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Con mayoriteo del PRI, aprueban la #LeyChayote; mantienen opacidad en publicidad a medios

Martes 10 de abril, 2018.
07:27 pm
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Ciudad de México.- Con  mayoriteo de las y los legisladores del PRI, se aprobó en lo general y particular, el dictamen que expide la Ley General de Comunicación Social,  que mantiene la discrecionalidad  en la entrega de millonarios recursos públicos a medios de comunicación a modo de los gobiernos federal y estatales, además de que seguirá siendo utilizada para promover campañas de desprestigio contra  actores politicos y sociales y sobre todo para inhibir la libertad de expresión de las y los periodistas y el ocultamiento de los actos de corrupción del Presidente en turno y de los servidores públicos.   Por otro lado en comunicado la Cámara de Diputadosm se indica que conforme al documento avalado en lo general con 205 votos a favor, 0 abstenciones y 128 en contra, se precisa que los medios de comunicación tendrán garantizado el pleno ejercicio del desarrollo a la libertad de expresión en la contratación y difusión de propaganda gubernamental.   En la discusión en lo particular, participaron 19 oradores (PRI-PRD-Morena-PVEM-MC y PES), quienes presentaron 103 propuestas de modificación a 61 artículos reservados, de las cuales fueron aceptadas dos. Una del diputado Ricardo David García Portilla (PRI) a los artículos 4, 7, 18, 24, 41 y Sexto Transitorio, cuyo propósito es mejorar los controles democráticos en la contratación de la publicidad oficial.   La segunda, del diputado Macedonio Salomón Tamez Guajardo (MC) al artículo 5, con la intención de agregar el principio de veracidad, “ya que es ocioso pretender que las autoridades publiquen y anuncien lo que hacen si no son apegadas a la verdad”.   El dictamen, enviado al Senado de la República, precisa que la ley será aplicable a cualquier campaña de comunicación social pagada con recursos públicos, que sea transmitida en el territorio nacional o en el extranjero; los tiempos oficiales serán utilizados por los entes públicos que tengan acceso a ellos, para la difusión de contenidos de carácter institucional y con fines informativos, educativos, culturales y otros asuntos de interés social.   En casos de emergencia derivados de salud, desastres naturales o de protección civil, los sujetos obligados podrán difundir campañas de comunicación social necesarias para mantener informada a la población.   La Secretaría de Gobernación (Segob) será la que administre el uso de los tiempos de Estado y de los fiscales, conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Telecomunicaciones, salvo en el caso de los que administra el Instituto Nacional Electoral.   Además, la distribución de los tiempos fiscales se realizará en la siguiente proporción: 40 por ciento al Ejecutivo federal; 30 por ciento al Poder Legislativo federal; 10 por ciento al Poder Judicial Federal, y 20 por ciento a los entes autónomos constitucionales.   Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales, y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión de toda campaña de comunicación social en los medios.   En la fundamentación del dictamen, la presidenta de la Comisión de Gobernación, Mercedes del Carmen Guillén Vicente (PRI), relató que en noviembre de 2017, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una sentencia que obliga al Congreso de la Unión a emitir una ley que regule el párrafo octavo del artículo 134 constitucional, a más tardar el próximo 30 de abril.   Dicha sentencia es relevante por sus alcances, los cuales han sido malinterpretados por algunos, pero en el fondo únicamente versan sobre la supremacía de la Constitución y el papel del Poder Judicial de la Federación. “De ninguna manera se otorga al Judicial la atribución para legislar ni para decidir el contenido de la ley reglamentaria del multicitado párrafo octavo”.   Mencionó que esta ley es de interés nacional y observancia en toda la República; asegura el acceso a una información completa, oportuna, veraz y prevé el manejo transparente de los recursos públicos destinados a esta responsabilidad esencial del Estado mexicano.   Guillén Vicente añadió que se fiscaliza el gasto en comunicación social de todos los Poderes, de los tres órdenes de gobierno y los entes públicos para someterlo a principios de racionalidad, economía, transparencia, tal y como lo prescribe el artículo 2, con el fin de evitar la improvisación y establecer mecanismos para una estricta evaluación de la comunicación social.   Se establece que se deben presentar programas anuales de comunicación e informes periódicos desglosados que cumplan con el sistema público de la Secretaría de la Función Pública. La comunicación social de todas las entidades públicas habrá de someterse a una planeación más rigurosa.   “Deja de ser sujeto de improvisaciones y asume con toda claridad criterios técnicos. Estamos exigiendo eficiencia y eficacia en el uso de recursos públicos, pero también en los objetivos manifiestos de la comunicación social para que exista congruencia entre el contenido de los mensajes y campañas, el objetivo de comunicación y la población a la que debe de llegar dicha comunicación”, añadió.   Indicó que esta ley representa avances de vanguardia para abrir y transparentar la relación del Estado mexicano y todas las entidades que lo componen, con los medios, a través de la creación del Padrón Nacional de Medios de Comunicación que estará a cargo de la Secretaría de Gobernación.   También se precisa que la violación o incumplimiento de las disposiciones implicarán sanciones administrativas como querellas de orden penal.   “Se trata de dar continuidad a la tercera generación de reformas en materia electoral y garantizar que el objetivo de toda comunicación gubernamental se realice con las mejores prácticas y los más estrictos criterios de utilidad pública. Las y los mexicanos esperan, más apertura, demandan gobiernos abiertos y datos confiables sobre el ejercicio de la inversión pública en comunicación gubernamental”.   En los posicionamientos, el diputado Abel Cruz Hernández (PES) señaló que los argumentos con los que se pretende motivar la expedición de la ley son insuficientes, sin sustancia en el contenido de la misma, y la discrecionalidad para el Poder Ejecutivo, se incrementa al otorgarle la atribución de emitir lineamientos y criterios de operación de esta actividad.   Las infracciones no tienen sanciones; se carece de un porcentaje máximo de publicidad comercial y la ley es omisa en garantizar equidad de los medios comunitarios e indígenas en su participación del presupuesto en materia. “Manifestamos nuestra disposición para legislar en materia de propaganda gubernamental y construir una ley que sirva para que el gasto del Estado mexicano sea transparente, legal, legítimo y socialmente útil”.   Mirna Isabel Saldívar Paz, diputada de NA, argumentó que se faculta a la Secretaría de Gobernación a implementar un padrón de medios, “labor que de facto ya venía realizando, pero de forma limitada a las dependencias y entidades del gobierno de la República”. El padrón servirá de guía a todos los órganos para saber con qué medios de comunicación podrán contratar la difusión de sus respectivas campañas de comunicación social, evitando la discrecionalidad y la simulación.   Hoy es momento de consensos y acuerdos, que permitan transitar una parálisis legislativa que ha afectado los derechos fundamentales de acceso a la información y libertad de expresión. “Contamos con una sociedad más participativa, más crítica y vigilante, medios de comunicación independientes y comprometidos con la sociedad y su labor informativa. Tenemos el deber de regular un precepto constitucional, cuya reglamentación tenía que haber sido emitida años atrás, no sólo se trata de un mandato jurisdiccional, sino de una obligación constitucional, política y moral”.   De MC, el diputado Macedonio Salomón Tamez Guajardo calificó de “vergüenza que el Poder Judicial haya tenido que enmendarnos la plana al Poder Legislativo, a través de una sentencia de amparo. Es una vergüenza, porque exhibe públicamente la crónica de tendencia que hay en este Poder Legislativo a la negligencia, ausentismos, impuntualidad, falta de sesión de comisiones y a la manipulación de algunos presidentes de comisiones para sacar dictámenes a favor del sistema”.   El dictamen, continuó, “es una atrocidad, tiene fallas en el procedimiento legislativo”; se deja a la Secretaría de Gobernación como administradora, dándole facultades para llevar el padrón, registrar programas, autorizar planes y manejar presupuesto; se omite el principio de veracidad así como las sanciones y no se castiga a quien rebasa el tope de gastos en comunicación, “como suele suceder”.   El diputado Samuel Rodríguez Torres (PVEM) señaló que este documento será punto de inicio para la transformación del aparato de publicidad gubernamental, fortalecerá la cultura de la transparencia y el gobierno abierto, generando condiciones para que la promoción de las acciones de gobierno no sea utilizada con fines políticos.   Las campañas de comunicación social tienen la finalidad de informar a la población de todo aquello que se está realizando para su beneficio en materia de desarrollo económico y social, no así para la construcción de candidaturas. “Con su aprobación tenemos un gran compromiso con la transparencia, la libertad de expresión, la rendición de cuentas y con la sociedad”.   Virgilio Caballero Pedraza, diputado de Morena, sostuvo que esta ley legaliza las campañas de promoción personalizada, permite el uso de los recursos públicos para difundir logros personales, reglamenta el uso discrecional y arbitrario de la repartición de la publicidad oficial y avala su contratación como un botín de negociación política.   