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Médicos provocan muerte a mujer con cáncer de mama en Oaxaca

Martes 16 de febrero, 2016.
07:43 pm
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Oaxaca.- La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca emitió la recomendación 1/2016 con la cual pide que se inicien procedimientos administrativos de responsabilidad en contra de personal médico del Centro de Salud Urbano número 1 y el Hospital General “Doctor Aurelio Valdivieso”, porque en más de una ocasión, a lo largo de dos años, le diagnosticaron inflamación mamaria a la paciente M. M. V. R., aunque mostraba síntomas de un cáncer que al fin le provocó la muerte en diciembre de 2014.   20150505 Hospital Civil 01El organismo defensor considera que personal médico de esas instalaciones incurrió en omisiones o conductas contrarias a los derechos humanos, pues –de acuerdo con un peritaje realizado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH)– las valoraciones médicas realizadas a M. M. V. R. en el Centro de Salud Urbano N° 1 “Doctor Manuel Martínez Soto” fueron inadecuadas.   La Defensoría documentó que los tres médicos de ese Centro de Salud que atendieron a la agraviada en el segundo semestre de 2011, omitieron en varias ocasiones realizar un interrogatorio dirigido, una exploración física mamaria adecuada, no consideraron los factores de riesgo de la paciente y no la refirieron enseguida con un médico especialista ante indicios de cáncer de mama, sino que diagnosticaron mastitis (inflamación mamaria).   La Defensoría expuso que el peritaje médico avalado por la CNDH señala que si se hubiera referido a M. M. V. R. con un especialista en oncología ante los riesgos y síntomas que ella presentaba, se hubiera podido detectar en forma temprana su padecimiento, lo que hubiera permitido brindarle adecuada y oportuna atención, además de un mejor pronóstico de sobrevivencia como forma de garantizarle el derecho a la salud y a la vida.   La Defensoría señaló que estas omisiones en el tratamiento y el diagnóstico erróneo de mastitis provocaron que el cáncer de mamá que padecía la paciente avanzara por dos años, ya que hasta enero de 2013 M. M. V. R. fue diagnosticada con cáncer de mama en una etapa avanzada, y aunque fue sometida a tratamiento, falleció el 22 de diciembre de 2014 a causa de cáncer de mama y pulmón, pues la enfermedad se propagó por su organismo.   Ante estos hechos la Defensoría acreditó que se violó el derecho a la salud de M. M. V. R. porque la atención medica que le dieron en el Centro de Salud Urbano número 1 y en el Hospital General “Valdivieso” no fue de calidad, al incumplir la Norma Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2011 para la Prevención, Diagnóstico, Tratamiento, Control y Vigilancia Epidemiológica del Cáncer de Mama, como lo asienta el peritaje médico solicitado por la Defensoría a la CNDH.   Además, el organismo defensor detalló que el peritaje enviado por la CNDH señala el incumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSA3-2012, Educación en Salud. Para la Organización y Funcionamiento de Residencias Médicas, y la Norma Oficial Mexicana NOM-168-SSA1-1998 del Expediente Clínico y la Guía de Práctica Clínica de la Prevención, Tamizaje y Referencia Oportuna de Casos Sospechosos de Cáncer de Mama en Segundo y Tercer Nivel de Atención.   El organismo defensor detalló que en el caso de la paciente M. M. V. R. el personal médico tratante demostró no estar capacitado para realizar un debido diagnóstico, tratamiento y seguimiento de casos de cáncer de mama, pues se tardaron más de dos años en detectar su enfermedad, pese a los evidentes síntomas de cáncer que presentaba desde su primera visita a los servicios de salud.   Por ello, la Defensoría del Pueblo de Oaxaca solicitó que la Secretaría de Salud realice la reparación integral del daño causado a la familia de la víctima, para lo cual es necesario que se cuantifiquen los perjuicios morales, los gastos generados por medicamentos y servicios médicos, servicios psicológicos y sociales que haya requerido la paciente durante el proceso de su padecimiento, y finalmente por su fallecimiento.   La Defensoría solicitó asimismo que la Secretaría de Salud estatal realice un acto público de reconocimiento de responsabilidad del Estado y ofrezca una disculpa pública a las y los familiares de la agraviada.   Asimismo, el organismo autónomo pidió instruir a todos los trabajadores de la salud de primero y segundo nivel, encargados de atender los casos de posible cáncer de mama, para que agilicen la consulta médica y la realización de los estudios especializados para brindar un manejo oportuno y mejorar el pronóstico de sobrevivencia de las personas que presenten ese padecimiento.   Además, con base en datos estadísticos que señalan en la entidad al cáncer de mama como la segunda causa de muerte entre mujeres, la Defensoría requirió a la Secretaría de Salud que recabe a nivel estatal cuáles son las principales afectaciones que causa ese padecimiento, a fin de establecer  las estrategias necesarias para fomentar la salud de las mujeres durante todo su ciclo de vida.   La institución autónoma solicitó que como garantía de no repetición la Secretaría de Salud de Oaxaca diseñe e imparta al personal de sus hospitales, especialmente en el Centro de Salud número 1 y en el Hospital General “Aurelio Valdivieso”, programas integrales de capacitación y formación, en materia de derechos humanos y sus implicaciones en la protección a la salud.   El organismo defensor pidió enfatizar en estos procesos formativos el conocimiento, manejo y observancia los estándares nacionales de atención para evitar irregularidades como las que se presentaron en este caso.

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