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Sin cumplir su misión, Juntas Especiales para trabajadoras

Miércoles 17 de febrero, 2016.
05:10 pm
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Por: Angélica Jocelyn Soto Espinosa/Cimacnoticias
Oaxaca.-Anunciadas como un “modelo” a seguir, las dos Juntas Especiales para atender demandas laborales por discriminación o de “grupos vulnerables” del Distrito Federal –únicas en el país– garantizan litigios más rápidos, pero con sentencias que no satisfacen las necesidades de las trabajadoras demandantes y, por tanto, no son ejemplo de “justicia laboral”. Claro ejemplo es el caso de una joven embarazada que aguardaba en la Junta Especial 19 de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCyA) el llamado para lo que sería –según se le prometió– la última audiencia de la demanda por despido injustificado que presentó cinco meses atrás. mujeres39cesarmartinezlopez_0La mujer, de 25 años y con dos hijos, fue despedida por una cadena de restaurantes, luego de que en octubre de 2015 avisara a sus jefes que tenía 15 días de embarazo, y que necesitaba trabajar unos meses más. Sin liquidación tras siete meses continuos de trabajo, la joven recibió una carta de recomendación de la empresa y al mismo tiempo la orden de no regresar a laborar por su estado de gravidez. Por ello, ese mismo mes de octubre presentó la demanda por despido injustificado ante la JLCyA, que a vez turnó el caso a la Junta Especial 19, que lleva litigios para grupos vulnerables y por actos de discriminación. Ahí se le pidieron pruebas que demostraran la relación laboral, el despido y el embarazo. Cinco meses después y luego de varias visitas a la Junta Especial, la mujer fue notificada por la autoridad laboral que recibirá como compensación 30 mil pesos por parte de la empresa restaurantera, pero que no será reinstalada en su lugar de trabajo. La joven confió a esta agencia que no podría calificar como “justa” la resolución, ya que ella exigía la reinstalación y además porque los 30 mil pesos –que aún no recibe– no le alcanzarán para cubrir los gastos médicos por su embarazo, ni para pagar lo que pidió prestado para mantener a sus dos hijos mientras dejó de laborar. CONSTANTE DISCRIMINACIÓN HACIA MUJERES En 2015 el despido por embarazo –sancionado hasta con cárcel según la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del DF– fue la principal causa de discriminación que afrontaron las capitalinas, al ocupar 41.6 por ciento del total de mil 177 casos atendidos por el Consejo para Prevenir la Discriminación en la Ciudad de México; además, el género ocupó el quinto lugar en la tabla de razones de discriminación, según el organismo. Durante el foro “Reformar la justicia laboral desde la justicia laboral”, la presidenta de la JLCyA, Margarita Darlene Olvero Rojas, se dijo preocupada porque más de 60 por ciento de las demandas que recibe la Junta Especial 19 son de mujeres que fueron despedidas por embarazo, a pesar de que esta práctica ya es sancionada por la ley. El abogado laboralista Manuel Fuentes Muñiz –quien participó en ese foro para analizar una eventual reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) recién anunciada por el Ejecutivo federal– dijo en entrevista que cada vez más mujeres presentan demandas laborales, en particular las más jóvenes, quienes recién ingresan al mercado de trabajo sin contratos, son madres solteras y sus condiciones son más precarias. Para Fuentes, existen temas de justicia laboral que tienen que ver particularmente con las mujeres y que implicarían reformas a la LFT en temas específicos para ellas, por ejemplo en casos de despido por embarazo. Abundó que ha defendido casos en los que la mujer inicia los juicios laborales con una gestación apenas visible y que los concluye cuando su hija o hijo ya camina. A eso se suma –expresó– que en cuanto inicia el litigio se cancela la seguridad social para la trabajadora (en caso de que la tuviera) porque la LFT no establece lo contrario. “Hay lagunas (legales)”, advirtió. Fuentes propuso una reforma laboral con enfoque de género que sea “práctica”, pues –en su opinión– la legislación ya establece muchas medidas de protección para las trabajadoras, “pero que procesalmente no tienen correspondencia con la parte de justicia laboral. Están bien escritas, pero procesalmente no se aplican en la realidad”. DEFICIENCIAS En el mismo foro, la investigadora del Instituto Tecnológico Autónomo de México, Joyce Carol Sadka, criticó que hasta ahora las Juntas Especiales que atienden a “grupos vulnerables” reciben muy pocos casos (de 100 a 150 al mes, según datos oficiales), debido a que las mujeres desconocen su funcionamiento. Además, añadió, a esas juntas sólo entran los casos en los que las trabajadoras señalan por escrito que el abuso laboral estuvo vinculado a su condición de género o algún motivo discriminatorio, pero en el resto de los casos, en los que la violencia no está identificada, las trabajadoras tramitan sus juicios por la vía tradicional que tardan en promedio –según datos de la JLCyA– hasta tres años en resolverse. “No necesariamente estamos atrapando todos los asuntos hacia esos tribunales (las juntas especiales), debe haber muchos que se estén tratando en la vía ordinaria”, advirtió. En el foro de análisis, ninguna de las propuestas trató sobre la situación de las trabajadoras, quienes representan –al menos en la Ciudad de México y de acuerdo con datos de la JLCyA– 44 por ciento del total de personas demandantes.  

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