Por Dolores Magallón
Oaxaca, México.- El país necesita contar con una ley procesal civil ambiental que le permita ejercer con eficacia el derecho en materia de protección a los ecosistemas, declaró el licenciado Neófito López Ramos, magistrado del Poder Judicial de la Federación, durante una conferencia sobre derecho ambiental dictada en la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM).
El magistrado, de amplia experiencia en legislación y políticas ambientales, señaló que uno de los problemas del derecho ambiental es la falta de eficacia en el momento de aplicar las normas; es decir, de cómo hacer cumplir desde los reglamentos cívicos que son los más cercanos a los ciudadanos, hasta cómo lograr que las grandes industrias cumplan con las normas oficiales y garanticen que su actividad no provocará daños irreparables en el entorno ambiental.
En la actividad celebrada en la Unidad Cuajimalpa, refirió que en todas las ramas del derecho hay un camino para hacer cumplir las leyes (civil, laboral, penal, entre otras), lo que no sucede con la ambiental.
Si bien se cuenta con una Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, se tienen aún muchas deficiencias y mencionó como ejemplo que en el Distrito Federal la dependencia cuenta con sólo siete inspectores para verificar el cumplimiento de las normas.
Otros estados como Baja California tienen sólo dos, número que resulta insuficiente frente a las necesidades del país en esta materia, pues se requiere además que el perfil de estos servidores sea casi de expertos, tanto en temas ambientales, como en aquellos aspectos vinculados con lo jurídico.
López Ramos afirmó que de cerca de 45 mil juicios o asuntos que tratan en el Tribunal Superior de Justicia en promedio al año, menos de 50 se refiere a delitos ambientales, a pesar de la reciente creación (hace cuatro años) de la fiscalía relacionada con el derecho ambiental.
[caption id="attachment_11023" align="aligncenter" width="396" caption="Las leyes para garantizar el qeuilibrio ambietal en el país, instrumento para combatir también los efectos del cambio climático"][/caption]Insistió en que México cuenta con ordenamientos como el derecho constitucional, una Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, entre otros, pero que necesita eficacia en su aplicación, lo que sólo podrá lograrse cuando cualquier ciudadano tenga capacidad para acudir con un juez y exigir que se aplique la norma.
“Porque no es lo mismo solicitarlo a la autoridad administrativa y esperar, que pedir a un juez cumplir con su obligación, mediante un procedimiento que aplique la norma”, lo que ocurre todos los días en otros ámbitos del derecho.
El especialista propuso en ese sentido que el país cuente con una ley procesal civil ambiental, en cuyo anteproyecto de ley trabaja de manera personal.
Explicó al respecto que según la doctrina civil, para poder repararse el daño, la víctima tiene que demostrar causa, hecho u omisión causante del perjuicio; una acción causal no posee problema si se trata de temas de derecho individual patrimonial, porque si un auto choca contra una pared simplemente hay que demostrarlo.
El problema para el derecho ambiental resulta cuando se tiene que demostrar el suceso causal entre –por ejemplo– una actividad industrial y el daño ambiental. Ahí se encuentra la dificultad de la prueba, apuntó.
En el derecho civil, dijo, quien afirma tiene la carga de la prueba “y de hecho casi todos nuestros códigos regulan quién debe probar; en cambio en el derecho ambiental no se está frente a una relación individual, sino ante la tutela de bienes colectivos de los cuales nadie es dueño. Existe entonces un interés que se denomina “difuso”. Este concepto de “interés difuso” se ha convertido en una trampa procesal porque cuando alguien quiere defender ese bien colectivo se encuentra con que la ley no le permite hasta ahora esa defensa; no le reconoce la facultad ni el poder de hacer efectivo ese derecho, pues supuestamente se defiende algo que no es propio.
Enfatizó la necesidad de cambiar conceptos como el anterior y decir que se trata de derechos fundamentales, porque se refiere a la vida de las personas, a su derecho a un ambiente sano, “y si es un derecho fundamental debe ser respetado, pues deja de tratarse de un interés difuso”.
Es necesario cambiar los conceptos para que no sean obstáculo para tener acceso a una justicia ambiental, finalizó.
[caption id="attachment_11022" align="aligncenter" width="300" caption="Neófito López Ramos, magistrado del Poder Judicial de la Federación, urgio por legislar para garantizar el derecho ambiental en México"][/caption]
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