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Sancionarán a establecimientos por contaminación auditiva

Jueves 27 de junio, 2013.
07:50 am
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Oaxaca, México.- Para evitar que los establecimientos comerciales excedan los límites máximos permisibles de emisión de ruido que establecen las normas ambientales estatales, federales y del Municipio de Oaxaca de Juárez, la Dirección de Medio Ambiente Sustentable inició este miércoles 26 de junio una inspección permanente para vigilar que se respeten.

Inicialmente la inspección se realizará en al menos 25 establecimientos que ya cuentan con un apercibimiento por no respetar el Reglamento de Equilibrio Ecológico y de la Protección Ambiental para el Municipio de Oaxaca de Juárez y con fundamento en la Norma Oficial Mexicana NOM-081-Semarnat-1994.

“La NOM-081-Semarnat-1994 indica que de 6:00 a 22:00 horas el límite máximo permisible de ruido es de 68 decibeles y de 22:00 a 6:00 horas es de 65”, informó el inspector ambiental quien estará a cargo de la inspección.

Asimismo dijo que de no respetar los límites indicados, las y los responsables de los establecimientos serán acreedores a una sanción económica que va de 50 a 1000 días de salario mínimo o incluso la clausura definitiva del espacio. “La clausura definitiva es el último recurso y su aplicación depende directamente de la Comisión de Planeación y Ordenamiento Urbano, a la cual se remite el expediente”.

Agregó que la medición del ruido se realiza con un aparato denominado sonómetro y de acuerdo al método que fija la norma oficial NOM-081 Semarnat- 1994. “Se mide el ruido que genera el funcionamiento de las fuentes fijas y del ruido de fondo tanto en el interior como en el exterior del inmueble, para ello solicitamos que las personas encargadas del lugar nos proporcionen las facilidades para realizar la diligencia y designe a dos personas que fungirán como testigos, en caso de no hacerlo el inspector las designará”.

En este sentido el inspector ambiental aclaró que al término de la diligencia se levanta un acta en la que se detalla si hubo omisiones, si las personas se opusieron o modificaron el volumen de la fuente emisora o hubo algún otro problema. Después de obtener los datos de la medición, el área emite un dictamen de Determinación de Nivel de Fuente Fija y establece si amerita una sanción, multa o clausura.

En este sentido subrayó que el expediente permanecerá abierto durante 5 días hábiles posteriores a la inspección para que en caso de que las personas interesadas no estén de acuerdo con el procedimiento, multa, sanción o clausura, presenten pruebas.

De igual forma podrán solicitar más información al teléfono 132 4080 o solicitar la revisión del expediente en las oficinas de la Dirección de Medio Ambiente Sustentable ubicada en la calle Insurgentes número 202, Centro.

Cabe mencionar que la inspección que realiza la Dirección de Medio Ambiente Sustentable en los establecimientos se basa en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley del Equilibrio Ecológico del Estado de Oaxaca, el Reglamento de Equilibrio Ecológico y de la Protección Ambiental para el Municipio de Oaxaca de Juárez y del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Oaxaca de Juárez.

 

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06/06/2013 | 02:51 pm | lilia
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