Oaxaca, México.- Las Recomendaciones que emita la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO), así como el seguimiento y en su caso, cumplimiento, es información considerada por la Ley de Transparencia como pública, por lo que debe estar a disposición de cualquier persona.
Así se detalló este miércoles 05 de septiembre, durante la segunda parte del Taller que el Instituto Estatal de Acceso a la Información Pública de Oaxaca (IEAIP) impartió a servidores públicos de la DDHPO, en esta ocasión, sobre Clasificación y Desclasificación de la Información.
En este segundo encuentro, personal de la Dirección Jurídica del IEAIP explicó que “la información gubernamental es pública por definición y reservada por excepción”, solo en los casos en los que se desarrolle en ese momento un proceso deliberativo, o si se pone en riesgo la estabilidad y la seguridad nacional.
En ese sentido, efectivamente el trabajo previo a una Recomendación emitida por la DDHPO que implica investigación, análisis y deliberación, es información que durante ese proceso es considerada reservada, pero una vez que la Recomendación se emite, protegiendo los datos personales de las víctimas, esta información se desclasifica y se convierte en pública, generándose una versión pública que toda persona tiene derecho a conocer y a vigilar si las consideraciones de la instancia encargada de Defender los Derechos Humanos en Oaxaca son acatadas.
Sobre los datos personales que se encuentren en cualquier expediente de la Defensoría, es importante decir que siempre estarán clasificados como información confidencial, pues se trata de información que pondría en riesgo la integridad y seguridad de las personas, a menos, que éstas autorizaran la publicación de los mismos. Por eso se testan, es decir, se suprimen, y solo se muestran versiones públicas, donde estos datos han sido cuidadosamente protegidos.