El director general del IEEPCO, Isidoro Yescas Martínez recibió los documentos presentados en términos de lo dispuesto por el artículo 154 del Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca (CIPPEO).
Como refiere la ley en materia electoral del estado de Oaxaca, para el registro de candidaturas a todo cargo de elección popular, el Partido Político postulante deberá presentar y obtener el registro de la plataforma electoral que sus candidatos sostendrán en las campañas políticas.
El Consejo General del IEEPCO resolverá respecto de la procedencia del registro de las Plataformas recibidas, en términos de la legislación electoral, para en su caso, expedir la constancia de registro correspondiente.Te podría interesar...








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