Es imperativo establecer los principios de la comunicación social y la publicidad oficial, las directrices de los contenidos que verdaderamente sean de interés público, así como prohibiciones explícitas a la promoción personalizada; colocar topes presupuestarios, prohibir la modificación del gasto y establecer límites a los porcentajes de asignación a cada medio o agencia de comunicación con el fin de garantizar la pluralidad y la diversidad de medios.   Por el PRD, el diputado Rafael Hernández Soriano rechazó la ley y el proceso de elaboración por la Comisión de Gobernación, porque no cumple con el mandato judicial ni aporta nada “a la relación perversa que se encuentra establecida entre los medios de comunicación y la Secretaría de Gobernación. Lo que se propone es institucionalizar la política del ominoso chayote”.   Afirmó que el dictamen no determina un límite claro y contundente al monto de los recursos públicos destinados a la propaganda gubernamental, mantiene la discrecionalidad no solamente para su manejo, asignación, sino también para su reasignación, incremento o decremento; ni se reconoce el criterio de paridad en el uso de los tiempos oficiales del Estado ni se establecen las razones de adjudicación de los contratos de publicidad, “lo que deja la posibilidad de que se siga contratando de manera discrecional y con opacidad”.   Jorge Triana Tena, diputado del PAN, mencionó que esta ley, no atiende un problema de comunicación gubernamental en el país, carece de criterios claros para la asignación de recursos públicos emanados de los impuestos. Tampoco fomenta la pluralidad democrática en la participación en los medios de comunicación y concentra de manera perniciosa, en la Secretaría de Gobernación, la distribución de los tiempos y asignaciones de comunicación social.   Se mantienen malas prácticas que atentan contra la libertad de expresión e incentiva el proselitismo “del que se ha valido el gobierno actual, gastando recursos públicos por el orden de 40 mil millones de pesos en lo que va del sexenio. No podemos prestarnos a aprobar un proyecto con estas características; le estamos dando el avión a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Es una simulación lo que se vota. Las leyes, que nosotros aprobemos o modifiquemos deben ser con cargo al Estado y ponerle límites”.   El diputado del PRI, Arturo Huicochea Alanís, señaló que esta ley asegura el respeto a la libertad de expresión y el derecho a la información, abate la autopromoción de los funcionarios públicos y normaliza la promoción de logros gubernamentales; reduce el gasto en comunicación y transparenta la relación entre las autoridades y los medios de comunicación; asegura el control y vigilancia sobre contratación de gastos, sin crear burocracia.   “Prevé anticuerpos contra la censura”, consolidando la confianza y la libertad de expresión. Garantiza la libertad de los medios libres y hasta, dijo, posibilita su financiamiento público sin sacrificar a aquella. “Se trata de cumplir la resolución de la Corte y, sobre todo, afianzar la confianza entre gobernantes y gobernados. No establece topes al gasto público, porque al hacerlo incentiva el agotamiento del recurso. El gobierno puede y debe gastar incluso menos que cualquier porcentaje que se fije. Es mejor un régimen flexible, siempre a la baja”.   Durante la discusión en lo general, el diputado Cesar Alejandro Domínguez Domínguez (PRI) expresó que su bancada tienen la obligación de crear un marco jurídico nuevo que permita establecer una relación de orden personal y comunicacional entre el gobierno y gobernados. “Iremos a favor, porque México necesita una ley en este sentido”.   Por el grupo parlamentario de Morena, Alejandro Ojeda Anguiano, dijo que votaría en contra porque “año con año la historia se repite y el gasto de comunicación social, que poco tiene que ver con el beneficio a la sociedad, es oneroso y excesivo”.   Su compañera de bancada, Ernestina Godoy Ramos, reiteró que su partido está en contra del dictamen, porque atenta contra la libertad de expresión, ya que “se usa el dinero público para controlar la línea editorial de los medios que se financian y para castigar a aquellos medios que son críticos”.   La diputada Sofía González Torres (PVEM) expresó que con este dictamen se avanza en el fortalecimiento de una cultura de transparencia, ya que establece los lineamientos para el diseño y la ejecución de campañas en donde se involucran recursos públicos. “Votaremos a favor en lo general, pero presentaremos reservas y estaremos atentos a las propuestas de otras fuerzas políticas, en pro de enriquecer el marco normativo”.   Rafael Hernández Soriano, diputado del PRD, pidió hacer una evaluación objetiva, más allá de los sofismas legislativos que sirven para mantener la política de comunicación social del gobierno federal, “la del chayote, y para evitar que el Congreso caiga en el socavón legislativo en el que nos quieren meter”.   