El equipo editorial y voluntarios de Ciudadanía Express, tiene como obligación irrestricta, observar cada uno de los preceptos del Código Internacional de Ética Periodística de la UNESCO que a continuación se enumera:
1. El derecho del pueblo a una información verídica: El pueblo y las personas tienen el derecho a recibir una imagen objetiva de la realidad por medio de una información precisa y completa, y de expresarse libremente a través de los diversos medios de difusión de la cultura y la comunicación.
2. Adhesión del periodista a la realidad objetiva: La tarea primordial del periodista es la de servir el derecho a una información verídica y auténtica por la adhesión honesta a la realidad objetiva, situando conscientemente los hechos en su contexto adecuado.
3. La responsabilidad social del periodista: En el periodismo, la información se comprende como un bien social, y no como un simple producto. Esto significa que el periodista comparte la responsabilidad de la información transmitida. El periodista es, por tanto, responsable no sólo frente a los que dominan los medios de comunicación, sino, en último énfasis, frente al gran público, tomando en cuenta la diversidad de los intereses sociales.
4. La integridad profesional del periodista: El papel social del periodista exige el que la profesión mantenga un alto nivel de integridad. Esto incluye el derecho del periodista a abstenerse de trabajar en contra de sus convicciones o de revelar sus fuentes de información, y también el derecho de participar en la toma de decisiones en los medios de comunicación en que esté empleado.
5. Acceso y participación del público: El carácter de la profesión exige, por otra parte, que el periodista favorezca el acceso del público a la información y la participación del público en los medios, lo cual incluye la obligación de la corrección o la rectificación y el derecho de respuesta.
6. Respeto de la vida privada y de la dignidad del hombre: El respeto del derecho de las personas a la vida privada y a la dignidad humana, en conformidad con las disposiciones del derecho internacional y nacional que conciernen a la protección de los derechos y a la reputación del otro, así como las leyes sobre la difamación, la calumnia, la injuria y la insinuación maliciosa, hacen parte integrante de las normas profesionales del periodista.
7. Respeto del interés público: Por lo mismo, las normas profesionales del periodista prescriben el respeto total de la comunidad nacional, de sus instituciones democráticas y de la moral pública.
8. Respeto de los valores universales y la diversidad de las culturas: El verdadero periodista defiende los valores universales del humanismo, en particular la paz, la democracia, los derechos del hombre, el progreso social y la liberación nacional, y respetando el carácter distintivo, el valor y la dignidad de cada cultura, así como el derecho de cada pueblo a escoger libremente y desarrollar sus sistemas políticos, social, económico o cultural. El periodista participa también activamente en las transformaciones sociales orientadas hacia una mejora democrática de la sociedad y contribuye, por el diálogo, a establecer un clima de confianza en las relaciones internacionales, de forma que favorezca en todo la paz y a justicia, la distensión, el desarme y el desarrollo nacional.
Fuente de Origen: http://www.ijnet.org/Code_of_Ethics2/UNESCO___CODIGO_DE_ETICA.html ran:
Código Interno de Ética de Ciudadanía Express
Principios del Periodismo de Paz
A. La responsabilidad social de promover el periodismo de paz: Asumir como compromiso la defensa y promoción de la paz en el ejercicio profesional o voluntario del periodismo para difundir información al servicio de la ciudadanía que gestione solución a sus problemáticas, propicie el desarrollo humano local y genere la participación ciudadana para la inclusión de sus demandas en políticas públicas por la vía de la legalidad.
B. La responsabilidad social de no alentar el conflicto y la violencia: Evitar ante todo, posturas políticas o ideológicas que distorsionen los valores del periodismo de paz en el manejo de la información con lenguaje propagandístico, soez y que incite a la violencia y confrontación social y en perjuicio de los derechos humanos, la dignidad y la privacidad de las personas.
C. La responsabilidad social de advertir un conflicto: Informar de aquellos sucesos que afectan a un sector social, sus causas y sus probables consecuencias que puedan confrontar a una comunidad y señalar la obligación institucional de las instancias para mediar y resolver un posible conflicto.
D. La responsabilidad social de informar para incidir en el desarrollo humano: En escenarios de paz o conflicto, el deber de informar de todos aquellos temas, sucesos y acciones individuales y colectivas que de manera positiva inciden en la superación pacífica de un problema y en el desarrollo humano de la ciudadanía.
E. La responsabilidad social de difundir la cultura de paz: Informar y promover los valores de la diversidad cultural de Oaxaca con respeto a las minorías, las personas de la tercera edad, los grupos indígenas y sus formas de vida comunitaria, costumbres y tradiciones; así como el derecho de la libre expresión artística y cultural y a la promoción de la perspectiva de género.