Ciudadania Express
Lunes 02 de diciembre, 2013. 09:29 pm

SINFRA se niega a entregar informaciópn sobre obra pública

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Oaxaca,México.- El Consejo General de la Cotaipo en sesión ordinaria aprobó ordenar a la Secretaria de las Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial Sustentable (SINFRA), a cargo de Netzahualcóyotl Salvatierra López, entregar la información detallada sobre la inversión en infraestructura, el número de obras, el monto, las empresas donde se corrobore que son empresas oaxaqueñas y la región a la que pertenecen, durante el periodo 2011- 2012.

 

distribuidor1En su solicitud de información, realizada a través del Sistema Electrónico de Acceso a la Información Pública (SIEAIP), el recurrente indica que esta información ya había sido requerida sin que hasta el momento se le brindará, argumentando que esa información “no es de su competencia”.   

 

Asimismo, agregó que su petición es con apego a lo estipulado  en el Artículo sexto  de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en todo lo relativo a la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca.

 

Por su parte, el encargado de la Unidad de Enlace de SINFRA, detalló que la información relativa  a las obras realizadas por esa Secretaria se encuentran disponibles en formato electrónico  mediante acceso remoto  para su consulta  y reproducción  en la página electrónica www.infopublica.oaxaca.gob.mx. link- por fracción link fracción XVII (Contrataciones): link secretaria de las Infraestructuras y ordenamiento  territorial sustentable (SINFRA).

 

En este sentido, los integrantes del Consejo General de la Cotaipo que preside Esteban López José, e integran las consejeras Gema Ramírez Ricárdez y Eréndira Fuentes Robles, ordenaron al Sujeto Obligado entregar al particular la información por considerarla información pública de oficio y con ello no violentar los derechos humanos consagrados en el Artículo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos.

 

También exhortó al Sujeto Obligado a respetar siempre la garantía de legalidad y seguridad jurídica del recurrente, el documento consensado por los consejeros del Órgano de Transparencia, determina hacer entrega de la información en un plazo de tres días hábiles contados a partir de la aprobación del Recurso de Revisión.

 
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