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Comisiones aprueban Ley General de Protección de Datos Personales

Viernes 22 de abril, 2016.
03:10 pm
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Ciudad de México.- Las comisiones unidas de Gobernación y Estudios Legislativos Primera aprobaron este jueves el proyecto de decreto por el que se expide la Ley que establece las bases, principios y procedimientos para garantizar el derecho que tiene toda persona a la protección de sus datos personales.   senadodatos Se trata de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, que fue aprobada por unanimidad en los órganos legislativos que presiden los senadores Cristina Díaz Salazar, del PRI, y Raúl Gracia Guzmán, del PAN.   El nuevo ordenamiento tiene entre sus objetivos distribuir competencias entre los organismos garantes de la Federación y las entidades federativas en la materia y establecer las bases mínimas y condiciones homogéneas que regirán el tratamiento de los datos personales y el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, mediante procedimientos sencillos y expeditos.   Será aplicable a cualquier tratamiento de información de una persona física identificada o identificable que obren en soportes físicos o electrónicos, con independencia de la forma o modalidad de su creación, tipo de soporte, procesamiento, almacenamiento y organización.   Considera como fuentes de acceso público las páginas de Internet, medios remotos o locales de comunicación electrónica, óptica y de otra tecnología; los directorios telefónicos en términos de la normativa específica, diarios, gacetas o boletines oficiales y medios de comunicación social.   El proyecto también plantea que el Estado garantizará la privacidad de los individuos y que deberá velar porque terceras personas no incurran en conductas que puedan afectarla arbitrariamente.   En todo momento, establece, el titular o su representante podrá solicitar al responsable, el acceso, rectificación, cancelación u oposición al tratamiento de los datos personales que le conciernen, denominados derechos ARCO.   Precisa que el derecho a la protección de los datos personales solamente se limitará por razones de seguridad nacional en términos de la Ley en la materia, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.   La Ley también prevé que la obtención y tratamiento de datos personales por parte de las sujetos obligados competentes en instancias de seguridad, procuración y administración de justicia, esté limitada a aquellos supuestos y categorías de datos que resulten necesarios y proporcionales para el ejercicio de las funciones en materia de seguridad nacional, seguridad pública, o para la prevención o persecución de los delitos.   Dispone que las comunicaciones privadas son inviolables y que exclusivamente la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal que faculte la ley o del titular del Ministerio Público de la entidad federativa correspondiente, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada.   Además, los responsables de las bases de datos de este tipo deberán establecer medidas de seguridad de nivel alto, para garantizar la integridad, disponibilidad y confidencialidad de la información, que permitan proteger los datos personales contra daño, pérdida, alteración, destrucción o el uso, acceso o tratamiento no autorizado.   Conforme el dictamen avalado, unicamente el Consejero Jurídico del Gobierno podrá interponer recurso de revisión en materia de seguridad nacional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el caso que las resoluciones del Instituto a los recursos descritos en este Título, puedan poner en peligro la seguridad nacional.   En la reunión, los legisladores modificaron el artículo 55, fracción, para precisar que las únicas causas en las que el ejercicio de los derechos ARCO no será procedente cuando en función de sus atribuciones legales el uso cotidiano, resguardo y manejo sean necesarios y proporcionales para mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano.   En mismo supuesto, se menciona en el articulado, aplicaría en aquellos supuestos en que los datos personales sean proporcionados por particulares a los sujetos obligados, con motivo del ejercicio de sus facultades legales, y que dichos datos correspondan a titulares distintos a los particulares que los proporcionen, derivado de la relación que estos guarden.   El nuevo ordenamiento establece como sujetos obligados, en el ámbito federal, estatal y municipal, cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.   Del mismo modo, los sindicatos y cualquier otra persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal serán responsables de los datos personales de conformidad con la normatividad aplicable para la protección de datos personales en posesión de los particulares.   Ante incumplimientos por parte de los partidos políticos, establece la Ley, el Instituto u organismo garante competente, dará vista, según corresponda, al Instituto Nacional Electoral o a los organismos públicos locales electorales de las Entidades Federativas competentes, para que resuelvan lo conducente, sin perjuicio de las sanciones establecidas para los partidos políticos en las leyes aplicables.   En el caso de probables infracciones relacionadas con fideicomisos o fondos públicos, el Instituto u organismo garante competente deberá dar vista al órgano interno de control del sujeto obligado relacionado con éstos, cuando sean servidores públicos, con el fin de que instrumenten los procedimientos administrativos a que haya lugar.   La presidenta de la Comisión de Gobernación, Cristina Díaz Salazar destacó la participación de las organizaciones de la sociedad civil y comisionados del INAI, pues fue fundamental en la construcción del proyecto de decreto.   Por Acción Nacional, la senadora Laura Angélica Rojas Hernández subrayó que ésta es la segunda Ley que sederiva de la reforma constitucional en materia de transparencia, por lo que únicamente quedaría pendiente la relativa a archivos.   El senador Zoé Robledo Aburto dijo que la protección de datos s y la privacidad de las personas representan elgran reto de las democracias modernas y si estos derechos no se pueden garantizar, el gobierno falla a quienes representa.   Carlos Alberto Puente Salas, senador del PVEM, agregó que es un tema muy importante para el fortalecimiento del sistema anticorrupción que México requiere y demanda.  

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19/12/2016 | 07:00 pm | snakeeater

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