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Invalidan consulta ciudadana de Gabino Cué sobre el CCCO

Jueves 28 de enero, 2016.
11:14 am
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  Oscar VALDIVIESO Oaxaca.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ivalidó la consulta ciudadana  que realizó el gobernador Gabino Cué Monteagudo para avalar la construcción de un Centro Cultural y de Convecciones en el Cerro del Fortín al  evidenciar la violación a preceptos constitucionales y democraticos de la sociedad oaxaqueña. tepjfplenoEl pleno de este órgano autónomo, argumentó en su fallo que la consulta ciudadana a la que se prestó el Consejo del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPCO) a petición de Cué Monteagudo, fue indebida al considerar únicamente a un porcentaje mínimo de la población de la ciudad de Oaxaca y no de todo el estado. La magistrada y los magistrados consideraron que la consulta debió aplicarse a nivel estatal por la importancia ecológica y cultural que representa el Cerro del Fortín y que fue el principal argumento expuesto por el pintor Francisco Toledo, presidente honorario del Patronato Pro-Defensa Natural y Cultural de Oaxaca (PRO.OAX), quien encabezó junto con la sociedad civil oaxaqueña una férrea defensa de este emblemático lugar. La magistrada María del Carmen Alanis propuso al Pleno revocar la sentencia impugnada y dejar sin efectos los resultados de la consulta ciudadana, toda vez que la construcción del Centro Cultural en el Cerro del Fortín resultaba de interés especial para todas y todos los ciudadanos oaxaqueños, por lo que al haberla circunscrito a los habitantes del municipio de Oaxaca de Juárez, se transgredió el principio de universalidad del sufragio. Alanis Figueroa advirtió que la vinculación a toda la población de la entidad federativa se deriva de la importancia que tiene el Cerro del Fortín, puesto que se ha instituido como una unidad de los pueblos y comunidades indígenas que cohabitan en el Estado de Oaxaca, y su importancia deriva de que en él se celebra la fiesta tradicional conocida como Guelaguetza, en donde la interculturalidad y riqueza de los diversos pueblos que habitan en dicha entidad se hacen presentes. En tanto, el magistrado presidente Constancio Carrasco Daza señaló que la consulta ciudadana no fue incluyente tratándose de una construcción en el Cerro del Fortín, contiguo al Centro Histórico de la capital del estado de Oaxaca, que es patrimonio de la humanidad. “Creo que tiene un déficit o nos quedó a deber en la inclusión absoluta de los habitantes del estado de Oaxaca”, dijo. Manifestó que la consulta exigía una visión potenciadora del derecho a la información de los ciudadanos, de qué se pretendía con el Centro de Convenciones en el Cerro del Fortín y si la edificación atentaba o no contra este espacio natural, que pudiera afectar de manera colateral o de manera directa el auditorio Guelaguetza, en donde concurren las ocho regiones del estado, en lo que es una fiesta ancestral de los oaxaqueños. Por su parte el magistrado, Pedro Estaban Penagos expuso que la UNESCO tiene considerado el Centro Histórico de la ciudad de Oaxaca como Patrimonio Mundial de la Humanidad y por lo que el Cerro del Fortín se inscribe dentro de esta declaratoria internacional otorgada por las Naciones Unidas. Sin resta la importancia a la consulta como una herramienta constitucional de participación ciudadana sobre la procedencia de un acto de gobierno, la y los magistrados coincidieron en resaltar que la zona geográfica donde se pretendía alzar el Centro Cultural y de Convenciones nunca se debió limitarse solo a residentes de la capital oaxaqueña, sino incluir a todos los habitantes del estado ante las probables afectaciones ecológicas en un área considerada gran valor cultural y social para los habitantes de Oaxaca. Así el proyecto de sentencia, aprobado por unanimidad en la sesión de este miércoles, señaló: “Resulta fundado el disenso relacionado con que indebidamente se validó que la aludida consulta sólo se practicó en la ciudad de Oaxaca y no en toda la entidad. En mérito de lo anterior, se propone revocar la resolución dictada y dejar sin efectos los resultados de la consulta ciudadana practicada. Con este fallo, el pintor Francisco Toledo logra una nueva victoria por la vía de la legalidad ante los actos autoritarios gubernamentales.

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29/12/2016 | 07:45 pm | snakeeater

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