Por Emiliano PARRA
Oaxaca, México.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), consideró que el reporte difundido por la Procuraduría General de la República (PGR), sobre el homicidio el estadounidense Bradley Roland Will, no tuvo el propósito de encontrar la verdad legal del caso.
En su comunicado la CNDH, establece que dicho informe “no sustenta sus conclusiones en elementos técnico-científicos; no es un dictamen pericial sino una opinión; carece de valor jurídico alguno, de acuerdo con la legislación mexicana y su jurisprudencia, y no tuvo el propósito de encontrar la verdad histórica y legal, sino de avalar las hipótesis de quien contrató a sus autores.”.
El organismo defensor de los derechos humanos afirma que no participará en un “debate artificialmente abierto por la PGR”.
Pero indicó, el informe “el carácter opinativo”, fue elaborado en sólo catorce días, a más de dos años y medio de ocurridos los hechos, en el que perdioó la vida el caramógrafo Brad Will durante un confrontación registrada en el municipio de Santa Lucía del Caminos en el movimiento social del 2006 en Oaxaca.
Indica la CNDH que los propios autores de domunento –dos personas jubiladas de la Policía Montada del Canadá y un médico forense— manifiestan no haber realizado reconstrucción alguna de los acontecimientos y no haber examinado la ropa que vestía la víctima porque les pareció irrelevante, ya que contaban con buenas fotografías e información que les había proporcionado su cliente.
Lo anterior, señala la CNDH, revela la intención de la institución contratante, por validar una hipótesis indemostrable, mediante procedimientos profesionales de las ciencias forenses, de que el victimario se encontraba a una distancia de entre dos y ocho metros de su víctima.
La superficialidad del análisis y su falta de rigor científico quedan de manifiesto cuando los propios expertos se descalifican a sí mismos al revelar que no son ingenieros en materia de sonido y sin embargo desacreditan la investigación de la CNDH sobre el tiempo que transcurre entre el sonido del disparo y el sonido del impacto en el cuerpo de la víctima (0.166 segundos), lapso que permitió establecer que los disparos se hicieron a una distancia de 35 metros o más entre la posición de la víctima y la del victimario.
La CNDH señala que si el análisis solicitado a tres especialistas canadienses y que se pretende hacer pasar como un dictamen de la Real Policía Montada de Canadá se ha incorporado o se pretende incorporar a la averiguación previa correspondiente del caso, ese hecho debió realizarse de conformidad con el artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales, y el agente del Ministerio Público debió entregarlo al juez de la causa y no a los medios de comunicación. En el caso de que el documento no forme parte de dicha averiguación previa, es inexplicable porqué la Procuraduría General de la República utilizó recursos públicos para realizar y difundir un supuesto análisis únicamente con propósitos propagandísticos.
La tercera parte del documento contratado por la PGR está dedicada a hacer consideraciones sobre el supuesto historial político y profesional del señor Bradley Roland Will y a inferir qué tipo de participación tuvo en el conflicto de Oaxaca y a exponer diversas interpretaciones acerca de cómo sucedieron los hechos. La participación de peritos en hecho criminal debe limitarse al análisis técnico-científico de evidencias para llegar a conocer la verdad histórica de un hecho; ni el ámbito de competencia ni la especialidad de quienes suscriben ese documento permiten hacer interpretaciones o valoraciones sobre implicaciones políticas o de otro orden en un homicidio.
La CNDH manifiesta que no tuvo conocimiento del estudio en cuestión ni fue invitado a participar en el mismo, lo que también es un indicio del carácter excluyente y endeble del análisis, en el que únicamente participó personal de la PGR con la presumible intención de buscar coincidencia absoluta con sus hipótesis, tal y como sucedió.
Indica que el reporte no aporta elemento alguno de carácter técnico sobre el caso, sino que es una ratificación puntual de las afirmaciones de la parte contratante y no da respuesta a los cuestionamientos que en su momento expuso la CNDH sobre las irregularidades detectadas en la integración de la averiguación previa, las que hizo en su momento el International Forensic Program, de Physicians for Human Rights.
La CNDH emitió su Recomendación 50/2008, donde se subrayaron la inconsistencia e irregularidades en la investigación del homicidio de señor Bradley Roland Will y se solicitó a la Procuraduría General de la República la revisión de sus procedimientos hasta agotar todas las líneas de investigación, así como considerar los elementos aportados, entre otras instancias, por esta Comisión Nacional y Physicians for Human Rigths.
Esta última organización ha participado, entre otros casos, en estudios forenses en Bosnia-Herzegovina, Chipre, Guatemala, Irak y Polonia, además de que sus especialistas han testificado ante tribunales internacionales por casos de Ruanda y Yugoslavia, así como también en la Corte Especial para Sierra Leona. También apoyaron a la Asociación Pro – Búsqueda de Niñas y Niños Desaparecidos en la reunificación de familias que fueron separadas como consecuencia de la guerra civil en El Salvador entre 1980 – 1992.
“La intención de la PGR de reabrir el debate carece de sentido, ya que ahora lo que procede es esperar la resolución jurisdiccional sobre el caso”, indicó la CNDH.