Oaxaca, México.- El Defensor de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, Heriberto Antonio García, expresó su reconocimiento y beneplácito al Poder Legislativo, tras la aprobación que hicieron las y los Diputados Locales para derogar la figura del arraigo del Código de Procedimientos Penales del Estado de Oaxaca.
Asimismo, consideró que con dicha aprobación, Oaxaca se coloca a la vanguardia, dando cumplimiento a los principios constitucionalmente establecidos.
Con dicha aprobación el Estado garantizar y respeta los derechos humanos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos reconocidos por el Estado mexicano, con ello, los Diputados Locales hacen que se respeten invariablemente los derechos fundamentales de las y los Oaxaqueños.
Destacó que desde las perspectivas de los derechos humanos, y dentro de los derechos fundamentales consagradas en nuestra Carta Magna, uno de los bienes jurídicos más importante es la LIBERTAD, entendido como uno de los VALORES SUPREMOS, que una Sociedad Democrática debe prevalecer.
Resaltó que éste valor supremo se afecta con la figura del arraigo pues se aplicaba de manera arbitraria en la etapa de la investigación del delito, cuando la autoridad persecutora utilizaba sistemáticamente la figura del arraigo, como un instrumento jurídico legal de detención para investigar; basada dicha detención y arraigo en una sospecha; “no debe olvidarse que la libertad es el bien jurídico que posibilita el goce de todos los otros bienes protegidos por un ordenamiento determinado”. Puntualizó.
Tras considerar que el arraigo ha sido una práctica violatoria de los derechos humanos, contrario al principio de presunción de inocencia, figura de la que en fechas recientes se ha abusado por parte de la Institución del Ministerio Público.
“Un estado democrático de Derecho como el que aspiramos es necesario minimizar la violencia y maximizar la libertad”, apuntó.
Por ultimo es importante destacar que con la derogación de la figura del arraigo ya no se seguirán violentando derechos como: el derecho a la seguridad jurídica, derecho a la libertad y seguridad personales, derecho al debido proceso y garantías judiciales, derecho a la tutela judicial efectiva, derechos de las personas privadas de su libertad, y el derecho a la integridad personal, fundamentalmente.