Oaxaca, México.- En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) declaró fundada la queja presentada por Efraín de la Cruz Sánchez, en su carácter de presidente del Comité Municipal del Partido Revolucionario Institucional en Santiago Jamiltepec, Oaxaca, en contra de Héctor Echeverría Ávila, ex candidato a primer concejal por el citado Ayuntamiento.
La queja en contra del ex candidato postulado por la Coalición “Unidos por el Desarrollo”, integrada por los partidos políticos de la Revolución Democrática, Acción Nacional y del Trabajo, se presentó por la presunta pinta de propaganda de carácter político-electoral en cinco accidentes geográficos, es decir piedras, ubicados en la jurisdicción del municipio de Santiago Jamiltepec.
Tras la valoración de las pruebas y análisis de fondo, se llegó a la conclusión que la propaganda denunciada si estuvo dirigida a influir en las preferencias electorales y que si fueron pintadas en lugares prohibidos, de acuerdo a lo que se establece en la fracción IV del artículo 170 del Código Electoral vigente en el estado.
Por lo anterior se aprobó el proyecto de resolución presentado por la Comisión de quejas y denuncias del IEEPCO, donde se contempla una sanción de 100 días de salario mínimo vigentes en el estado, lo que equivale a 6 mil 138 pesos.
La sanción fue impuesta con apego a lo establecido en el artículo 281, fracción II, inciso b) del Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca.
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