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Leyes insufientes para derechos políticos y electorales en Oaxaca: IGC

Lunes 18 de febrero, 2013.
05:30 pm
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Oaxaca, México.- La diputada presidenta de la Comisión Permanente de Equidad y Género del Congreso del Estado, Ivonne Gallegos Carreño, consideró urgente modificar las leyes que menoscaben los derechos políticos y electorales de las mujeres, a fin de que se les permita ocupar un lugar activo en la esfera social.

Así lo expuso la Legisladora en tribuna, luego de que el pleno de la LXI Legislatura aprobó, en sesión ordinaria efectuada el miércoles 13 de febrero, el dictamen con proyecto de acuerdo emitido por esa Comisión mediante el cual el Congreso estatal comunica a la Cámara de Senadores las acciones legislativas efectuadas en relación con la acción afirmativa denominada cuota de género 60.40, hasta llegar a la paridad.

Con la aprobación de este dictamen la Legislatura estatal da cumplimiento al exhorto enviado por la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores el 16 de diciembre del 2011, en el que solicita a los Congresos locales y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal revisar con perspectiva de género sus legislaciones en materia electoral e incluir en sus candidaturas de puestos de elección popular la cuota de género 60-40 hasta llegar a la paridad.

En tribuna, la diputada Gallegos Carreño, de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional (PAN), reconoció el trabajo legislativo de sus compañeras de comisión, quienes consideraron necesaria la aplicación de medidas legales tendientes a lograr que a las mujeres se les permita ocupar un lugar activo en la esfera social. La representante popular dijo también que mediante Decreto número 1,335, del 9 de agosto de 2012, fue aprobado por la LXI Legislatura del Estado el decreto por medio del cual se aprueba el Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para el Estado, que incluye la cuota de género 60-40.

Tras esta reforma, el Artículo 153 del Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca (CIPPEO) quedó de la siguiente manera: “Los partidos políticos registrarán formulas completas de candidatos a diputados según los principios de mayoría relativa y representación proporcional, en este último caso deberán de ser fórmulas del mismo género”.

“De la totalidad de solicitudes de registro, tanto de las candidaturas a diputados por ambos principios que presenten los partidos políticos o las coaliciones ante el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPC), deberán integrarse con al menos el 40 por ciento de candidatos propietarios y suplentes de un mismo género, procurando llegar a la paridad de género”.

“En el caso de los municipios que se rigen por partidos políticos, se procurará integrar planillas con al menos el 40 por ciento de candidatos propietarios y suplentes de un mismo género”.

“En los Distritos o municipios en los que la población sea mayoritariamente indígena, los partidos políticos de acuerdo con sus estatutos procurarán postular a cargos de elección popular a candidatos indígenas”.

La diputada Gallegos Carreño resaltó que la Comisión dictaminadora que preside coincide en que no se puede desentender de los derechos políticos de las mujeres, ya que su participación es imprescindible en la vida política del país para consolidar un plena República democrática.

Dijo que “la justicia en lo electoral siempre deberá tener como unos de sus fines alcanzar una igualdad sustantiva para quien aspire a un cargo de elección popular”.

En nombre de las integrantes de esa Comisión, Gallegos Carreño enfatizó que es importante fortalecer el espíritu de la democracia creando instituciones sólidas cuyo eje medular sea con perspectiva de género, en donde a las mujeres se les respete su derecho a votar, pero también a ser postuladas a un cargo de elección popular.

Puntualizó que en la legislación electoral oaxaqueña ya se cuenta con la disposición legal de “cuota de género”, y aunque esto siente un precedente, debe seguirse avanzando para llegar a la completa paridad en el acceso a los cargos de elección.

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