También por el PRD, Tomás Octaviano Félix reiteró que el dictamen no permite regular los gastos de comunicación social del Estado. “No a la ley del chayote”, subrayó.   Finalmente, la diputada Alma Carolina Viggiano Austria (PRI) expresó que su partido estaba a favor del dictamen, porque regula la contratación, y “si alguien cae en alguna cuestión irregular o un delito, están las leyes para ser aplicadas al respecto”. Sobre la transparencia, sostuvo que los recursos públicos están sometidos a la Auditoría Superior de la Federación y, como nunca antes, serán auditados.   Previó a los posicionamientos, con 168 votos en pro y 194 en contra, se desecharon las mociones suspensivas de los diputados Jesús Zambrano Grijalva (PRD), Juan Pablo Piña Kurczyn (PAN) y Juan Romero Tenorio (Morena).   El dictamen resalta que la Secretaría Administradora será la encargada de prestar asistencia técnica y hacer la evaluación de las estrategias, programas y las campañas de comunicación social de las dependencias y entidades de la administración pública.   Además, los entes públicos deben elaborar una estrategia anual de comunicación social, para efectos de la difusión de mensajes sobre programas y actividades gubernamentales y enviarla a la Secretaría Administradora, previo registro en el Sistema de Información de Normatividad de Comunicación o su homólogo, en la primera quincena de enero de cada año.   Menciona que los medios de comunicación que pretenden participar en la contratación de comunicación social deberán estar inscritos previamente en el Padrón Nacional de Medios de Comunicación, a cargo de la Segob.   Destaca que se deberá poner a disposición del público y mantener actualizada, en los respectivos sitios de internet, la información sobre los montos destinados a gastos relativos a campañas de comunicación social, así como un informe semestral sobre el gasto en publicidad oficial.   La Secretaría Administradora informará bimestralmente a la Cámara de Diputados o los congresos locales sobre la ejecución de los programas y actividades gubernamentales, así como la relación de todos los planes y campañas de comunicación social, desglosadas por dependencias y entidades.   Constituyen infracciones a la Ley de los entes y servidores públicos, difundir campañas de comunicación social violatorias de los principios establecidos en el artículo 5 de la presente ley; exceder los límites y condiciones establecidas para los informes anuales de labores de los servidores públicos, y el incumplimiento de cualquiera de las disposiciones contenidas en la ley.   En lo particular, se avaló con 196 a favor, cero abstenciones y 146 en contra, los artículos 1, 2, 3, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 19, 20, 21, 23, 27, 28, 29, 31, 32, 33, 35, 36, 37, 38, 42, 43, 44 y 45 en términos del dictamen y los artículos 4, 5, 7, 18, 24, 41 y Sexto Transitorio con las modificaciones y adiciones aceptadas.                 La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que expide la Ley General de Comunicación Social, reglamentaria del párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución Política, y lo turnó al Senado de la República para su análisis. El documento, que se refiere a la difusión de propaganda de los entes públicos, bajo la modalidad de comunicación social, fue avalado en lo general por 205 votos a favor, 168 en contra y cero abstenciones. El presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Edgar Romo García, informó que para su discusión en lo particular se presentaron 103 propuestas de modificación, con 61 artículos reservados, por parte de 19 oradores. Se aprobaron las modificaciones que presentaron dos legisladores, Ricardo David García Portilla (PRI) y Macedonio Tamez Guajardo (MC), y finalmente el documento fue avalado por 196 votos a favor, 146 en contra y cero abstenciones. García Portilla comentó que su propuesta es principalmente sobre cuestiones presupuestales y puso como ejemplo que en las campañas de difusión se establezcan claramente los recursos aprobados para cada dependencia, además de precisiones para las que se lleven a cabo de manera extraordinaria. Tamez Guajardo planteó una adición al artículo 5 “para que se agregue el principio de veracidad”. La expedición de esta ley se estableció en la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 10 de febrero de 2014. El 15 de noviembre de 2017, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de la Unión que, a más tardar el 30 de abril, cuando concluye el actual periodo ordinario de sesiones, emita la ley reglamentaria de esa reforma. La legislación “tiene por objeto establecer las normas a que deberán sujetarse los entes públicos, a fin de garantizar que el gasto en comunicación social cumpla con los criterios de eficiencia, eficacia, economía transparencia y honradez, y respete los topes presupuestales, límites y condiciones de ejercicio que establezcan los presupuestos de egresos respectivos”. Surgió de ocho iniciativas