De la Redacción
Oaxaca, México.- Las reformas al Código Penal de Oaxaca aprobadas por la 60 Legislatura del Estado refuerzan la aplicación de justicia en la entidad al sancionar con mayor severidad la comisión de delitos que dañan con mayor frecuencia a la sociedad como lo son el secuestro, los delitos contra la libertad, la seguridad y el normal desarrollo psicosexual, el homicidio calificado, el robo y la extorsión.
Al adecuar el marco jurídico penal para enfrentar de manera eficiente la criminalidad organizada, la prisión por un solo delito es de tres a 105 años y se establece un máximo de mil 500 días de salario mínimo vigente como multa, tomando en cuenta que las cantidades que se obtengan por tal concepto se aplican al fondo de administración de justicia para fortalecer las actividades del Poder Judicial.
En lo que se refiere al delito de secuestro, la prisión es de 70 a 105 años para el autor y partícipes del delito y multa de 750 a mil 500 días de salario mínimo. Las penas se agravan cuando el plagiario causa lesiones previstas, obra en grupo o banda, haya pertenecido a alguna institución de Seguridad Pública o privada, de procuración o impartición de justicia, o tenga una relación de parentesco, confianza o lealtad con el secuestrado.
Asimismo, cuando el secuestrado sea menor de dieciocho años de edad o mayor de sesenta, presente alguna discapacidad física o mental o sea mujer. En este sentido se establece además que la sustitución de penas de prisión por medida de seguridad o la prescindencia de ella no beneficia a los autores y partícipes de los delitos de secuestro a efecto de que la pena que se establezca en su sentencia se cumpla de manera efectiva y sin concesiones.
En cuanto a los delitos contra la libertad, la seguridad y el normal desarrollo psicosexual, se incrementaron las penas en el delito de violación de 12 a 18 años, en caso de violación equiparada de 13 a 20 años de prisión, la violación tumultuaria tiene una pena de 15 a 25 años y la multa, en este último caso aumenta la pena de 18 a 30 años si el sujeto pasivo es menor de edad, mayor de 60 años, se encuentre privado de razón o sentido.
En cuanto a los delitos de robo y extorsión, aumentan las penas mucho más en los casos de extorsión telefónica y electrónica.