Notimex
Oaxaca, México, El Senado aprobó con 87 votos a favor y 10 abstenciones la Ley contra el Narcomenudeo, que establece las dosis máximas de droga que una persona puede portar para consumo personal e inmediato sin que haya sanción penal.
También las reformas facultan al Ministerio Público del fuero común de los estados a investigar el narcomenudeo, en tanto que los policías estatales y federales podrán comprar o adquirir narcóticos para lograr la detención de los responsables de su tráfico.
Así, se podrá portar sin que se castigue penalmente a su tenedor hasta dos gramos de opio, 50 miligramos de diacetilmorfina o heroína, cinco gramos de mariguana, 500 miligramos de cocaína, 0.015 miligramos de LSD y 40 miligramos de metilendioxianfetamina y de metanfetaminas.
De esta manera, quien sea sorprendido una o dos veces con dichas cantidades deberá someterse de manera voluntaria a un tratamiento contra la fármacodependencia para evitar que sea sujeto a proceso penal, y si es detectado hasta en tres ocasiones, será de manera obligatoria.
La sujeción al tratamiento suspende el plazo para la aplicación de la acción penal, y si el responsable incumple con el programa se reanudará el procedimiento y se ejercerá acción penal en su contra.
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