presentadas, entre septiembre de 2017 y marzo de 2018, de las cuales una fue suscrita conjuntamente por diputados del PRI, PVEM y NA, y las otras siete, de forma particular, por legisladores del PAN, PRD, Morena, MC (dos iniciativas), NA y del Congreso de Jalisco El tema se abordó en la sesión de este martes, a partir de las 12:40 horas, cuando la presidenta de la Comisión de Gobernación, Mercedes del Carmen Guillén Vicente (PRI), fundamentó el dictamen desde la tribuna, y concluyó casi cuatro horas después, a las 16:35 horas. Al inicio de la discusión se presentaron, por separado, tres mociones suspensivas a cargo de los diputados Jesús Zambrano Grijalva (PRD), Juan Pablo Piña Kurczyn (PAN) y Juan Romero Tenorio (Morena), la cuales fueron rechazadas en una sola votación por 168 votos a favor de esas propuestas y 194 en contra. Para fijar la posición de sus grupos parlamentarios, tomaron la palabra Abel Cruz Hernández (PES), Mirna Isabel Saldívar Paz (NA), Macedonio Salomón Tamez Guajardo (MC), Samuel Rodríguez Torres (PVEM), Virgilio Caballero Pedraza (Morena), Rafael Hernández Soriano (PRD), Jorge Triana Tena (PAN) y Arturo Huicochea Alanís (PRI). A favor se pronunciaron César Alejandro Domínguez Domínguez (PRI), Sofía González Torres (PVEM) y Carolina Viggiano Austria (PRI); en contra lo hicieron Jorge Álvarez Maynez (MC), Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano (Morena), Ernestina Godoy Ramos (Morena), Tomás Octaviano Félix (PRD) y Rafael Hernández Soriano (PRD). La Ley General de Comunicación Social recoge lo establecido en el párrafo octavo del artículo 134 constitucional que a la letra dice: “La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. “En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”. El nuevo ordenamiento legal está conformado por 45 artículos divididos en cinco títulos (I. Disposiciones generales, II. De la comunicación social de los entes públicos, III. De la revisión y fiscalización de los recursos públicos en materia de comunicación social, IV. De la transparencia y rendición de cuentas, y V. De las infracciones y sanciones). Además, considera ocho preceptos transitorios. El artículo Primero Transitorio señala que la Ley General de Comunicación Social entrará en vigor el 1 de enero de 2019 y será aplicable a cualquier campaña de comunicación social pagada con recursos públicos, que sea transmitida en territorio nacional o en el extranjero. La legislación indica que se deberá procurar que dichas campañas se trasmitan en versiones y formatos accesibles para personas con capacidades diferentes. No se podrán difundir campañas cuyos contenidos tengan por finalidad destacar, de manera personalizada, nombres, imágenes, voces o símbolos de cualquier servidor público. Los informes de gobierno o de gestión de los funcionarios, así como los mensajes en radio y televisión para anunciarlos, no se considerarán como comunicación social “siempre que la difusión se limite a una vez al año, con cobertura geográfica regional correspondiente al ámbito de responsabilidad del servidor público y no exceda de los siete días anteriores y cinco posteriores a la fecha en que se rinda el informe”. Durante las campañas electorales y hasta la conclusión de las jornadas comiciales, deberá suspenderse la difusión de toda campaña de comunicación social en medios de comunicación, salvo las de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, y las de protección civil, en casos de emergencia. Los entes públicos deben elaborar una estrategia anual de comunicación social, para efectos de la difusión de mensajes sobre programas y actividades gubernamentales. Aquéllos que reciban recursos federales para comunicación social deberán elaborar un Programa Anual concordante con la partida de gasto asignado. Los entes públicos deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en los respectivos sitios de Internet, la información sobre los montos destinados a gastos relativos a campañas de comunicación social desglosa por tipo de medio, proveedores, número de contacto y concepto o campaña. Se establece que la Secretaría de Gobernación deberá crear el Padrón Nacional de Medios de Comunicación y emitir los lineamientos para llevar a cabo su organización, una vez que se autorice el Presupuesto de Egresos respectivo. Los medios de comunicación que pretendan participar en la contratación de comunicación social deberán estar inscritos previamente en el Padrón Nacional de Medios de Comunicación. La información de este listado será pública y accesible a distancia. Respecto a las sanciones, se señala que cuando las autoridades federales, estatales y locales cometan alguna infracción a la Ley General de Comunicación Social, se dará vista al superior jerárquico y, en su caso, presentará la queja ante la autoridad competente por hechos que pudieran constituir responsabilidades administrativas o denuncias ante el Ministerio Público.
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