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Ley de Protección a Periodistas en Oaxaca, no garantiza el ejercicio informativo

Viernes 04 de agosto, 2017.
05:00 pm
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Fortino Torrentera O. Oaxaca.- En el último mes, se han presentado dos agresiones y cuatro amenazas a periodistas en territorio oaxaqueño, lo cual preocupa al gremio, el que desde hace años ha pedido protección para el ejercicio informativo, continuando la inercia de que una necesaria ley daría, pero existen reflexiones más urgentes ante la violencia contra comunicadores. Indudablemente que la iniciativa de la Ley de Protección a Periodistas del Estado de Oaxaca que está por aprobarse por la LXIII Legislatura del Congreso del Estado es un paso importante, es vital contar con un protocolo de seguridad entre periodistas que incluso los proteja del robo de metadatos. Como un acto de justicia, ya no de cumplimiento a la Ley Federal del Trabajo, es que las empresas asuman la responsabilidad de los riesgos de trabajo de sus empleados, lo cual se halla asentado en esa legislación en el capítulo de Seguridad. Si bien la Ley de Protección a Periodistas del Estado de Oaxaca tiene algunas deficiencias e imprecisiones, es importante que esta sea aprobada para luego reformarla en armonía con la de carácter federal que se acaba de promulgar. Un hecho que debemos reconocer quienes estamos detrás del papel, la bocina o la pantalla de algún medio, es que existe una desvinculación con la sociedad ante el descrédito en que han caído muchos “teacher´s”, por una nueva cultura visual, así como una fórmula repetida y el desinterés en el discurso de nuestros mensajes, pero principalmente por la mercadería de intereses económicos y políticos que han dirigido el rumbo de muchos medios de comunicación y con ellos, vamos detrás todos los periodistas. Es prioritario que la sociedad tome conciencia que para ser más libres, para garantizar nuestra democracia, debe contar con una prensa honesta, crítica, abierta y útil, pero ha podido más el poder que mediante el uso de entretenimiento que da a los medios, ha elevado un largo muro que impide que la sociedad sepa siquiera la importancia de garantizar y demarcar la libre expresión. La única forma en que la población conozca de la premisa “en la medida que se cuente con una prensa libre se fortalece la democracia y con ello se aspira a la libertad”, es responsabilidad de los medios, pero principalmente de los que ejercemos el periodismo desde las distintas trincheras. El punto es que en Oaxaca está por aprobarse la Ley de Protección a Periodistas del Estado de Oaxaca, que implica una nueva norma jurídica que provocará cambios en otras como el Código Penal para incrementar las sanciones para agresores; no obstante, es importante hacer algunas observaciones. Entre las medidas de protección que establece esta iniciativa destaca la creación de una Comisión de Prevención y un fondo para implementar las medidas de la ley y se dijo que “el primer interés es velar y vigilar las garantías individuales de la labor periodística, a nivel nacional Oaxaca ocupa el quinto lugar con agresiones a comunicadores” o más bien ocupada, pues con la escalada de los últimos meses, desdichadamente escalamos en el ranking. Los periodistas se opusieron a que en la integración de la Comisión de Prevención y Protección de los Periodistas en el Estado de Oaxaca, se nombraran sólo a titulares de dependencias gubernamentales o que podría tratarse de una simulación política sin ningún resultado que garantice la seguridad. En la comuna de Adrían Ortíz Romero cita al constitucionalista mexicano Jorge Carpizo McGregor, criticaba que en México había una carrera desbocada en la modificación y creación de nuevas leyes, y en las reformas y adiciones a la Constitución, con la intención de que diversas situaciones se establecieran en la ley, e incluso en la Constitución “para que ahora sí se cumplan”. “Resulta que aquí el problema es sistemático porque no sólo existe un clima generalizado de impunidad que invita diariamente a muchas personas, a cometer delitos en contra —o no— de comunicadores sin el temor a ser presentados ante la justicia, porque saben que sólo existe una milésima posibilidad de que eso exista”. El columnista y destacado abogado señala tres ejemplos de las “ventajas” de esa ley: “1. El establecimiento de los mecanismos de protección. 2. El intento desafortunado, temerario y hasta contraproducente, de normar principios éticos y deontológicos. 3. El Fondo de Protección a Periodistas”. “Respecto al primero de los puntos, la iniciativa establece la creación de una Comisión de Prevención y Protección de los Periodistas en el Estado de Oaxaca. Inicial y esencialmente, este órgano presenta los mismos problemas que como ocurre en el ámbito federal: es un órgano burocrático, carente de nivel y ascendencia social y política, e incluso desprovisto de la atención que debería requerir un órgano encargado de enfrentar y atender uno de los rubros que más agravian a la sociedad, como lo son los delitos y agresiones cometidas en contra de la libertad de expresión”. “Me refiero ahora, al establecimiento de principios como la cláusula de conciencia, o de conceptos como la “orientación informativa” o la “línea ideológica”. ¿Sirve de algo establecer lo que ya está en la ley? El ejercicio libre de la libertad de expresión está normado en los artículos 6 y 7 constitucionales; la libertad de trabajo lícito, en el artículo 5; la libertad de asociación en el artículo 9; los derechos de autor y firma en las leyes ordinarias sobre ese tema; y el secreto profesional, es un elemento inherente a diversas profesiones y oficios, que incluso se inscribe en la esfera de lo indecidible para el marco jurídico —es decir, de esos linderos que la propia autoridad no puede cruzar ni con los médicos, ni con los abogados, ni con cualquier persona que tiene al secreto profesional como una de las bases del propio ejercicio de sus funciones—. ¿Caeremos entonces en la tentadora vaguedad de re legislar esto “para que ahora sí se cumpla”, como lo criticaba el doctor Carpizo?” “Ahora bien, con la cláusula de conciencia el propio legislador puede entrar en terreno pantanoso. ¿Por qué no mejor propone un “código ético obligatorio” para que entonces termine de exhibirse en su ignorancia? La cláusula de conciencia, bien lo sabemos, comprende el conjunto de principios morales, éticos y hasta sociales, a partir de los cuales un profesional puede optar por dejar de hacer algo incluido en su catálogo de actividades, cuando eso atenta contra sus principios”. “Otro de los aspectos que me parecen centrales de abordar es el relativo a las infinitas tentaciones que representa el llamado Fondo para la Protección de las y los Periodistas. En específico, mis reservas se centran en el hecho de que considero que somos un grupo que enfrenta riesgos por la naturaleza de nuestra labor y por las circunstancias que imperan en el estado y en el país, pero que ello no debe llevarnos a la confusión de asumirnos como un grupo vulnerable. No lo somos. Ni tenemos por qué considerarnos así, ni permitir que bajo ninguna circunstancia se nos intente tratar o asumir como tal”. Finalmente, algunos comunicadores y abogados han señalado que la Ley estatal de protección a periodistas, no contempla palpablemente la protección a comunicadores comunitarios ni a periodistas independientes, ni prevé ésta las acciones gansteriles de algunos periodistas o medios sin escrúpulos que emplean el oficio para extorsionar, empoderarse, proteger, tergiversar, difamar o hacer de la comunicación un negocio ilegal.

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