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En Elecciones de diputados federales, 130 inconformidades: TEPFJ

Domingo 28 de junio, 2015.
09:30 am
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Oaxaca, México.-Una vez que ha pasado la jornada electoral del 7 de junio, relativa a la elección de   diputados federales en todo el país, se superó la segunda etapa del proceso electoral federal, y con ello inicia la tercera, correspondiente a los resultados y declaraciones de validez de las elecciones.

  Ante ello, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se encuentra lista para resolver los medios de impugnación que se presenten para controvertir los resultados de las elecciones de diputados federales, los cuales deberán estar resueltos a más tardar el próximo 3 de agosto, según lo dispone el artículo 58 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

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El viernes 26 de junio, la Sala Regional Xalapa recibió el último de los 130 escritos de demanda de juicio de inconformidad que fueron presentados para controvertir los resultados de las elecciones de diputados federales de los estados de Campeche, Chiapas, Oaxaca, Tabasco, Veracruz y Yucatán, que conforman la III Circunscripción Plurinominal; relativos a 53 distritos electorales de los 60 que la integran, con excepción de los distritos: 02 de Campeche; 02, 03 y 06 de Tabasco, y 1, 10 y 11 de Veracruz.

  Es importante mencionar que con los 130 juicios de inconformidad ahora recibidos, la Sala Regional Xalapa registra un incremento del 448% respecto de los asuntos que fueron atendidos en la elección federal del 2012, en donde se recibieron 29 juicios, y un incremento del 565%, respecto de las elecciones intermedias del 2009, donde tan sólo se resolvieron 23 casos.

  Cabe señalar que a través del juicio de inconformidad (JIN) se impugnan las determinaciones de las autoridades electorales federales relativas a las elecciones de diputados por el principio de Mayoría Relativa (MR) y de Representación Proporcional (RP), por considerarlas violatorias de las normas constitucionales o legales.

  Así, los actos que pueden ser materia de impugnación son: los resultados consignados en las actas de cómputo distrital, la declaración de validez de las elecciones y el otorgamiento de las Constancias de Mayoría y validez, respectivamente, por nulidad de la votación recibida en una o varias casillas o por nulidad de la elección; las determinaciones sobre el otorgamientos de las Constancias de Mayoría y validez, respectivas; y los resultados consignados en las actas de cómputo distrital, por error aritmético. Y en el caso de diputados por el principio de Representación Proporcional (RP), los resultados consignados en las actas de cómputo distrital respectivas, por nulidad de la votación en una o varias casillas; o por error aritmético.

  En su conjunto, las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación recibieron 489 juicios de inconformidad, de los cuales la Sala Xalapa recibió 130, que equivalen al 26.10% del total de las impugnaciones.

 

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18/12/2015 | 07:00 pm | snakeeater

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