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Magistrado comete delito contra administración de justicia, piden desafuero

Lunes 24 de agosto, 2015.
09:28 pm
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Oaxaca,.- El Congreso del Estado recibió y dio trámite a una solicitud formal de la Fiscalía General para que se emita la declaratoria de procedencia con remoción del fuero Constitucional y separación del cargo al magistrado Pedro Carlos Zamora Martínez, integrante del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, a fin de ejercitar la acción penal correspondiente contra este servidor público.     congresotribunalcongresotribunal2La petición se integró al expediente que la LXII Legislatura local, a través de la Comisión Instructora, lleva sobre el caso del Magistrado señalado de incurrir en la probable comisión del delito cometido en agravio de la Administración de Justicia, previsto en el artículo 210, fracción I del Código Penal vigente en el Estado, que establece una pena de dos meses a cinco años de prisión, destitución y multa de doscientos a cinco mil pesos a los funcionarios, empleados o auxiliares de la administración de justicia que lo cometan.   En una reunión de trabajo privada, las y los representantes populares se comprometieron a analizar el tema con responsabilidad y acreditar si la solicitud contiene las pruebas que justifiquen la conducta negativa atribuida al Magistrado; además de comprobar la probable responsabilidad del denunciado y por lo tanto si amerita incoar el procedimiento especial.     Luego de puntualizar que no se tolerarán actos de corrupción ni irregularidades de ninguna índole en las instituciones públicas, indicaron que en caso de proceder la remoción del fuero constitucional y separación del cargo del Magistrado, se debe de garantizar que sea sancionado conforme a lo que marcan las leyes, sin preferencias ni distinciones de ningún tipo.   De acuerdo con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipio de Oaxaca, dentro de los tres días naturales siguientes a la ratificación de la denuncia, la Comisión Instructora notificará por vía de emplazamiento al servidor público y le hará saber su garantía de defensa.   Transcurrido el plazo se abrirá un periodo de pruebas de 30 días naturales, dentro del cual recibirá las que ofrezcan el denunciante y el servidor público, así como las que estime necesarias la propia Comisión que incluso puede ampliar el plazo si así lo considera necesario.   Si de las constancias del procedimiento se desprende la inocencia del encausado, las conclusiones de la Comisión Instructora terminarán proponiendo que se declare que no ha lugar a proceder en su contra por la conducta o el hecho en materia de la denuncia que dio origen al procedimiento, o en caso contrario emitir la declaratoria de procedencia.

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