Oscar VALDIVIESO.
Oaxaca, México.- A sabiendas de que su candidatura fue revocada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el empresario radiofónico Humberto López Lena trató de engañar a la ciudadanía al argumentar una supuesta “renuncia por diferencia con el Partido de la Revolución Democrática”.
Y es que la Sala de Xalapa del TEPJE, le notifico desde la tarde de ayer la sentencia en la que se le revoca su candidatura como propietario de la segunda fórmula al Senado de la República por el Movimiento Progresista en Oaxaca y en la que tenía como suplente, a Silverio de Jesús Velasco Román
Esta sentencia, se debe al juicio SX-JDC-1037/2012 para la protección de los derechos político-electorales interpuesto por Adolfo Romero Lainas, quien fue sustituido por la dirigencia del Partido de la Revolución Democrática (PRD) para imponer a López Lena a pesar del rechazo unánime de la militancia y de muchos sectores sociales.
Fue el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) que por acuerdo CG222/2012 determinó la sustitución de candidatos (López Lena y Velasco Román) dentro de las 24 horas siguientes y por lo tanto hacer el registro legal de Adolfo Romero Lainas, propietario y Mariano Vicente Castillo, suplente
“Por ello, los efectos de la sentencia es dejar firme el registro total de la fórmula del actor aprobado por el Consejo General del instituto Federal Electoral por acuerdo CG192/2012 de veintinueve de marzo pasado y dejar sin efectos en lo relativo, el acuerdo CG222/2012 de dieciocho de abril dos mil doce por cuanto a hace a su sustitución”, (Sic).
“Segundo. Queda firme el registro del actor como propietario y su respectivo suplente, contenido en el acuerdo CG192/2012 de veintinueve de marzo de dos mil doce.
Y: “Tercero. Se ordena al Consejo General del Instituto Federal Electoral para que dentro de las veinticuatro horas siguientes a la notificación de la presente ejecutoria, realice las inscripciones, los comunicados y la publicación que en derecho procedan respecto del registro indicado, informando inmediatamente a esta Sala su debido cumplimiento.”
Esta revocación de candidatura a López Lena, representa un gope más para la dirigencia del Partido de la Revolución Democrática en Oaxaca, ya que en el texto del fallo, que fue aprobado por unanimidad por el TEPJF, se evidenció la serie de irregularidades cometidas, entre ellas documentos falso para beneficiar a toda costa, al empresario radiofónico aún pisoteando los derechos político de sus militantes.
CONOZCA TEXTO INTEGRO DE LA SENTENCIA:
TEPJF SENTENCIA