Recomendaciones del Foro Internacional de los Pueblos Indígenas sobre Cambio Climático. Urgente crear Grupo de Expertos.
Décimo-cuarta sesión de la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (COP-14) Poznan, Polonia, 1-12 de diciembre de 2008.
Oaxaca, México.- Se decide establecer un Grupo de Expertos sobre Cambio Climático y Pueblos Indígenas, conformado por expertos de los Pueblos Indígenas delegados por las estructuras institucionales propias de los Pueblos Indígenas y de las Partes, cuyos mandato, términos de referencia y modalidades serán definidos en un Seminario Internacional con la participación de las Partes y de los Pueblos Indígenas, que se sesionará antes de la COP 15.
Anexo Explicativo
Antecedentes y Justificación
Desde 2001, los Pueblos Indígenas han solicitado la formación de un Grupo de Expertos que proporcionarí a un mecanismo para la participación efectiva de los Pueblos Indígenas en el proceso de la CMNUCC, tomando en cuenta los impactos del cambio climático y las negociaciones sobre cambio climático sobre los Pueblos Indígenas. La CMNUCC y el Protocolo de Kyoto fueron negociados sin la participación de los Pueblos Indígenas. Eso se ha comunicado formalmente a todos los órganos de la CMNUCC en declaraciones. En la COP 13 en Bali, y en Poznan, los Pueblos Indígenas además solicitaron que el Foro Internacional de los Pueblos Indígenas sobre Cambio Climático (FIPICC) se le reconozca como órgano asesor a la CMNUCC, de la misma manera que se reconoce el Foro Internacional Indígena sobre Biodiversidad en el Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB).
Tomando en cuenta que la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas fue aprobada en 2007 por una mayoría abrumadora de Estados, los Pueblos Indígenas solicitan que se les incluyan en las discusiones sobre cambio climático. Las discusiones sobre REDD tendrán impactos en los Pueblos Indígenas y es necesario asegurar que se consultan a los Pueblos Indígenas.
Contenido
El contenido de la recomendación incluye un preámbulo y el proyecto de la decisión. El preámbulo incluye las razones por las cuales se requiere del establecimiento del Grupo de Expertos. Esas incluyen los impactos del cambio climático sobre los Pueblos Indígenas y la contribución de los conocimientos tradicionales de los Pueblos Indígenas a las discusiones sobre cambio climático.
Proyecto del preámbulo:“Reconociendo que la Asamblea General de la ONU aprobó la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas por una mayoría abrumadora en septiembre de 2007, lo cual establece la norma mínima para la protección de los derechos de los pueblos indígenas;
“Recordando que el Artículo 32 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas encomienda a los Estados la responsabilidad de consultar y cooperar con los pueblos indígenas para obtener su consentimiento libre, previo e informado antes que aprobar cualquier proyecto que afecta sus tierras o territorios y otros recursos,
Recordando también el Artículo 42 del mismo documento que hace un llamado a las Naciones Unidas, sus órganos, incluyendo el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas y agencias especializadas, incluyendo al nivel de país, y Estados a promover el respeto para y la plena aplicación de esta Declaración y darle seguimiento a la vigencia de esta Declaración.”
Cumbre del Clima en Poznan, Polonia
sin la participación de los pueblos
indígenas/Foto EFE.
Sugerencias sobre el Mandato, Términos de Referencia y Modalidades
Se plantea que los detalles del mandato, los términos de referencia y las modalidades del Grupo de Expertos se discutirán en el Seminario Internacional, sin embargo, lo siguiente incluye algunas sugerencias propuesto de los integrantes del FIPICC.
El enfoque del Grupo de Expertos será asegurar que se tomen en cuenta los puntos de vista y las preocupaciones de los Pueblos Indígenas en todos los procesos de la CMNUCC.
El mandato discutirá las cuestiones indígenas relacionados al marco general para los esfuerzos inter-gubernamental es para hacerle frente al reto del cambio climático. El Grupo de Expertos debe proporcionar asesoría experta y recomendaciones sobre las cuestiones indígenas al CMNUCC, debe concienciar y promover la integración y la coordinación de las actividades relacionadas a las cuestiones indígenas dentro del CMNUCC y debe preparar y difundir información sobre las cuestiones indígenas.
El mandato debe sanear la brecha actual en cuanto a la falta de consulta y participación de los Pueblos Indígenas dentro de las negociaciones de cambio climático, especialmente tomando en cuenta las contribuciones potenciales de los conocimientos tradicionales y los impactos desproporcionado de cambio climático sobre los Pueblos Indígenas. El mandato debe incluir dar asesoría a todos los órganos de la CMNUCC; ser enlace con todos los órganos relevantes de la ONU; y preparar informes sobre los Pueblos Indígenas y el cambio climático.
El nivel del Grupo de Expertos debe ser al nivel de la COP y proporcionar insumos a la COP y los Miembros de las Partes (MOP) del Protocolo de Kyoto.
El órgano será conformado de representantes de los pueblos indígenas, e incluirá la representación regional y la paridad de género.
Debe haber una composición mixta del Grupo de Expertos y un modelo posible en este sentido es el Foro Permanente de la ONU sobre las Cuestiones Indígenas.
El órgano será permanente y inter-sesional.
Se llevarán consultas en los niveles regionales antes que el seminario internacional para aumentar la participación de los Pueblos Indígenas. http://fiib-latinoamerica.blogspot.com/