Oaxaca, México.- Al ser México un país de origen, tránsito, y destino para la trata de personas, con los propósitos de explotación sexual y del trabajo forzado, el Congreso de Oaxaca impulsó durante su gestión modificaciones al Código Penal del Estado para tipificar este delito como grave, además de que dentro de su agenda legislativa se encuentra una iniciativa de Ley para Combatir, Prevenir y Sancionar este fenómeno.
Sobre el tema, la Diputación Permanente dio entrada a un exhorto enviado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión por el que solicita a los congresos locales que no lo hayan hecho, expidan una norma en la materia o en su caso armonicen su marco jurídico penal de acuerdo con la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.
En el caso de Oaxaca, en el mes de noviembre del 2008, la LX Legislatura que encabeza como presidente de la Gran Comisión el diputado Herminio Cuevas Chávez aprobó reformas y adiciones a a diversos artículos del Código Penal con las que también se elevaron las penas y sanciones tanto en este aspecto como en el de la corrupción de menores.
A partir de esta modificación, reconocida por su importancia a nivel nacional, se establece de uno a doce años de prisión, dependiendo del grado de participación, a quienes induzcan, obliguen, promueven, ejecuten u obtengan beneficio económico, de la corrupción de menores en sus diversas modalidades.
Asimismo, en la Comisión Permanente de Administración de Justicia se encuentra en estudio y análisis una iniciativa de Ley para Combatir, Prevenir y Sancionar la Trata de Personas en el Estado de Oaxaca, en la cual se plantean aspectos como la creación de una comisión interinstitucional que tendría por objeto coordinar acciones entre diferentes instancias, así como elaborar y poner en práctica un programa estatal que incluya políticas públicas de protección, asistencia y atención a las víctimas.
En el documento enviado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión se señala que la trata de personas constituye uno de los delitos que más redituables a nivel mundial con presencia en 155 países y que ha crecido notablemente, razón por la cual nuestro país suscribió la Convención de las Naciones Unidas contra el Crimen Organizado Transnacional el 13 de diciembre del 2000 y firmó el protocolo de Palermo, emanado del citado instrumento internacional.
El término de trata de personas se define como “la captación, transporte, acogida o recepción de personas, recurriendo al uso de la fuerza u otras formas de coacción, el rapto, el fraude, el engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra para propósitos de explotación.
Así también el texto del punto de acuerdo propuesto por la diputada Silvia Esther Pérez Ceballos destaca que en México la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de personas ha sido incorporada a nuestra legislación de manera inconsistente, provocando así un difícil acceso a la justicia y, por ende, un estado de indefensión a las víctimas.
Por otra parte, se señala que Mónica Salazar, coordinadora del Colectivo Contra la Trata de Personas en México, resalta que el tipo penal que contempla es muy general y amplio, lo que dificulta a los agentes del Ministerio Público al momento de integrar la averiguación previa, comprobar los medios y las finalidades con los que las personas han sido sometidas a la trata en cualquiera de sus formas.
Asimismo, la Oficina de Alta Comisionada en México ha señalado que el Estado debe articular una política pública integral. Además de la ausencia de programas y políticas especializadas, el perfil poco especializado de las y los funcionarios designados, son situaciones que el Estado debe superar