Oaxaca.-El día de ayer, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó por mayoría de votos constitucional la figura de las inspecciones policiacas sin orden judicial o ministerial, prevista en el código que regula los procedimientos del nuevo sistema penal.
Señalaron que esas inspecciones son “actos momentáneos y excepcionales de molestia”, y se pueden practicar a las personas para detectar objetos o instrumentos del delito entre sus ropas o posesiones, así como a sus vehículos, y también de manera forzosa si hay resistencia.