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La TEPJF otorga pleno derecho a mujeres de Guevea de Humbold a participar de consejales

Viernes 22 de julio, 2016.
06:27 pm
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Oaxaca.-El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) informó que los magistrados de la Sala Xalapa encontraron infundado el incidente de inejecución de sentencia respecto al juicio 148 de 2014, promovido por Manuela Álvarez Guzmán y otras mujeres del municipio oaxaqueño. Las mujeres que participan en la elección de concejales en el municipio de Guevea de Humboldt, Oaxaca, gozan de manera plena de ese derecho, por lo que es infundado el expediente de inejecución de sentencia que algunas promovieron al respecto. Así lo determinó la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), tepjfplenoinstancia que en la misma sesión de este viernes revocó la sanción impuesta por el Tribunal Electoral de Veracruz a la candidata a diputada Cinthya Lobato, por no retirar dos anuncios durante la llamada “veda electoral”. Las quejosas señalaban que no se había cumplido la sentencia que obligaba a las autoridades electorales locales a llevar a cabo una elección de concejales. Sin embargo la Sala Regional encontró que sí está en marcha el proceso y ellas tienen posibilidad real de participar, detalló el Tribunal Electoral en un comunicado. Los magistrados determinaron que, por lo tanto, insistir en la realización de la elección en vía extraordinaria no tendría ningún fin práctico, pues lo importante es ejercer el derecho de las mujeres de sufragar y a ser votadas, y ya hay acuerdos para ello. La Sala Regional también revocó la sanción que el Tribunal Electoral de Veracruz impuso a la candidata a diputada por el XI Distrito en Xalapa Cinthya Amaranta Lobato Calderón, de la coalición PAN-PRD, por no haber retirado dos anuncios espectaculares en la “veda electoral”. La decisión se dio al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 99 y su acumulado ciudadano 448, promovidos por Lauro Hugo López Zumaya, representante propietario del Partido Acción Nacional (PAN) ante el Organismo Público Local Electoral (OPLE) de Veracruz y Cinthya Amaranta Lobato Calderón, respectivamente. Con ello quedaron sin efectos las sanciones, al encontrar que, contrario a lo señalado en la instancia local, el Artículo 72 del Código Electoral de Veracruz no prevé el retiro de la propaganda dentro de los tres días previos a la fecha de los comicios.

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