la Mesa Directiva de Casilla realizará las acciones necesarias para garantizar el ejercicio libre y secreto del sufragio de las y los ciudadanos, en caso de presentarse situaciones que provoquen desorden; que pretendan atemorizar o usar la violencia contra las personas que se encuentran en la casilla; que se impida la libertad del voto; que viole el secreto del voto y a actos que realicen propaganda a favor o en contra de algún candidato o partido político.   Esta autoridad está facultada para solicitar la intervención de las autoridades de seguridad pública, en caso de que lo considere necesario.   El Instituto difundirá en la página de internet la ubicación de las agencias del Ministerio Público en las que se puede denunciar un delito electoral. Además, se pone a disposición la línea telefónica IFETEL 01 800 433 2000 como mecanismo para brindar a la ciudadanía orientación e información para poder denunciar cualquier delito electoral.   En otro punto del orden del día, las Consejeras y los Consejeros Electorales, aprobaron, por unanimidad, el acuerdo por el que se establece que durante los tres días previos a la Jornada Electoral del 1° de julio, quedan prohibidos los actos públicos de campaña o proselitismo por cualquier medio, además de la adquisición de tiempos en radio y televisión, así como la realización de informes de labores, la difusión de encuestas o sondeos de opinión y la propaganda en los tres niveles de gobierno.   El documento plantea que los resultados de encuestas o sondeos de opinión que se realicen el día de la jornada electoral, deberán hacerse públicos a partir de la hora del cierre oficial de las casillas, a las 20:00 horas.   En tanto, se aprobó, por unanimidad, el acuerdo por el que se suspenden los plazos legalmente establecidos para la admisión, tramitación y sustanciación de los procedimientos especiales sancionadores que se reciban o se encuentren en trámite, según el caso, ante los 300 Consejos Distritales del IFE, dentro de los cinco días previos a la jornada electoral y hasta la fecha en que concluyan los cómputos distritales.  

Más adelante, se desahogaron doce quejas presentadas como procedimientos especiales sancionadores, de los cuales se declaró una fundada, tres parcialmente fundadas y ocho infundadas.

  Respecto de la queja fundada, por siete votos a favor y dos en contra -de los Consejero Electorales Leonardo Valdés y Benito Nacif Hernández-, se sancionó al Partido Revolucionario Institucional (PRI) con 545 mil 710 pesos, por la difusión de 4 mil 961 impactos del promocional denominado “Charolazo”, al considerar que existen expresiones de calumnia en contra del ciudadano Luis Creel Cabrera.   En cuanto a la primera queja parcialmente fundada, por unanimidad, el pleno multó al Partido Acción Nacional (PAN) con 623 mil pesos, y en votación particular por cinco votos a favor y cuatro en contra -de los Consejeros Electorales María Marván Laborde, Leonardo Valdés, Lorenzo Córdova Vianello y Benito Nacif Hernández-, se determinó aumentar en 50% la sanción por reincidencia, al considerar que con la transmisión del spot denominado “Algunas personas nunca cambian”, se denigró a los partidos de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano y se calumnió al abanderado presidencial de la coalición Movimiento Progresista, Andrés Manuel López Obrador.   Con relación a la segunda queja parcialmente fundada, por unanimidad, se amonestó públicamente a diversos concesionarios y permisionarios de radio, por la difusión de promocionales relacionados con acciones del gobierno federal, el otorgamiento de becas y la prevención de adicciones, los días 30 y 31 de marzo, así como el 1 y 2 de abril, durante el periodo de campaña.   Como parte del mismo caso, se declaró infundada la responsabilidad del Presidente de la República, Felipe Calderón Hinojosa; el Secretario de Salud; el Secretario de Gobernación; el Subsecretario de Normatividad de Medios; los Directores Generales de Radio, Televisión y Cinematografía y Nacional Financiera; así como del PAN.   En la tercera queja parcialmente fundada, el pleno, por unanimidad, sancionó con 70 mil 399 pesos al PRI, por la indebida aplicación de pautados de radio y televisión autorizados por el Instituto, relacionados con la precampaña a la presidencia municipal de Hermosillo, Sonora.  

En una segunda sesión extraordinaria, en acatamiento a una sentencia emitida por la Sala Regional de la Cuarta Circunscripción Plurinominal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Consejo General, aprobó por unanimidad, el registro de René González Justo como candidato del PRI a diputado federal para contender por el Distrito 8 de Guerrero.

 

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31/12/2012 | 03:21 pm | lilia
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