Oaxaca, México.- El presidente de la Diputación Permanente del Congreso del Estado, Everardo Hugo Hernández Guzmán, se pronunció en contra de la reforma al Artículo 24 de la Constitución federal sobre libertad religiosa, “porque generaría un riesgo al predominio del Estado laico”.
Durante la sesión ordinaria de este miércoles, el Legislador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) manifestó que la LXI Legislatura del Estado ya se pronunció en contra de la reforma constitucional, por lo que exhortó a los Congresos estatales a rechazar esos cambios por considerarlos “retrógrados”.
Dijo que, por ello, el Congreso del Estado debe ser garante de la ideología del Benemérito de las Américas, Benito Juárez García, plasmada en las Leyes de Reforma y la Constitución Política de 1857 al ser el Estado laico uno de los pilares del Estado mexicano.
Señaló que la pretendida modificación no responde a la demanda ni al interés ciudadano, ya que al existir temas en la agenda política nacional de mayor importancia, aprobar en estos tiempos electorales una reforma que atenta contra el Estado laico, confronta y polariza a la sociedad.
El Legislador perredista explicó que el 2 de abril del 2012 el Congreso del Estado recibió el expediente que contiene la reforma del primer párrafo del Artículo 24 Constitucional para efecto de dar trámite a lo estipulado en el Artículo 135 del mismo ordenamiento.
La referida reforma fue presentada ante el pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el 18 de marzo del 2010 por el diputado José Ricardo López Pescador, y el 15 de diciembre del 2011, en sesión ordinaria, fue aprobado el dictamen por los legisladores para dar paso a la reforma del Artículo 24 Constitucional.
Posteriormente, el 28 de marzo del 2012, en sesión ordinaria del Senado de la República, se aprobó el dictamen con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo del Artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El párrafo ya reformado del Artículo 24 Constitucional señala: “Toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado”.
“Esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos de culto respectivo, siempre que no constituya un delito o falta penados por la Ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política”.
El diputado Hernández Guzmán consideró que con la reforma aprobada se corre el riesgo de proteger la responsabilidad de que una persona se niegue a obedecer un determinado precepto jurídico argumentando su conciencia.
“Estaríamos entonces ante la objeción de conciencia, que significa el rechazo al cumplimiento de determinadas normas jurídicas por considerarlas contrarias a las creencias éticas o religiosas”, advirtió.