Más adelante, se desahogaron doce quejas presentadas como procedimientos especiales sancionadores, de los cuales se declaró una fundada, tres parcialmente fundadas y ocho infundadas.
Respecto de la queja fundada, por siete votos a favor y dos en contra -de los Consejero Electorales Leonardo Valdés y Benito Nacif Hernández-, se sancionó al Partido Revolucionario Institucional (PRI) con 545 mil 710 pesos, por la difusión de 4 mil 961 impactos del promocional denominado “Charolazo”, al considerar que existen expresiones de calumnia en contra del ciudadano Luis Creel Cabrera. En cuanto a la primera queja parcialmente fundada, por unanimidad, el pleno multó al Partido Acción Nacional (PAN) con 623 mil pesos, y en votación particular por cinco votos a favor y cuatro en contra -de los Consejeros Electorales María Marván Laborde, Leonardo Valdés, Lorenzo Córdova Vianello y Benito Nacif Hernández-, se determinó aumentar en 50% la sanción por reincidencia, al considerar que con la transmisión del spot denominado “Algunas personas nunca cambian”, se denigró a los partidos de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano y se calumnió al abanderado presidencial de la coalición Movimiento Progresista, Andrés Manuel López Obrador. Con relación a la segunda queja parcialmente fundada, por unanimidad, se amonestó públicamente a diversos concesionarios y permisionarios de radio, por la difusión de promocionales relacionados con acciones del gobierno federal, el otorgamiento de becas y la prevención de adicciones, los días 30 y 31 de marzo, así como el 1 y 2 de abril, durante el periodo de campaña. Como parte del mismo caso, se declaró infundada la responsabilidad del Presidente de la República, Felipe Calderón Hinojosa; el Secretario de Salud; el Secretario de Gobernación; el Subsecretario de Normatividad de Medios; los Directores Generales de Radio, Televisión y Cinematografía y Nacional Financiera; así como del PAN. En la tercera queja parcialmente fundada, el pleno, por unanimidad, sancionó con 70 mil 399 pesos al PRI, por la indebida aplicación de pautados de radio y televisión autorizados por el Instituto, relacionados con la precampaña a la presidencia municipal de Hermosillo, Sonora.En una segunda sesión extraordinaria, en acatamiento a una sentencia emitida por la Sala Regional de la Cuarta Circunscripción Plurinominal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Consejo General, aprobó por unanimidad, el registro de René González Justo como candidato del PRI a diputado federal para contender por el Distrito 8 de Guerrero.
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