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Confirma TEEO facultad de atracción de doce consejos municipales electorales

Miércoles 07 de febrero, 2018.
10:45 am
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Oaxaca.-El Pleno del Tribunal Electoral del estado de Oaxaca, confirmó el acuerdo IEEPCO-CG-82/2017 mediante el cual se determinó ejercer la facultad de atracción de funciones de doce consejos municipales electorales y se determinó la delegación de las mismas en los respectivos consejos distritales electorales para el proceso electoral ordinario 2017 – 2018. Lo anterior porque el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) previó que en casos excepcionales, cuando no fuera posible instalar un Consejo Municipal habiéndose agotado las etapas de la convocatoria, procedería a determinar la atracción de facultades de dicho órgano y en su caso, determinar el Consejo Distrital que desahogaría dichas funciones. Por otra parte, los Magistrados revocaron el acuerdo IEEPCO-CG-81/2017 por el que se ordenó a los partidos políticos reintegrar cierta cantidad de sus prerrogativas ya recibidas y ordenaron al IEEPCO dictar un nuevo acuerdo sin que se afecte las prerrogativas de los partidos políticos del financiamiento público correspondiente al año 2017. Lo anterior, debido a que la devolución de prerrogativas puede constituir una causa o un motivo decisivo para que los partidos políticos, no puedan realizar sus actividades ordinarias, lo cual puede traer como repercusión su debilitamiento, lo que impediría llegar al procedimiento electoral o llegar en circunstancias poco adecuadas para su participación. El Pleno del TEEO también determinó que no existieron actos anticipados de campaña del Partido Movimiento Regeneración Nacional, por la realización de encuestas para contender a los cargos de Coordinadores Organizativos Distritales, Coordinadores Municipales y Coordinadores Estatales, esto debido a que no se advirtió que el partido en mención presentara alguna propuesta o hiciera un llamado expreso al voto. En lo referente a la demanda interpuesta por Elva Vásquez López, mediante la cual denuncia actos de violencia política por razones de género, el Tribunal Local declaró infundados los agravios porque no se constataron elementos necesarios para determinar si se esta en presencia de violencia política de género, señalados en el Protocolo para atender la Violencia Política contra las Mujeres. Finalmente, durante la Sesión Pública, los Magistrados confirmaron la elección de autoridades de la Agencia Municipal de San Sebastián Río Dulce, Zimatlán, Oaxaca.

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