Oaxaca, México.- Las comisiones permanentes unidas de Estudios Constitucionales y Administración de Justicia del Congreso local tienen en su agenda el estudio y análisis de una iniciativa de reformas a la Constitución Política y a la Ley Municipal del Estado para darle mayor autonomía a los municipios.
Recientemente la LX Legislatura dio entrada a una iniciativa de reformas al artículo 59 fracción XXI bis de la Constitución Política del Estado y los artículos 47, 57 y 201 de la Ley Municipal, a efecto de que este nivel de gobierno pueda disponer del manejo de sus bienes sin sujetarse a lo que mandate el Congreso local.
La propuesta busca ampliar las facultades de este nivel de gobierno y armonizar el marco jurídico de Oaxaca con lo que dicta la Constitución federal, tomando en cuenta que los gobiernos municipales son los indicados para conocer y en su caso aprobar actos jurídicos o de facto que comprometan sus bienes inmuebles, ya que se considera un cuerpo colegiado y en ese entendido toma sus determinaciones.
Además, como parte de los esfuerzos por fortalecer a los municipios y hacerlos verdaderamente autónomos y libres en sus determinaciones, el 23 de diciembre 1999 se publicó una reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que otorga a los ayuntamientos la facultad de manejar su patrimonio conforme a la ley.
Determina además que cuando se trata de situaciones que afecten el patrimonio inmobiliario municipal, se requerirá de las dos terceras partes de los concejales, es decir, de la mayoría calificada que garantiza la plena democracia, convivencia y legalidad en la aprobación de esta clase de actos.
Al respecto, el presidente de la Comisión Permanente de Administración de Justicia, diputado Alfredo Ahuja Pérez, quien presentó la propuesta, consideró indispensable adecuar el marco jurídico local con el fin de garantizar la plena autonomía de los municipios en cuanto a la administración de su patrimonio, tal como lo señala la Constitución federal pues actualmente requieren de la intervención y autorización de la Legislatura para realizar este tipo de actos jurídicos.