Oaxaca, México.-La Declaración ha sido la herramienta siempre invocada por los familiares de las víctimas de desaparición forzada, los activistas y las organizaciones defensoras de los derechos humanos en sus exigencias frente a las autoridades para el cumplimiento estricto de sus obligaciones internacionales.
“Bajo la égida de la Declaración se forjó un movimiento de familias y activistas valiente, activo y solidario. Nos acercamos a fechas en las que las ausencias duelen más que nunca y por ello hacemos explícito nuestro reconocimiento y admiración a la perseverancia que todas ellas y ellos demuestran cada día, recordándonos que todo acto de desaparición forzada constituye un ultraje a la dignidad humana y su comisión afecta los valores más profundos de toda sociedad respetuosa de la primacía del derecho, de los derechos humanos y de las libertades fundamentales", dijo Javier Hernández Valencia, Representante de la ONU-DH en México.
El trabajo de la ONU-DH en México se desarrolla en un contexto en el cual no debemos perder de vista que las desapariciones de los estudiantes normalistas ocurridas en Iguala, Guerrero, siendo un acontecimiento que se configura como una violación muy grave a los derechos humanos, se suma a una historia reciente de México en la que numerosas desapariciones forzadas y otras violaciones a los derechos humanos siguen afligiendo a muchas familias y se añaden a las desapariciones cometidas en la etapa de la así denominada “Guerra Sucia”, tal como señaló el GTDFI en su informe de visita al país en 2011.
Para abordar el reto que ello representa, la ONU-DH ha impulsado y acompañado diferentes procesos como la adopción de la primera legislación especial sobre declaración de ausencia de personas desaparecidas en Coahuila; los esfuerzos en Nuevo León de víctimas, familias, organizaciones y las propias autoridades estatales para generar y fortalecer los espacios de diálogo y acción eficaz en aras de lograr progresos en las investigaciones; y el retiro de la reserva a la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas que impedía que las desapariciones forzadas perpetradas por militares fueren del conocimiento de las autoridades civiles y que fue un reclamo del movimiento de derechos humanos. Las distintas experiencias, con todas sus complejidades y particularidades, confirman no sólo la pertinencia de la agenda delineada en las recomendaciones internacionales que ha recibido México, sino además, de manera destacada, el rol invaluable e insustituible que tienen las familias y las organizaciones en las transformaciones institucionales que deben emprenderse, de cara al esfuerzo de implementación que le corresponde al Estado. Lo anterior supone, además, que las propias autoridades respeten el derecho de las personas a defender los derechos humanos de las personas desaparecidas. El Estado debe abstenerse de acciones que interfieran con su labor, tales como injerencias arbitrarias, descalificaciones públicas o cualquier otro tipo de acción indebida frente el ejercicio legítimo de los derechos consagrados en la Declaración de la ONU sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos.
Para la ONU-DH abrir una ruta que ayude a remontar los retos inmediatos y, al mismo tiempo, aborde los problemas de fondo, cuyo asidero es esa “combinación de condiciones inaceptables de debilidad institucional”crudamente referida por el Presidente de la República, implica asumir la urgencia y acelerar la implementación de las recomendaciones pendientes formuladas al Estado mexicano por los organismos internacionales de derechos humanos, así como la propia sentencia de la CoIDH en el caso de Rosendo Radilla Pacheco. La agenda incluye: emitir una ley general e integral en la materia; el reconocimiento nacional de la figura de declaración de ausencia por desaparición; el combate efectivo a la impunidad; el fortalecimiento de servicios forenses independientes; la instauración de un mecanismo nacional de búsqueda de personas desaparecidas; la instauración de bancos genéticos; la protección de víctimas y testigos; la regulación apropiada del uso de la fuerza; el registro de personas detenidas y el reconocimiento de la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada para recibir y examinar comunicaciones de personas que aleguen ser víctimas de una desaparición.
Esta conversación es moderada acorde a las reglas de la comunidad “Ciudadanía Express” . Por favor lee las reglas antes de unirte a ella.
Para revisar las reglas da clic aquí