Con este reglamento se fortalece el instituto y se cumple al adecuarse la normatividad a la vigente Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca (LIPEEO).
Previamente, las Consejeras y Consejeros aprobaron el acuerdo por el que se emiten los lineamientos del IEEPCO para ejercer la facultad de atracción establecida en la LIPEEO y se aprobó también el reglamento de sesiones del Consejo General.
En otro punto se aprobó el procedimiento de verificación del padrón de afiliados del Partido Unidad Popular, determinando que este cumplió cabalmente con el número mínimo de afiliados para la conservación de su registro como Partido Político Local.
Por otra parte, en sesión especial se determinó calificar como no válida la asamblea de ratificación de autoridades municipales realizada por la comunidad-cabecera municipal de San Juan Bautista Atatlahuca.
En el acuerdo se instruye a la Dirección de Sistemas Normativos Indígenas del instituto a continuar con los trabajos para realizar la asamblea de elección mandatada por los órganos jurisdiccionales.
Te podría interesar...
Esta conversación es moderada acorde a las reglas de la comunidad “Ciudadanía Express” . Por favor lee las reglas antes de unirte a ella.
Para revisar las reglas da clic aquí