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Modifican ley del ISSSTE en beneficio de adultos mayores

Jueves 29 de septiembre, 2016.
11:00 am
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Oaxaca.-adultos_2Con el objetivo de reducir trámites burocráticos y facilitar el acceso a una pensión a los ascendientes de trabajadores fallecidos, la Comisión de Seguridad Social, de la Cámara de Diputados, aprobó modificar la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). El dictamen de la iniciativa presentada por el diputado priista, Rafael Yerena Zambrano, indica que el trámite que deben realizar los beneficiarios no es un procedimiento costoso, pero “sí es largo y tedioso para las personas adultas mayores”. Al dictaminar esta enmienda, los integrantes de la comisión legislativa reconocieron que cuando se da el supuesto jurídico de una transmisión de pensión, en la mayoría de los casos, los ascendientes tienen una edad avanzada.
Foto de Internet
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Plantea que “el importe de las pensiones previstas en la Ley del ISSSTE es insuficiente, y no les asegura una honrosa subsistencia”, de ahí la necesidad de simplificar ese requisito cuando se presente el supuesto jurídico por muerte del trabajador o del pensionado, y sean personas de la tercera edad las que puedan acceder a este derecho. La reforma al artículo 49 de la ley del ISSSTE refiere que los ascendientes de 60 o más años de edad podrán atestiguar ante juzgado cívico la dependencia económica con respecto al pensionado fallecido. La fracción III del artículo 131 se modifica para establecer que la acreditación de dependencia económica para ascendientes de 60 o más años de edad, se realizará bajo lo estipulado en el artículo citado, es decir, que ese requisito no es solicitado a cónyuges e hijos, “lo cual resulta discriminatorio”.
Foto de Internet
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Asimismo, la Comisión de Seguridad Social consideró que atestiguar ante un juzgado cívico sólo simplificaría el trámite, pero aún deberán cumplirse otros requisitos generales y los correspondientes a la ascendencia. Además, se planteó que de aprobarse este dictamen en el pleno camaral, aunado al derecho recibido, las personas de la tercera edad en mención también tendrían acceso a servicios de salud.

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